- Artículo 14 (Libertad de Circulación y Tránsito):
- Dice: "...de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino".
- Significado: Protege el movimiento de las personas a través del país.
Impedir el movimiento de los ciudadanos es un acto criminal. Rozando la privación de libertad.
Alguien que corta el paso a la gente debería ser encerrado por 2 años, mínimo, así se le sacan las ganas.
Sin contar los cientos de Argentinos que MURIERON por piquetes al impedir el paso de automóviles privados o ambulancias en emergencias médicas.
Todo organizador de las mismas debería ser condenado por homicidio simple agravado y dejo a los bogas que le metan todo lo que puedan para que le den más años.