Por lo que entiendo de la noticia, la “declaración” parece alinearse la figura jurídica de convenio de colaboración entre dos dependencias públicas. En este caso, dos ministerios de defensa de dos países diferentes.
La elaboración y suscripción de convenios son una de las facultades que tiene un ministro argentino. En este caso, ministro de defensa.
Obviamente, estos convenios y resoluciones no implican la modificación de ninguna ley. Así que colaboran dentro de lo que las leyes vigentes.
“colaboran” entre las partes, en el estricto sentido de la palabra.
No tiene la firma de los presidentes, ni parece haber pasado por las respectivas cancillerías (que debieran). Evidentemente, tampoco por los respectivos parlamentos (a los cuales les corresponde supervisar estas materias), así que la colaboración puede estar bastante limitada en su profundidad.
De todo esto, lo único que lamento es la aparente falta de consulta a las Cancillerías.
En cualquier caso, la naturaleza de quienes suscriben nos indica que esta “declaración” es de materia mucho más acotada y modesta de lo que puede dar a entender la publicidad dada al acto.
Dicho esto, coincido con
@Argentino en ejercicio. Este tipo de colaboración es el camino correcto. El que promete más y mejores resultados.