Fragata Libertad retenida en Ghana

Estado
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diazpez

Complicador
Obis, si no es un buque de guerra, qué es?

Ah, cierto que terminaste con el tema. Que lástima.

Saluditos, eh.
Diazpez.-
 

rojo

Desde el Nacional
Colaborador
Ya di mi opinion .. la Fragata libertad no puede ser un buque de guerra jamas .. el motivo es que no cumple los requisitos y lo que sea no lo se .. pero tengo clarisimo que en un juicio jasmas puede ser clasificado como buque de guerra ..

Diccionario de la Real Academa Española .. buque de guerra : construido y armado para usos militares ..

:rolleyes: PULSAR ➽ http://lema.rae.es/drae/?val=buque de guerra

_
__________________________________________________
Y como no puedo decir quien tiene razon , por mi falta de conocimientos en el tema .. simplemente me sentare a esperar acontecimientos .. y ya termine con el tema ..


SaLuD.
Y el entrenamiento militar que vendria a ser, un uso que??
 
S

sisco

Ya di mi opinion .. la Fragata libertad no puede ser un buque de guerra jamas .. el motivo es que no cumple los requisitos y lo que sea no lo se .. pero tengo clarisimo que en un juicio jasmas puede ser clasificado como buque de guerra ..

Diccionario de la Real Academa Española .. buque de guerra : construido y armado para usos militares ..

:rolleyes: PULSAR ➽ http://lema.rae.es/drae/?val=buque de guerra

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__________________________________________________
Y como no puedo decir quien tiene razon , por mi falta de conocimientos en el tema .. simplemente me sentare a esperar acontecimientos .. y ya termine con el tema ..


SaLuD.

Ya se dijo que es un buque de guerra y se dio un porque... abra los ojos por favor!!

Usted cree que a la hora de embargar se fijan en wikipedia para comprobar que dicha acción sea correcta y fuera de ilegalidad?
 

Tronador II

Colaborador
Además lo MÁS importante de todo esto...no es lo que piense OBIS, el TANO, HER PROFESOR (bueno...en realidad a nadie le importa lo que el opine :D) o MENGANITO.....sino la DEFINICIÓN dada por el MISMO documento que REGULA el DERECHO del MAR.....así que......
 

Tronador II

Colaborador
...bajo las nuevas normas ORBIS....este es un Buque de Servicio (o Porta Contenedor Militar....)....pero no de Guerra...

 

rojo

Desde el Nacional
Colaborador
Anda que ganas teneis de preguntarme .. os dare la respuesta para que esteis mas tranquilos ..
Vos solo te desacreditas, a ver la nota que pones , estaria bueno la leas antes.

El juez ghanés, Richard Adjei Frimpong, entendió que la retención de la Fragata no constituye una violación de las Convenciones de Viena y consideró que el buque militar no cuenta con inmunidad diplomática. Esto en virtud de haber Argentina renunciado a esta inmunidad al momento de emitir los bonos de deuda que luego fueron adquiridos por el fondo embargante.
 
no acostumbro a postear, pero pregunto.... como son las relaciones, hubo conversaciones, entre nuestro "cuerpo diplomàtico", y el partido opositor al actual partido gobernante ghanes...?????
 

diazpez

Complicador
Si tengo que buscar en la wikipedia ya que es el diccionario de internet ..
pero tambien lo puedo buscar en el diccionario de la lengua española ..


buque de guerra : construido y armado para usos militares

:rolleyes: PULSAR ➽ http://lema.rae.es/drae/?val=buque de guerra


SaLuD.
Supongamos que te sigo el juego, y tomamos la definición de la RAE de buque de guerra.
Supongamos que ignoro que dicha definición no es abarcativa de todas las instancias en las que un buque puede prestar servicios a una Armada. (Lo del Atlantic Conveyor no pudiste refutarlo).

Si te digo que la Fragata ARA Libertad fue un proyecto de la Marina en 1946, cuyo Comando de Operaciones recomendó que se construya en ARS, cuya construcción se autorizó en 1953 por el Ministerio de Marina, y a la que se bautizó "Libertad" por medio del decreto 7922 de 1956; que en 1961, un año antes de ser recibida por la Marina ya tenía un Comandante Militar - El Capitán de Fragata Atilio Porreti- y que en 1963 hace su primer viaje de instrucción partiendo de Puerto Belgrano, una base naval?
Comprobamos con esto que fue construida y armada para usos militares.
http://www.ara.mil.ar/fragata09/historia.asp
Saluditos, eh.
Diazpez.-

PD: Si la acepción de "armado" es la que te molesta, te recuerdo que la misma tiene 4 cañones Hotchkiss de 47mm.

 

tanoarg

Miembro del Staff
Moderador
Ahora bien...una cosa es la realidad (respecto a la fragata y su condicion de buque de guerra) y otra muy distinta es "como querran catalogarla alla".
 

AleDucat

Colaborador
Supongamos que te sigo el juego, y tomamos la definición de la RAE de buque de guerra.
Supongamos que ignoro que dicha definición no es abarcativa de todas las instancias en las que un buque puede prestar servicios a una Armada. (Lo del Atlantic Conveyor no pudiste refutarlo).

Si te digo que la Fragata ARA Libertad fue un proyecto de la Marina en 1946, cuyo Comando de Operaciones recomendó que se construya en ARS, cuya construcción se autorizó en 1953 por el Ministerio de Marina, y a la que se bautizó "Libertad" por medio del decreto 7922 de 1956; que en 1961, un año antes de ser recibida por la Marina ya tenía un Comandante Militar - El Capitán de Fragata Atilio Porreti- y que en 1963 hace su primer viaje de instrucción partiendo de Puerto Belgrano, una base naval?
Comprobamos con esto que fue construida y armada para usos militares.
http://www.ara.mil.ar/fragata09/historia.asp
Saluditos, eh.
Diazpez.-

PD: Si la acepción de "armado" es la que te molesta, te recuerdo que la misma tiene 4 cañones Hotchkiss de 47mm.

El día que esté en un aprieto guiño guiño, le hago un poder general. Acepta casos entre particulares, o solo de derecho internacional publico? thumbb
 

diazpez

Complicador
Es que la condición del buque nunca estuvo en duda, Tano. Frimpong cree que pese a ser militar puede ser embargada, lo de la calificación de comercial es un delirio de algún que otro ignorante. Lo que Frimpong plantea es que la renuncia de inmunidad permite embargarla, no descree nunca que lo sea.
Fijate que la presentación Argentina ante la UNCLOS no se basa en la necesidad de reconocerle ese status, sino en la falta de jurisdicción de la Corte Ghanesa justamente por esa inmunidad.
Si Frimpong hubiese planteado dudas sobre la condición de la Fragata, la mitad de la presentaciòn se hubiera ido en ese detalle, para luego avanzar sobre la jurisdicción respecto a la inmunidad.
Saludos,
Diazpez.-
 

diazpez

Complicador
no acostumbro a postear, pero pregunto.... como son las relaciones, hubo conversaciones, entre nuestro "cuerpo diplomàtico", y el partido opositor al actual partido gobernante ghanes...?????
Imagino que contactos informales hay; una de las tareas de las embajadas es conseguir intelig -perdón, información- del clima polìtico de las naciones ante las que están acreditadas.
Si hubo contactos específicos al respecto los desconozco, pero hasta te diría que no los creo necesarios. Mientras menos agitemos las aguas internas, menos se vuelve una "causa nacional" la imposición de la justicia Ghanesa, oh adalid de la independencia jurídica africana, no sé si me explico.

El día que esté en un aprieto guiño guiño, le hago un poder general. Acepta casos entre particulares, o solo de derecho internacional publico? thumbb
Pensar que un día me levanté de Derecho Penal II y me fui para no volver... a mis tiernos 20 pensaba que para ser abogado tenía que ser un hijo de p*$a.
Ahora, con 34, màs amargado, ya tengo lo que hace falta! Pero me dediqué a otra cosa. Gracias por sus conceptos, amigazo.
Saludos,
Diazpez.-
 
Muy buena tu explicación Diazpez. Tengo una pregunta. ¿Qué cuernos hace NML presentando esa demanda en Ghana, si los bonos fueron emitidos bajo jurisdicción de EEUU? Es decir si se le ocurre mañana a NML presentar una demanda en Burkina Faso, el tribunal de ahí también le recibiría la demanda?
 

diazpez

Complicador
Es que son instancias distintas.
NML puede presentar demandas más o menos donde se le cante. El asunto está en que el juez que reciba la demanda la desestime o no.
Si vamos a la fría ley, NML es un fondo con sede en Islas Caimán, así que eligió Nueva York por ser la jurisdicción natural del bono, pero si es una sociedad jurídica bien establecida, puede litigar donde guste.
Plata para pagar tasas de justicia tienen, tiempo tienen. Y la información de bienes del estado nacional alrededor del mundo no es tampoco inconseguible.
Y creeme que con el cuerpo de abogados de NML demando a Monty Burns, y les gano.
Saludos,
Diazpez.-
 
J

JULIO LUNA

Es que son instancias distintas.
NML puede presentar demandas más o menos donde se le cante. El asunto está en que el juez que reciba la demanda la desestime o no.
Si vamos a la fría ley, NML es un fondo con sede en Islas Caimán, así que eligió Nueva York por ser la jurisdicción natural del bono, pero si es una sociedad jurídica bien establecida, puede litigar donde guste.
Plata para pagar tasas de justicia tienen, tiempo tienen. Y la información de bienes del estado nacional alrededor del mundo no es tampoco inconseguible.
Y creeme que con el cuerpo de abogados de NML demando a Monty Burns, y les gano.
Saludos,
Diazpez.-
Si NML puede litigar donde quiere pero la única corte que acepta Argentina con juridicción sobre los Bonos del 94 es la de NY EEUU y los tribunales argentinos .Por eso no se entiende porque Ghana u otro pais cree que tiene juridicción sobre la bonos de deuda argentina.
 
Estado
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