Agrupación Aérea Presidencial (AAP)

Eagle_

Colaborador
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Ufa, ya lo aclaré miles de veces, los pasajeros van a AEP, pero los aviones van a AER. En el plan de vuelo, no podés poner "AEP" como destino, tenés que poner "AER" o "SABE"

Sí estimado, se puede poner AEP en el plan y de hecho se hace.

Lo puede confirmar en la documentación oficial en AIP, en el manual de aeródromos, o en cartografía internacional aprobada para la operación, la denominación de todo el aeródromo puede ser cualquiera de las tres.
 
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Eagle_

Colaborador
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Estimado Yelmo, Te adjunto capturas del Madhel con designadores oficiales, que son los tres según quién designa, también te adjunto dos ejemplos de la cartografía internacional aprobada más usada a nivel mundial, que son Jeppesen y Lido, ambas tienen el código AEP y SABE, toda es documentación para tripulaciones de vuelo y no para pasajeros. Por otro lado quise confirmar con la cartografía ANAC, y ello solo están usando designación OACI, o sea en este caso SABE. Ninguna usa AER, aunque también sería válido que lo hagan. Pero como conclusión, AEP sí tiene pistas, si es una denominación operativa, sí se aterriza y se opera en AEP.

Un gran saludo!

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Juanma

Colaborador
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¿Ya está habilitada la pista completa de AEP? Recuerdo que Laje comentó que, entre otras cosas, los pilotos anteriores (época de AF) usaban las extensiones aunque no estaban todavía habilitadas.
Que sepa una vez sola hicieron un vuelo largo desde AEP y fue cuando fueron por matenimiento a USA.
El resto de las veces cruzaron a EZE antes de la partida oficial.
 

michelun

Co-laborador ZM
Miembro del Staff
Moderador
Espero que transfieran los fondos tambien.......
Eso, y que de paso los pinten de gris y les metan sistemas de defensa y contramedidas

ARTÍCULO 1°.- Transfiérese al MINISTERIO DE DEFENSA la administración, la operación y la plena responsabilidad por la custodia de la flota aérea presidencial, integrada por las aeronaves que se detallan en el ANEXO I (IF-2025-58153350-APN-SGP) que forma parte del presente decreto, destinadas al uso exclusivo de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en función de los requerimientos e instrucciones que imparta la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

La transferencia aludida comprende los créditos presupuestarios vigentes a la fecha.
 
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