Fede......consultando con un profesional amigo fuera del foro. dijo lo siguiente.
No necesariamente... es un poco complicado el tema. Porque todo nace de la ley 19.101... O sea, primero hay que cambiar la ley, un decreto presidencial no puede correr por sobre la misma. En la Ley para el Personal Militar (19.101) están reglamentados los requisitos de ingreso para cada uno de los institutos de formación, los cuales no son iguales para todos. Por ej: Lo que está normado sobre el ingreso al CMN es que no tengan hijos.Figura en la Ley para el Personal Militar Nº 19.101, Artículo 2do de su Decreto Reglamentario Nº1081/73 de fecha 31 Dic 1973 y sus actualizaciones.
No obstante, es medio ilógico cuando se piensa en los desfasajes que hay en la materia cuando se trata desde la perspectiva de género. Para ejemplificar lo que estoy diciendo: Una mujer con un niño menor a 5 años, no puede complir ningún servicio de más de 8 horas (o sea, no puede hacer guardia, ir al terreno, hacer turnos, semana, oficial de servicio, etc. etc.) porque se supone que no puede pasar mucho tiempo en desapego a la criatura durante sus primeros años de crianza (a lo cual lo tenemos que sumar el período de embarazos y lactancia...), lo cual me parece muy bueno desde el punto de vista humano, pero y la organización??? qué pasa??? Entonces, en detrimento del personal masculino, la mujer tiene vacantes de ascenso asignadas por una mera cuestión de género, no están sometidas a las mismas exigencias y tienen el mismo goce de sueldos y francos. Entonces, si no pueden cumplir servicios de más de 8 horas por no desapegarse del niño durante su crianza, cómo podrían estar una semana entera con régimen de internado en un instituto de formación militar (en el mejor de los casos, suponiendo que no tenga semana ni guardia ni sanción). Medio ilógico, no?
Una mujer que ingresa al ejército y a la semana queda embarazada, ya tiene por delante licencia por maternidad, por lactancia, durante los primeros 5 años de la criatura no hace casi servicios de ningún tipo... suponiendo que tenga hijos a ritmo de uno cada 5 años, se retira tranquilamente habiendo cobrado siempre su sueldo y sin haber ido al terreno, cumplir guardias, etc. etc... eso es igualdad??? a mi me suena que el péndulo se pasó para el otro lado.
Que se entienda que no estoy en contra de las mujeres en las FFAA, sino todo lo contrario. Lo que sí no me cuadra es cómo está instrumentado todo... Me parece muy hecho a los ponchazos y sin pensar las cosas. Y eso es injusto. Existen alternativas y variables que no eliminan ninguna de las garantías que le deben ser dadas a una madre, pero que establecen determinadas exigencias y requisitos a cumplir para los ascensos y goce de sueldo. De todas formas, no viene al caso irme por las ramas con ésta cuestión... pero dá para pensar, no?
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