Argentina: Noticias del Ministerio de Defensa

Armisael

Forista Borgeano
Colaborador
Ambas dos.

Más habiendo una serie de PIDDEF activos (y bastante avanzados) para el desarrollo local de esos trabajos.

Saludos.
 

DSV

Colaborador
14/9/2011
INFORMACIÓN DE PRENSA Nº 164/11​
PURICELLI RECIBIÓ A PICHETTO POR VUELOS A BARILOCHE

El ministro de Defensa, Arturo Puricelli, recibió ayer al senador nacional Miguel Ángel Pichetto, autoridades de distintos organismos y representantes de Aerolíneas Argentinas y LAN, con el fin de avanzar con el plan tendiente a la normalización de los vuelos desde y hacia la ciudad de Bariloche, suspendidos por presencia de cenizas del volcán Puyehue.

El ministro enfatizó que el objetivo “es que las compañías aéreas que hoy nos acompañaron, Aerolíneas Argentinas y LAN, puedan tomar decisiones muchas más precisas y garantizar las operaciones de los vuelos al sur”.

En ese sentido, Puricelli expresó que “con el equipo de medición de partículas que adquiriera la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), que determina en el caso de Bariloche la densidad de las partículas en superficie; y con la información que da el Servicio Meteorológico respecto de lo que es la ceniza en suspensión, las compañías estarían en condiciones de tomar la decisión de volar”.

“Se suma también la contratación de un avión UAV, guiado, que mide la densidad de la ceniza para cuando la nube esté por sobre el aeropuerto”, agregó Puricelli.

Por su parte, el senador Pichetto destacó “la importancia de la reunión, que ha permitido unificar un criterio en orden al protocolo de seguridad para todos los aeropuertos”. Además, calificó como un “alivio y una buena noticia la decisión que ha tomado Aerolíneas Argentinas, que a partir del 17 de septiembre va a empezar a volar a San Carlos de Bariloche”.

“Hemos arribado a conclusiones importantes para destrabar algunas ambigüedades que podían existir en la información. Va a haber mucha más precisión y el Servicio Meteorológico va a trabajar muy concretamente para que las Aerolíneas tengan elementos para poder volar”, concluyó Pichetto.

http://www.mindef.gov.ar/info.asp?Id=1986
 
El CAREM es de 4ta Generación....
en realidad es de "3ra generacion avanzado", pero queda mejor decir 4ta generacion -de hecho seria el primero de 4ta generacion operativo- .
En todo caso volviendo al CAREM y el Sub, por el sistema de refrigeracion por conveccion natural, no seria apropiado para uin submarino.
Lo que no quita que buena parte del expertise y de la ingenieria que implica el carem está en la misma vereda que un eventual reactor para submarinos, empezando porque serian a uranio enriquecido y agua liviana, a diferencia de todos nuestros reactores que siguieron la linea de uranio natural y agua pesada por cuestiones de independencia tecnológica y política (historicamente una decision muy acertada en mi opinion).
 
Licitación:
- CONTRATACION DE SERVICIOS PARA EL TRASLADO DE MATERIALES CON DESTINO A MINUSTAH (PUERTO PRINCIPE HAITI)
Tiene que ver con el ARA Bahía San Blas y materiales para el hospital reubicable
--- merged: Sep 13, 2011 2:43 AM ---
Otra:
- ADQUISICION DE VEHICULOS MERCEDEZ BENZ MODELO ATEGO 1725 - PECOMP IV
Según el pliego, son 12 unidades

tuvve la mala idea de preguntar (como todos los años ) en el stand de MB sobre los 1720 y los 1725,
como siempre las promotoras obvio no saben nada, pero una era bellisima, al margen de eso le pregunte a un viejo agreta -que estaba al pedo- si ahora que se fabricaba localmente el 1720 las FFAA iban a comprar ese, en lugar del 1725 que entiendo viene de Brasil (como antes los 1720), la respuesta pedorra fue "Es todo lo mismo, todo mercosur, todo mercosur" (SIC).
Esta noticia confirma que siguen trayendo los de Brasil.
Pregunto por si alguno obtuvo alguna informacion mejor.
 
Eso mismo tengo entendido yo
El CAREM propiamente dicho ni cabe ni esta diseñado para un SSN (por ejemplo el sistema de circulacion pro conveccion no es apropiado para un submarino).
el
Al contrario Jorge, Es conveniente la refrigeración por convección ya que se eliminan ruidosas bombas. Esto permite al SUB correr a buena velocidad sin hacer tanto ruido. Y es verdad, el CAREM no entra ni en un bulk carrier! ;-)

Acordarte todo lo que nos contó Richard Wagner en SAORBATS.

Jani
 
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No soy Ingeniero Nuclear...pero el INVAP siempre se refirió al CAREM como de 4ta generación....
http://www.invap.com.ar/es/sala-de-...ndial-en-centrales-de-cuarta-generacion-.html

Atucha I entiendo fue modificada para operar con Uranio levemente enriquecido (al 1%)...
Yo tampoco soy ingeniero nuclear, y por eso le pregunte a gente que está en el tema, y me dijeron eso, que en realidad lo que seria "la cuarta generación" todavia no esta mundialmente cerrado.
De todas maneras esta bien llamarla asi mientras no haya mas avanzado (cito).

Atucha (Siemens) y Embalse (CANDU) fueron modificadas para utilizar una parte de uranio levemente enriquecido porque con los años se logro hacer esa modificacion que mejora el rendimiento del reactor pero siguen siendo reactores de uranio natural refrigerados con agua pesada.
Los reactores de investigacion y produccion de radioisotopos (RA1 al 6 + los de peru, egipto y Australia producidos por CONEA /INVAP) son de uranio enriquecido.
En los 60s hubo una intensa discusion en la CONEA sobre el modelo que debia seguir Atucha I, si ese (uranio natural) o uranio enriquecido (como la mayoria de los paises industrializados).
Desde un principio la linea que se impuso fue la de uranio natural porque significaba la posibilidad de dominar el ciclo de combustible completo (hasta 1982 y Pilcaniyeu argentina no disponia de la capacidad de obtener uranio enriquecido y en los 60 parecia mas inalcanzable), y mucha mayor capacidad de negociacion para la obtencion de transferencia de tecnologia.
Por esa linea la segunda central (Embalse) fue CANDU.
Atucha II tambien es uranio natural con Agua pesada (siemens).
Con la crisis de concentracion de la industria nuclear en los 90s los competidores se restringieron, Siemens se retiro del negocio nuclear, y AECL (CANDU) casi desaparece, asi que la mayoria de los oferentes actuales son de tecnologia de Uranio enriuquecido y agua liviana -que ademas permite mayor potencia por reactor-.
Si no entendí mal la discusion del año que viene sera si la 4ta central será CANDU (AECL "resucito") o de Uranio enriquecido (tecnologia rusa ?, Francesa -AREVA-?).
Si es CANDU seran dos reactores a uranio natural (2x700/750), si es a uranio entriquecido sera uno de 1500/1600.
PAra esta ultima (y para los CAREM) es esencial que Pilcamiyeu logre escala industrial (aunque ahora tambien Brasil podria ser proveedor del combustible) como elemento determinante de la elección.
 
Al contrario Jorge, Es conveniente la refrigeración por convección ya que se eliminan ruidosas bombas. Esto permite al SUB correr a buena velocidad sin hacer tanto ruido. Y es verdad, el CAREM no entra ni en un bulk carrier! ;-)

Acordarte todo lo que nos contó Richard Wagner en SAORBATS.

Jani
Jani
justamente por eso es que no entra en el submarino, la conveccion natural requiere mucho mas espacio.
Hace años en una conferencia en la EST le hice la misma pregunta a la entonces jefa del progrma CAREM (que no se si hoy no es la presidenta de la CONEA) y me dijo claramente (con mi consecuente decepcion), que el CAREM no servia para un submarino y que la conveccion natural no rsponderia adecuadamente a los cambios bruscos de regimen que ella entendia requeria el reactor de un submarino, para lo cual eran apropiadas .... las ruidosas bombas.
un tiempo antes en una charla en mi maestria le pregunté a Otheguy del INVAP si el CAREM habia surgido como una forma de aprovechar el laburo surgido del requerimiento del SSN de Castro Madero y se me quedo mirando con aire "si te lo digo tendria que matarte".
Es decir hace años que vengo queriendo que me digan que el CAREM va en un submarino y sistematicamente (incluido Ricardo) los que saben me dicen que no.
 

DSV

Colaborador
14/9/2011​
INFORMACIÓN DE PRENSA Nº 165/2011​
IMPORTANTE AMPLIACIÓN EN LABORATORIO FARMACÉUTICO DE LAS FUERZAS ARMADAS

El Ministerio de Defensa informa que se ampliarán las capacidades productivas del Laboratorio Farmacéutico Conjunto de las Fuerzas Armadas mediante importantes ampliaciones edilicias y adquisición de modernos equipamientos, con el fin de responder a la creciente demanda de las áreas de Sanidad y Obras Sociales de las FFAA.

Estas reformas permitirán aumentar la actual producción de 2.500.000 comprimidos medicinales anuales a 20 millones de comprimidos; con una proyección para el tercer año de 50 millones de comprimidos y 300.000 frascos de líquidos estériles.

El laboratorio, integrado a la Red Nacional de Laboratorios Públicos (RELAP) desde 2008, con estas modificatorias, cumplirá con las nuevas normativas establecidas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), asegurando así la calidad de sus productos.

Este incremento en la producción permitirá satisfacer los requerimientos de los 15 hospitales militares y las Obras Sociales de las FFAA, que cuentan con alrededor de 620 mil afiliados. En una etapa posterior también podrá abastecer a otros organismos públicas.

La ampliación abarca más de 500 metros cuadrados de obra, así como la incorporación de equipos de producción de comprimidos y líquidos no estériles a la planta que el laboratorio tiene en Caseros, Ciudad de Buenos Aires.

El Laboratorio Farmacéutico Conjunto de las FFAA fue creado el 20 de diciembre de 2000 a través de la Resolución N° 1.304, depende del Estado Mayor Conjunto de las FFAA y dispone de dos establecimientos: la Planta Caseros y la Planta Palomar. Su objetivo es poseer la capacidad para elaborar y analizar medicamentos, productos biológicos y antibióticos para proveer a las FFAA y organismos oficiales.

Asimismo, el laboratorio está dentro del alcance de la Ley 23.688 sancionada el 29 de junio de 2011, que declara de interés nacional la producción pública de medicamentos, materias primas, vacunas y productos médicos.

Los recursos que requiere esta inversión son gestionados por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, en el marco del acuerdo de colaboración firmado con el Ministerio de Defensa el 14 de diciembre de 2010, y significan una inversión de $10.651.000, de los cuales $ 6.151.000 corresponden a la adquisición de equipamiento y los 4.500.000 restantes a la refacción de infraestructura.

http://www.mindef.gov.ar/info.asp?Id=1987
 

KF86

Colaborador
"Sistemas electronicos propios", ¿implica "toda" la electronica del misil, lease guia, contramedidas, bus, link?.
 

Derruido

Colaborador
INISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 895/2011

Dase por aprobada una contratación en la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares.

Bs. As., 12/9/2011

VISTO

El Expediente Nº 9454/11 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su Decreto Reglamentario Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita la aprobación de la contratación de personal idóneo para llevar a cabo el Programa de Trabajo “APOYO TECNICO PARA LA REESTRUCTURACION DE LAS FUERZAS ARMADAS”, en los términos del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9º del Anexo I al Decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04 establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que atento lo requerido por el MINISTERIO DE DEFENSA, a fin de posibilitar la contratación del agente citado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, corresponde exceptuar al mismo de las restricciones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Autorízase al MINISTERIO DE DEFENSA para contratar al agente Silvio Sebastián SARTI (DNI. Nº 33.664.656), por el período, nivel y grado consignados en el Anexo I, con carácter de excepción al inciso c), punto II) del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Arturo A. Puricelli.

ANEXO I

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES​


Apellido y Nombre Tipo Número Nivel Grado Desde Hasta
SARTI, Silvio Sebastián DNI 33.664.656 C 0 01/04/2011 31/12/2011​

--- merged: Sep 16, 2011 3:43 AM ---
MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 896/2011

Danse por aprobadas contrataciones en la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares.

Bs. As., 12/9/2011

VISTO:

El Expediente Nº 12.173/11 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su Decreto Reglamentario Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, y sus modificatorias, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita la aprobación de la contratación de personal idóneo para llevar a cabo el Programa de Trabajo “APOYO TECNICO A LA REESTRUCTURACION DE LAS FUERZAS ARMADAS”, en los términos del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9º del Anexo I al Decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.

Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificatorias establecen que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que atento lo requerido por el MINISTERIO DE DEFENSA, a fin de posibilitar la contratación de los agentes citados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, corresponde exceptuar a los mismos de las restricciones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Autorízase al MINISTERIO DE DEFENSA para contratar al personal que se detalla en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente, por el período, nivel y grado allí consignados, con carácter de excepción, al inciso c), punto II) del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso a los distintos niveles del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Arturo A. Puricelli.

ANEXO I

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES​


Apellido y Nombre Tipo Número Nivel Grado Desde Hasta
BARTOLI, Emilce DNI 28.384.798 B 0 01/03/2011 31/12/2011​
CRUZ, José Ignacio DNI 27.308.426 B 0 01/03/2011 31/12/2011​

--- merged: Sep 16, 2011 3:47 AM ---
Me llama poderosamente la atención ¨la juventud¨ de los contratados............ y alguna que otra perlita.

Artículo 1º — Autorízase al MINISTERIO DE DEFENSA para contratar al agente Silvio Sebastián SARTI (DNI. Nº 33.664.656), por el período, nivel y grado consignados en el Anexo I, con carácter de excepción al inciso c), punto II) del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

Con tan escasa edad, que ¨experiencia tienen para algo tan relevante¨ como:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita la aprobación de la contratación de personal idóneo para llevar a cabo el Programa de Trabajo “APOYO TECNICO A LA REESTRUCTURACION DE LAS FUERZAS ARMADAS”

Espero conocer el C.V.

Salute
El Derru
PD: A lo mejor del tema saben un toco, y son unos genios. Pero.......... mientras tanto.
 

Armisael

Forista Borgeano
Colaborador
 
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