Fragata Libertad retenida en Ghana

Estado
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rojo

Desde el Nacional
Colaborador
Hago una consulta, existe algún paralelismo con los equipos incautados del avion de USA que recuerdo que fue hasta el canciller.
Ya sé que no había embargo y el avión no se retuvo, pero sí los equipos.
No es lo mismo, en el avion tenian sistemas no declarados, lo que paso fue algo normal.
 

Iconoclasta

Colaborador
Para mi no es lo mismo, el avion se podia ir cuando queria, lo que quedaba retenido era la carga hasta ver que era y despues de las aclaraciones se entrego.

Vos no sos juez, ni la justicia.

Estas cosas las determina la justicia, y se aceptan tanto cuando son a favor, como cuando son en contra.

Para EEUU, no fue como dijo la Argentina, sin embargo respeto.
Para Argentina, no es como dice Ghana
 

rojo

Desde el Nacional
Colaborador
Vos no sos juez, ni la justicia.

Estas cosas las determina la justicia, y se aceptan tanto cuando son a favor, como cuando son en contra.

Para EEUU, no fue como dijo la Argentina, sin embargo respeto.
Para Argentina, no es como dice Ghana
???????????
Es lo que paso y salio en todos lados, no es algo de mi mente, y no tengo que ser ni juez ni justicia para desde mi punto de vista considerar que no es lo mismo, son hechos y circunstancias distintas para mi.

Agrego, algo raro tenian sino actuaban de otra forrma o no?
 

Iconoclasta

Colaborador
???????????
Es lo que paso y salio en todos lados, no es algo de mi mente, y no tengo que ser ni juez ni justicia para desde mi punto de vista considerar que no es lo mismo, son hechos y circunstancias distintas para mi.

No es una cuestión DE TU OPINION.

Te reitero rojo, el tema pasa por RESPETAR o no lo que determina la justicia.

Hasta EEUU respeto lo que determino la justicia Argentina, corrupta y sucia como pocas.....

La comparación con lo que paso con la detención de equipos a EEUU, es totalmente equiparable.

Hay mucha hipocrecia, de muchos, que cuando NOS RETIENEN A NOSOTROS hablan de justicia y derecho, y cuando nosotros se lo hicimos a los YANKIS, hablaban de soberania y bla bla bla

Somos un país muy chamuyero la verdad, queremos acomodar todo a nuestra manera
 
Cual sera el procedimiento de Notificacion Judicial,en el supuesto que la Apelacion que presento Argentina sobre el tema de mover la fragata sea rechazada?Sera algo asi como que a bordo ira una persona del tribunal con la policia y notificara al Comandante que debe mover el Buque.Y si este se negara sera detenido?algo asi podria darse?
 
Eso lo determina la justicia.

Es lo mismo.

Sobre la justicia (los tribunales) y la aplicación de la ley, de la lectura rápida de la Convención del Derecho del Mar me surge una duda. A ver si algún experto en la materia puede ayudarme.

1.- Respecto de la jurisdicción del país ribereño, Ghana en este caso, sobre los buques de guerra, la FRALI, que estén en sus aguas territoriales, el artículo 32 de la Convención dice que existen excepciones a la inmunidad que tiene el buque de guerra, excepciones entre las cuales se cuenta lo dispuesto en la Subsección A de la Convención

2.- El Art. 25 N° 2 que forma parte de la citada Subsección A, dispone que "En el caso de los buques que se dirijan hacia las aguas interiores o a recalar en una instalación portuaria situada fuera de esas aguas, el Estado ribereño tendrá también derecho a tomar las medidas necesarias para impedir cualquier incumplimiento de las condiciones a que esté sujeta la admisión de dichos buques en esas aguas o en esa instalación portuaria."

3.- Me parece que la orden de cambio de punto de atraque de la FRALI cae dentro de la hipótesis del art. 25, en particular cuando dice que "el estado ribereño tiene derecho a tomas las medidas necesarias para impedir cualquier incumplimiento a que esté sujeta la admisión de dicho buques ...en esa instalación portuaria". Esta norma, general por definición, da derecho al país ribereño a ejecutar medidas administrativas de manejo portuario, aduanero, etc. Así por ejemplo, el buque de guerra debe tomar prácticos, solicitar remolcadores si lo ordena la autoridad marítima pertinente, y determinar puntos de atraque.

Por lo anterior, creo que Ghana tiene la autoridad para decidir donde atraca un buque de guerra de otro país, la FRALI en este caso. Entonces, dar la lucha a muerte ahora por este tema de orden administrstivo portuario, en el cual el derecho parece estar de lado de Ghana, no tiene sentido a mi parecer. Esa lucha, de querer darla, res+ervenla para cuando se quiera hacer efectivo el embargo, situación en la cual sí cuentan con el respaldo del derecho.

Saludos
 

Tronador II

Colaborador
Sobre la justicia (los tribunales) y la aplicación de la ley, de la lectura rápida de la Convención del Derecho del Mar me surge una duda. A ver si algún experto en la materia puede ayudarme.

1.- Respecto de la jurisdicción del país ribereño, Ghana en este caso, sobre los buques de guerra, la FRALI, que estén en sus aguas territoriales, el artículo 32 de la Convención dice que existen excepciones a la inmunidad que tiene el buque de guerra, excepciones entre las cuales se cuenta lo dispuesto en la Subsección A de la Convención

2.- El Art. 25 N° 2 que forma parte de la citada Subsección A, dispone que "En el caso de los buques que se dirijan hacia las aguas interiores o a recalar en una instalación portuaria situada fuera de esas aguas, el Estado ribereño tendrá también derecho a tomar las medidas necesarias para impedir cualquier incumplimiento de las condiciones a que esté sujeta la admisión de dichos buques en esas aguas o en esa instalación portuaria."

3.- Me parece que la orden de cambio de punto de atraque de la FRALI cae dentro de la hipótesis del art. 25, en particular cuando dice que "el estado ribereño tiene derecho a tomas las medidas necesarias para impedir cualquier incumplimiento a que esté sujeta la admisión de dicho buques ...en esa instalación portuaria". Esta norma, general por definición, da derecho al país ribereño a ejecutar medidas administrativas de manejo portuario, aduanero, etc. Así por ejemplo, el buque de guerra debe tomar prácticos, solicitar remolcadores si lo ordena la autoridad marítima pertinente, y determinar puntos de atraque.

Por lo anterior, creo que Ghana tiene la autoridad para decidir donde atraca un buque de guerra de otro país, la FRALI en este caso. Entonces, dar la lucha a muerte ahora por este tema de orden administrstivo portuario, en el cual el derecho parece estar de lado de Ghana, no tiene sentido a mi parecer. Esa lucha, de querer darla, res+ervenla para cuando se quiera hacer efectivo el embargo, situación en la cual sí cuentan con el respaldo del derecho.

Saludos
Se te está escapando que el país Ribereño "cambió" las condiciones que el mismo había autorizado...una vez que el Buque de Guerra había atracado en el muelle.....además de que no lo deja partir.

Por ejemplo, si desde el primero momento Ghana nos dice que teníamos que atracar a 25 Km del Puerto de Tema, entonces seguramente hubieramos rechazado esa escala por inconveniente.

Por otra, al ser un Buque de Guerra, sólo puede ser tripulado por Marinos de la misma nación del Buque.......
 
Para mi no es lo mismo, el avion se podia ir cuando queria, lo que quedaba retenido era la carga hasta ver que era y despues de las aclaraciones se entrego.
Vos no sos juez, ni la justicia.

Estas cosas las determina la justicia, y se aceptan tanto cuando son a favor, como cuando son en contra.

Para EEUU, no fue como dijo la Argentina, sin embargo respeto.
Para Argentina, no es como dice Ghana

Estimado, acá es necesario aclarar una diferencia, y lo explico a muy grandes rasgos con dos ejemplos hipotéticos.

a) Se acusa a un ciudadano de robar un automóvil:

1- Robar un automóvil es ilegal, eso está fuera de discución, la ley lo dice claramente, no hay lugar a otra intrerpretación.

2- El individuo es inocente.

3- Se lleva a cabo un juicio y el abogado defensor prueba que su cliente efectivamente es inocente.

b) Se acusa a un ciudadano de beber un vaso de agua:

1- Beber agua es perfectamente legal, no está prohivido, y no existe interpretación posible que amerite procesar al individuo.

2- Efectivamente es culpable, pero del punto 1 se desprende que su culpabilidad es irrelevante.

3- A pesar de ello, se lleva a cabo un juicio, se le aplica prisión preventiva, y el acusado contrata un abogado defensor que presenta un habeas corpus.

4- El juez rechaza el pedido y condena al acusado a 10 años de prisión.


Algunos dirían: y bueno, si contrató a un abogado está legitimando el proceso y debe aceptar el fallo, o solo lo acepta si es favorable?
Yo digo: el juez está demente, no hay nada que juzgar, simplemente no existe mecanismo legal para retenerlo, por la simple razón de que beber agua no solo no está prohibido, es necesario para la vida, y éste es un derecho al cual no podemos renunciar.

Se entiende? lo que intento decir es que no es lo mismo enfrentar un juicio en el que se te acusa de cometer una ilegalidad, donde lo que está en juego es la culpabilidad o no del acusado, que ser acusado y arrestado por algo que no es ilegal. El punto es que el juicio por la liberación de la fragata es absurdo, somos firmantes de un tratado internacional que no deja margen a la interpretación: no se puede embargar un buque de guerra... es ridículo ir a defender judicialmente algo que desde el vamos es una arbitrariedad del juez que contradice a la ley.

Saludos cordiales.
 
no señor, si hay abordaje es casus belli en realidad lo es desde que secuestraron un buque de guerra, hay antecedentes.

Claro, porque le declaramos la guerra a Bolivia cuando un coronel de su ejercito, con soldados armados en camiones militares bolivianos ingresaron varios kilometros dentro de territorio nacional a robarse una cosecha, maquinaria y maltratar a connacionales. Y no solo lo hicieron una vez sino varias, es más, creo que lo sigue haciendo.

¿Te presentaste en el Regimento de tu barrio para ponerte bajo bandera?
 

Herr Professor

forista tempera-mental
Colaborador
impresionante el relato que acaba de hacer Tarkus en el programa radial de Norberto... TORDO !!! linkea aca el programa cuando lo tengas!!!
 
J

JULIO LUNA

Claro, porque le declaramos la guerra a Bolivia cuando un coronel de su ejercito, con soldados armados en camiones militares bolivianos ingresaron varios kilometros dentro de territorio nacional a robarse una cosecha, maquinaria y maltratar a connacionales. Y no solo lo hicieron una vez sino varias, es más, creo que lo sigue haciendo.

¿Te presentaste en el Regimento de tu barrio para ponerte bajo bandera?

No es el mismo caso, Bolivia es un pais hermano con el que se puede dialogar.Esto es contra una ex colonia británica haciendo lo deberes para quedar bien con nuestro eterno enemigo, para que le perdonen su deuda externa que los esta ahogando.Y es casus belli porque más que vos lo tomés como un litigio comercial, bueno por ahí no te da para más, lo que mata es la especialidad ...:D
ya pasé la edad de reclutamiento...pero no la de opinar.
 
Estado
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