Si, algo de esto se hace. Cabos art. 11. Slds,
No, el tema cabos art 11 sale de la ley de reestructuracion de las FFAA que habla en su articulo 11 de incorporar personal por periodos determinados.....sean of o subofs, esto es algo resumido, pero se usa actualmente en el ejercito, de hecho la mitad de los suboficiales que incorpora por año el ejercito son Art 11, que despues de un tiempo determinado pasan a ser cuadro permanente..
 

Marcantilan

Colaborador
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No, el tema cabos art 11 sale de la ley de reestructuracion de las FFAA que habla en su articulo 11 de incorporar personal por periodos determinados.....sean of o subofs, esto es algo resumido, pero se usa actualmente en el ejercito, de hecho la mitad de los suboficiales que incorpora por año el ejercito son Art 11, que despues de un tiempo determinado pasan a ser cuadro permanente..
Si, pero el forista preguntaba si hay algo relacionado con las FF.AA. y algún instituto secundario / colegio relacionado y si, hay algunas cosas donde esos jóvenes egresados especializados se incorporan como Cabos art. 11. Como no encuentro nota en internet sobre eso, no hablo sobre el caso particular. Slds,
 
Si, algo de esto se hace. Cabos art. 11. Slds,
No es el caso, el Cabo Art 11 tiene que tener el secundario finalizado y una cantidad de años en el rol de combate por el cual quieren ser Cabos (por ejemplo, 3 años de auxiliar de cocina para ser Cabo cocinero). Al egreso con Cabos "en comisión" hasta tanto confirmen grado, pero tan Cabos como el del sistema tradicional.
Ese es el tema, el modelo de reservas de nosotros (Argentina), responde a la necesidad de?
Completar efectivos en caso de necesidad, a partir de reserva incorporada, los menos, y reserva fuera de servicio, la gran mayoría (personal militar de baja y retirado que conserve aptitud para el servicio).
 

Marcantilan

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Tengo entendido que los cabos art 11 vienen de ser soldados, yo preguntaba si había algo que formara cabos de reserva desde cero del ámbito civil.

No todos. Y lo que comentaba viene por este lado. Slds,
 

Marcantilan

Colaborador
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Completar efectivos en caso de necesidad, a partir de reserva incorporada, los menos, y reserva fuera de servicio, la gran mayoría (personal militar de baja y retirado que conserve aptitud para el servicio).
Pero esa es una definición. No es "la" definición (en el sentido que no está ello definido en ningún lado) que la Res sirva para incorporar reemplazos individuales.

El art. 3 de la Ley Personal Militar la define "La reserva del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea son aquellas organizaciones de sus respectivas fuerzas armadas, que sirven al propósito de completar, cuando así se disponga, los efectivos del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, permanente." La definición es lo suficientemente vaga como para dejar abiertas varias puertas.

La nueva ley que está dando vuelta la define (art. 2) como "La Reserva es la organización de cada una de las Fuerzas Armadas que sirve al propósito de adiestrar y alistar tanto efectivos individuales como elementos orgánicos, a fin de completarlos en su número y reforzarlos en sus capacidades, para el cumplimiento de sus misiones y funciones." O sea, según esta ley, elementos de reserva se empeñarían como un todo.

Igualmente, es una pregunta casi filosófica a esta altura. La respuesta es filosófica también y depende de experiencias previas, factores personales, cantidad y calidad del elemento de reserva que puede prestar el apoyo, ganas y tiempo, etc, etc.

Slds!
 
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Pero esa es una definición. No es "la" definición (en el sentido que no está ello definido en ningún lado) que la Res sirva para incorporar reemplazos individuales.

El art. 3 de la Ley Personal Militar la define "La reserva del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea son aquellas organizaciones de sus respectivas fuerzas armadas, que sirven al propósito de completar, cuando así se disponga, los efectivos del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, permanente." La definición es lo suficientemente vaga como para dejar abiertas varias puertas.

La nueva ley que está dando vuelta la define (art. 2) como "La Reserva es la organización de cada una de las Fuerzas Armadas que sirve al propósito de adiestrar y alistar tanto efectivos individuales como elementos orgánicos, a fin de completarlos en su número y reforzarlos en sus capacidades, para el cumplimiento de sus misiones y funciones." O sea, según esta ley, elementos de reserva se empeñarían como un todo.

Igualmente, es una pregunta casi filosófica a esta altura. La respuesta es filosófica también y depende de experiencias previas, factores personales, cantidad y calidad del elemento de reserva que puede prestar el apoyo, ganas y tiempo, etc, etc.

Slds!

¿Elementos orgánicos significaría unidades reservistas?
 
Pero esa es una definición. No es "la" definición (en el sentido que no está ello definido en ningún lado) que la Res sirva para incorporar reemplazos individuales.

El art. 3 de la Ley Personal Militar la define "La reserva del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea son aquellas organizaciones de sus respectivas fuerzas armadas, que sirven al propósito de completar, cuando así se disponga, los efectivos del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, permanente." La definición es lo suficientemente vaga como para dejar abiertas varias puertas.

La nueva ley que está dando vuelta la define (art. 2) como "La Reserva es la organización de cada una de las Fuerzas Armadas que sirve al propósito de adiestrar y alistar tanto efectivos individuales como elementos orgánicos, a fin de completarlos en su número y reforzarlos en sus capacidades, para el cumplimiento de sus misiones y funciones." O sea, según esta ley, elementos de reserva se empeñarían como un todo.

Igualmente, es una pregunta casi filosófica a esta altura. La respuesta es filosófica también y depende de experiencias previas, factores personales, cantidad y calidad del elemento de reserva que puede prestar el apoyo, ganas y tiempo, etc, etc.

Slds!
Bueno, es la definición de la ley vigente, por lo pronto la otra no está reglamentada, mucho menos aplicada.
No deja de ser interesante el artículo nuevo, estimo que apunta a que la subunidad a movilizar que tiene cada regimiento sea dotada de cierta estructura fija y sea el destino de los reservistas de esa Unidad.
¿Elementos orgánicos significaría unidades reservistas?
No necesariamente Unidades (nivel regimiento), una Sección ya es un elemento orgánico. Como mencioné arriba, puede dársele más vida a, por ejemplo, el Escuadrón de Tanques D (a movilizar), al asignarsele 40 reservistas que asiduamente concurran a instruirse y adiestrase, con algún número de cuadros activos que hagan de “esqueleto” de esa subunidad de tal manera que coordinen y administren. Aclaro, la subunidad a movilizar cuenta con el material, lo que se moviliza es el personal. Quizás en algún punto se reglamentan ascensos y un Capitán (Res) hasta puede agarrar esa subunidad. Obviamente estamos a años luz, pero en algún momento hay que empezar!
 
No, el tema cabos art 11 sale de la ley de reestructuracion de las FFAA que habla en su articulo 11 de incorporar personal por periodos determinados.....sean of o subofs, esto es algo resumido, pero se usa actualmente en el ejercito, de hecho la mitad de los suboficiales que incorpora por año el ejercito son Art 11, que despues de un tiempo determinado pasan a ser cuadro permanente..
El Ejercito tambien a veces incorpora civiles sin instrucción militar como Art 11, por lo general músicos de banda y enfermeros. A veces tambien oficiales médicos, lo hacen para cubrir un puesto con urgencia supongo, lo cuento desde mi experiencia no me lo contó nadie
 
No necesariamente Unidades (nivel regimiento), una Sección ya es un elemento orgánico. Como mencioné arriba, puede dársele más vida a, por ejemplo, el Escuadrón de Tanques D (a movilizar), al asignarsele 40 reservistas que asiduamente concurran a instruirse y adiestrase, con algún número de cuadros activos que hagan de “esqueleto” de esa subunidad de tal manera que coordinen y administren. Aclaro, la subunidad a movilizar cuenta con el material, lo que se moviliza es el personal. Quizás en algún punto se reglamentan ascensos y un Capitán (Res) hasta puede agarrar esa subunidad. Obviamente estamos a años luz, pero en algún momento hay que empezar!
Creo que eso ya se hace. El RI1 tiene su compañía de reserva compuesta por suboficiales y soldados que estuvieron destinados ahí. Seguramente no es el único caso.

Otra cosa son las compañías de reserva de los distritos militares creo que funcionan como destinos de adiestramiento y como dependencia administrativa, no es que la Ca Res vaya a ejecutar una operación como tal nunca.
 
No necesariamente Unidades (nivel regimiento), una Sección ya es un elemento orgánico. Como mencioné arriba, puede dársele más vida a, por ejemplo, el Escuadrón de Tanques D (a movilizar), al asignarsele 40 reservistas que asiduamente concurran a instruirse y adiestrase, con algún número de cuadros activos que hagan de “esqueleto” de esa subunidad de tal manera que coordinen y administren. Aclaro, la subunidad a movilizar cuenta con el material, lo que se moviliza es el personal. Quizás en algún punto se reglamentan ascensos y un Capitán (Res) hasta puede agarrar esa subunidad. Obviamente estamos a años luz, pero en algún momento hay que empezar!

Básicamente como los regimientos franceses, son mas grandes que los nuestros, pero cada uno posee una compañía propia de reserva, independientemente del arma a la que pertenezcan...
 
Pero veníamos diciendo que la subunidad de reserva D con la que podriamos contar en el corto plazo, está, al menos en el primer momento, para cuidar el cuartel, no para marchar al frente.
El problema es que hoy muchas unidades no tienen la subunidad C activa.
Además con el SMV el volumen de tropa formada por año es mucho menor.
No sé cuánto tiempo es el promedio de permanencia de los soldados pero si fuera 5 años, por ej, estamos hablando de que cada año aprox se va de baja el 20% del total de la tropa incorporada.
Venimos diciendo que las unidades están más o menos con dos tercios (66%) de la dotación reglamentaria, entonces la porción que se va de baja sería el 13% del la dotación reglamentaria.
Para completar la Compañía C y tener la unidad completa necesitas convocar a los que se fueron en los últimos tres años.
Y todavía tenés que montar la D.
 
Pero veníamos diciendo que la subunidad de reserva D con la que podríamos contar en el corto plazo, está, al menos en el primer momento, para cuidar el cuartel, no para marchar al frente.
El problema es que hoy muchas unidades no tienen la subunidad C activa.
Además con el SMV el volumen de tropa formada por año es mucho menor.
No sé cuánto tiempo es el promedio de permanencia de los soldados pero si fuera 5 años, por ej, estamos hablando de que cada año aprox se va de baja el 20% del total de la tropa incorporada.
Venimos diciendo que las unidades están más o menos con dos tercios (66%) de la dotación reglamentaria, entonces la porción que se va de baja sería el 13% del la dotación reglamentaria.
Para completar la Compañía C y tener la unidad completa necesitas convocar a los que se fueron en los últimos tres años.
Y todavía tenés que montar la D.

No creo realmente que sea así ni de cerca...
 
Bueno con más razón se necesita entonces un sistema de reserva en serio, al estilo suizo.

Finlandia, Israel y Suiza, los modelos ideales a seguir, adaptados a nuestras necesidades obviamente. Igualmente en el tópico creo que tenemos que diferencias cuando hablamos de cuadros reservistas vs cuando hablamos de soldados reservistas, las situaciones no son lo mismo, imagino tampoco lo que se busca de los mismos así también los requerimientos exigidos...
 
Supongo que el EA considera que la tropa se puede convocar e instruir en relativamente poco tiempo si hubiera una crisis a la vista o el nivel de amenaza empeorara, y por eso se concentra en formar oficiales que es algo que necesariamente lleva años.
 
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