Noticias de la Fuerza Aérea Argentina

BIGUA82

VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS
Colaborador
Quién dijo "ofensivos"? Si nuestra política respecto de las FFAA es de "defensa defensiva"? Con eso dicho, se le podría colgar cualquier cosa a cualquier UAV/UCAV.

Pero suponiendo que no se haga, colocarle un designador, telémetro o cualquier método pasivo para obtener la posición o directamente pintar un objetivo para que se le pueda disparar mediante artillería o armamento stand off, está alcanzado por los límites del compromiso firmado?
Brasil y Chile poseen Hermes 900 sin poder ofensivo.
 
La Republica Argentina firmó un compromiso de no utilizacion de UAV/ UCAV con fines ofensivos,no recuerdo el Programa pero era de EEUU e involucraba a muchos paises con la prohibicion de armar/artillar a sus UAV/UCAV.Hay que buscar informacion mas certera sobre este tema.
Acá encontré (salvo error) el acuerdo, entiendo que no supondría un impedimento para Argentina... ni para que la FAA apunte a tales capacidades... si se firmó algo aparte desconozco.

Declaración Conjunta para la Exportación y Uso Posterior de Armas o Huelgas

Vehículos aéreos no tripulados (UAV)

Un número cada vez mayor de Estados está adquiriendo y empleando vehículos aéreos no tripulados (UAV) para apoyar una variedad de misiones, incluidas misiones militares que promueven la paz y la seguridad. Es posible que los Estados individuales ya tengan leyes y políticas vigentes para garantizar la exportación y el uso responsable de vehículos aéreos no tripulados armados o que incluyan equipos relacionados únicamente con el despliegue o la entrega de armas. Sin embargo, reconociendo que el uso indebido de vehículos aéreos no tripulados armados o habilitados para ataques podría alimentar el conflicto y la inestabilidad, y facilitar el terrorismo y el crimen organizado, la comunidad internacional debe tomar las medidas de transparencia adecuadas para garantizar la exportación responsable y el uso posterior de estos sistemas. En este contexto, seguimos reconociendo los siguientes principios,

A. La aplicabilidad del derecho internacional, incluido tanto el derecho de los conflictos armados como el derecho internacional de los derechos humanos, según corresponda, al uso de vehículos aéreos no tripulados armados o habilitados para ataques, al igual que con otros sistemas de armas;

B. La importancia de participar en la exportación responsable de vehículos aéreos no tripulados armados o habilitados para ataques de conformidad con las normas internacionales pertinentes de control de armamentos y desarme que ayuden a generar confianza en cuanto a la intención pacífica de los Estados;

C. Que la exportación de vehículos aéreos no tripulados armados o habilitados para ataques debe realizarse de conformidad con los principios de los regímenes multilaterales de control de exportaciones y no proliferación existentes, teniendo en cuenta el historial del país receptor potencial con respecto al cumplimiento de sus obligaciones y compromisos internacionales pertinentes;

D. La importancia de medidas de transparencia voluntaria apropiadas sobre la exportación de vehículos aéreos no tripulados armados o habilitados para ataques, incluida la notificación de exportaciones militares a través de los mecanismos existentes, cuando corresponda, y teniendo debidamente en cuenta las consideraciones de seguridad nacional

E. Que a la luz del rápido desarrollo de la tecnología UAV y el beneficio de establecer estándares internacionales para la exportación y posterior uso de tales sistemas, estamos resueltos a continuar las discusiones sobre cómo estas capacidades son transferidas y utilizadas responsablemente por todos los Estados.

Hacemos un llamado a otros gobiernos para que apoyen esta declaración.

 

BIGUA82

VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS
Colaborador
Cuando aparece una ventana, viene USA y te la clausura antes de ver el sol.
Cuando el proyecto toma un cariz ofensivo,llegan los acuerdos y las normas,sino se aceptan se ingresa en un campo complicado,ya tenemos suficiente experiencia.
Hoy discutiamos un grupo de amigos,sobre el Sistema de Armas Iskander que está siendo empleado en la Guerra de Ucrania y lo comparábamos con el Sistema de Armas ALACRAN,que era un desarrollo de la Fuerza Aerea Argentina.
El Alacrán fue un misil táctico de artillería de 1500 kg de peso y un diámetro de 540 mm, capaz de portar una carga útil de 250 kg hasta 100 km de distancia.Tanto la distancia como la carga util hubiera tenido sus mejoras con un constante upgrade.Recuerdo que el Presidente Raul Alfonsin disparó dos ALACRAN desde un lanzador movil en Chamical hacia un blanco en el Campo de Tiro de Serrezuela.
Tambien recuerdo la solicitud a la empresa MAN para fabricar los primeros dos (2) camiones moviles lanzadores con capacidad de dos (2) ALACRAN por camion con un tren de 8x8 y sus correspondientes camiones Directores de Tiro y logisticos para portar otros ALACRAN,tenian gruas para mover a los misiles tacticos.El ALACRAN era transportado en cuna en los C-130H,se realizaron varios vuelos probando esta capacidad de despliegue de los misiles tacticos,los camiones obviamente deberian ir por tierra,por ello se diseñaron lanzadores individuales tipo trailers que eran transportados por C-130H.Los camiones le hubieran dado la movilidad que este Sistema de Armas requeria.









Iskander





 
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BIGUA82

VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS
Colaborador
Un solo comentario, la Argentina no esta impedida por los tratados internacionales de desarrollar misiles tierra - tierra tacticos tipo ALACRAN mientras no excedan los 300 km .
Asi es Stalder...solo falta la decision politica para contar con este recurso del instrumento militar para ejercer la disuacion.Creo que ningun gobierno tomará esa decision para contar con este armamento que sin lugar a dudas seria muy facil de desarrollar en todas sus fases.Al ALACRAN se lo podia potenciar y llegar al limite de los 300km....pero no podemos aun concluir un pod de 12,7 mm....!!
 
La Republica Argentina firmó un compromiso de no utilizacion de UAV/ UCAV con fines ofensivos,no recuerdo el Programa pero era de EEUU e involucraba a muchos paises con la prohibicion de armar/artillar a sus UAV/UCAV.Hay que buscar informacion mas certera sobre este tema.
Disculpe señor Bigua, pero en que se basaron los políticos, para firmar eso, osea que renunciamos a una capacidad elemental hoy en dia (que se puede observar en los últimos conflictos cada vez es mayor el uso de los mismos) a cambio de que cedemos esa capacidad? y que interés tiene USA en limitar el gran mercado de los UCAV, quiere ser la exclusiva proveedora de los mismos, no quiere competencia del mercado ?
Perdonen por no poner el signo de pregunta vertical, se me rompio el teclado.
 
Disculpe señor Bigua, pero en que se basaron los políticos, para firmar eso, osea que renunciamos a una capacidad elemental hoy en dia (que se puede observar en los últimos conflictos cada vez es mayor el uso de los mismos) a cambio de que cedemos esa capacidad? y que interés tiene USA en limitar el gran mercado de los UCAV, quiere ser la exclusiva proveedora de los mismos, no quiere competencia del mercado ?
Perdonen por no poner el signo de pregunta vertical, se me rompio el teclado.
El compromiso no fue firmado por políticos.
No es un tratado ni una convención internacional.
 
De hecho hasta donde se dijo es no vinculante
Como no es un tratado ni una convención la respuesta es no, no es vinculante.
No tiene valides en el derecho internacional.

Pero si se trata de un acuerdo y comprime de buena fe entre las partes firmantes.
Lo más parecido a un acuerdo de palabras entre colegas que pueda imaginarse en el derecho internacional.
Supone que las partes asumen el compromiso de cumplir con la palabra empeñada, salvo que los firmantes se hayan excedido en sus facultades.

Personalmente, no observo problemas en la firma de este acuerdo.

El tema para mi es que la interpretación que algunos están haciendo de este compromiso me parece incorrecta. Un error en la comprensión de lo acordado.
 
Como no es un tratado ni una convención la respuesta es no, no es vinculante.
No tiene valides en el derecho internacional.

Pero si se trata de un acuerdo y comprime de buena fe entre las partes firmantes.
Lo más parecido a un acuerdo de palabras entre colegas que pueda imaginarse en el derecho internacional.
Supone que las partes asumen el compromiso de cumplir con la palabra empeñada, salvo que los firmantes se hayan excedido en sus facultades.

Personalmente, no observo problemas en la firma de este acuerdo.

El tema para mi es que la interpretación que algunos están haciendo de este compromiso me parece incorrecta. Un error en la comprensión de lo acordado.
Tal cual... ademas lo acordado limita la exportación a países sancionados y su uso conta civiles... con lo cual, no existe otro impedimento que el propio desinterés.
 
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