Por lo que tengo entendido todavía no están dados los parámetros o requerimientos, y se está instando a ANMAC a que los produzca; si por lo que se vió, va a estar dirigido a uso deportivo, no de defensa ni caza la adquisición de este tipo de armas.
Con el 64/95 cómo había que justificar (en teoría, porque sabemos que en la práctica había que tener un contacto adentro) querer tener un arma de esas categorías?
Espero que sea laxo el asunto de justificación, y con ser LU Civil Condicional y decir "la voy a usar para deporte" baste, cosa que no creo. Sino va a ser cosa de anotarnos todos a algún club de tiro práctico o 3 gun shooting señores jaajajaja
Imagino quedara para tiro práctico, lo cual no me molestaría, también obviamente para instructores de tiro. Aunque practicar esa disciplina con el costo de la munición en Argentina, va a ser un deporte de ricos, y de recargadores...
