A través de una publicación oficial en el Boletín Oficial de la República Argentina, el Gobierno Nacional oficializó su decisión de integrar la totalidad de los gastos de capital asignados para el 2024 del Ministerio de Defensa y Fuerzas Armadas dentro del Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF). De esta manera, el Poder Ejecutivo continua una tendencia iniciada por la gestión anterior de emplear al mencionado mecanismo ya no como un fondo para el reequipamiento, sino como una forma de complementar los gastos asignados a esta función, desvirtuando su razón de ser.

En detalle, según lo publicado por el Boletín Oficial en la jornada del día de la fecha, 12 de enero, se establece en el articulo 2 de la Decisión Administrativa 5/2024 que: “Establécese que la totalidad de las asignaciones presupuestarias destinadas a financiar gastos de capital y adelantos a proveedores y contratistas de la jurisdicción, entidades y empresas que operan bajo la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, que para el Ejercicio 2024 se contemplan prorrogados en la distribución de gastos del artículo 1° de la presente medida, integran el FONDO NACIONAL DE LA DEFENSA (FONDEF)”.

De esta manera, siguiendo la tendencia iniciada por el gobierno anterior, el FONDEF pierde su razón de ser al no ser utilizado como un mecanismo separado y destinado específicamente para el reequipamiento de las Fuerzas Armadas Argentinas.

Como fuera señalado por el anterior Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, Teniente General Juan Martín Paleo. En una entrevista realizada por Zona Militar durante el pasado mes de diciembre, el anterior jefe del EMCFFAA expresó: “…creo que hay que perfeccionar la ejecución de la ley FONDEF, y para eso sería bueno reglamentarla (…) el FONDEF fue una herramienta nueva, totalmente perfectible. En las experiencias de los últimos años de ejecución, se tomó nota de cosas que hay que mejorar o hacer de otra forma

Sancionado en el año 2020, la Ley N° 27.565 estipulo la creación del Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF). Tal y como aclara el propio Ministerio de Defensa, en la web oficial alusiva a este instrumento, se expresa que: “La constitución e integración del FONDEF deberá realizarse con el CERO COMA TREINTA Y CINCO POR CIENTO (0,35%) del total de los Ingresos Corrientes previstos en el Presupuesto Anual Consolidado por el Sector Público Nacional para el año 2020, el CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) para el año 2021, CERO COMA SESENTA Y CINCO POR CIENTO (0,65%) para el año 2022, hasta alcanzar el CERO COMA OCHO POR CIENTO (0,8%) para el año 2023, manteniéndose este último porcentaje para los sucesivos ejercicios presupuestarios”.

Añadiendo, con los criterios que deberá seguir el destino de los recursos aportados:

  • 1) Favorecer la sustitución de importaciones, el desarrollo de proveedores y la inserción internacional de la producción local de bienes y servicios orientados a la defensa.
  • 2) Promover la innovación productiva, inclusiva y sustentable, por medio de un mayor escalonamiento tecnológico.
  • 3) Incrementar las acciones de investigación y desarrollo, tanto en el sector público como privado.
  • 4) Mejorar las condiciones de creación, difusión y asimilación de innovaciones por parte de la estructura productiva nacional.

Sin embargo, a casi cuatro años de su sanción, la Ley FONDEF no ha sido reglamentada, y, en lo específico a la recuperación de capacidades y equipamiento para cumplir la misión principal de las Fuerzas Armadas, ha mostrado escasos avances. Más precisamente, no se han incorporado vehículos de combate blindados a rueda (VCBR) para el Ejército, cazas supersónicos para la Fuerza Aérea y submarinos, como otros medios navales, para la Armada. Unicamente se han listado negociaciones y la firma de carta de intención por parte de la gestión saliente del Ministerio de Defensa.

*Noticias en desarrollo.

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2 COMENTARIOS

  1. La realidad es que la misma ley que creó el FonDef fué elaborada a las apuradas y presenta las mismas deficiencias de muchas de las leyes del Parlamento Nacional: siempre dejan previsto su modificación vía interpretación, ampliando atribuciones del PEN. El error como instrumento legislativo no fue imponer el no cambio de sus destinos, que el Ejecutivo usa y abusa dentro de sus facultades extraordinarias generales delegadas por ambas Cámaras del Congreso. Esto lo estamos viviendo desde la crisis del 2001 que el Kirchnerismo exacerbó transformando al Congreso Nacional es una simple Escribanía.

    Por ello insisto en la necesidad de elaborar una ley macro pluripresupuestaria, sin delegación de facultades y estableciendo mayorías especiales para su modificación o derogación.

    Esto no le costará hoy dinero al país, pero establecerá las bases del futuro de nuestras FFAA, de aplicación y ejecución obligatoria para el Poder Ejecutivo Nacional y la totalidad de sus Ministros.

    La idea es imponer recursos en el presupuesto que siempre son un porcentaje de la recaudación fiscal, fijando las condiciones del endeudamiento futuro, para qué se aplicará, en que condiciones particulares deberán formalizarse ( como mínimo con off set), propendiendo a la integración de la ciencia, tecnología e industria nacional a través de acuerdo de colaboración empresaria y todo aquella otra normativa que lleve a tener estabilidad legislativa en esta materia.

    Existiendo una ley de esta naturaleza, aunque hoy la inversión sea mínima, los inversionistas privados tendrán la posibilidad de tener por delante un panorama claro de cuáles serán las inversiones que hará Argentina que les permitirá decidir sobre potenciales futuras inversiones.

  2. Gracias al Fondef se realizaron reparaciones, actualizaciones y diferentes compras para la fuerzas armadas. Cierto es que no se logró cumplir con uno de los objetivos primordiales que era la compra de aviones SUPERSÓNICOS para la Fuerza Aérea, aunque se definió que por motivos varios la elección recayó sobre los F 16 dinamarqueses usados, con el visto bueno del fabricante de orígen. Falta poner el dinero y la firma del responsable. O seguiremos en la aburridora espera.

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