Argentina: Noticias del Ministerio de Defensa


El Gobierno autorizó a los militares a detener civiles en la frontera norte
Son "órdenes reservadas" que recibieron los militares, a las que accedió Clarín.
Las llamadas "reglas de empeñamiento" del ministro de Defensa, Luis Petri, también les permiten llevar armas cargadas durante los patrullajes en situaciones de potencial peligro.
El Gobierno autorizó a los militares a detener civiles en la frontera norteSoldados del Ejército patrullan la frontera de Salta en camión, en el marco del Operativo Roca.
Daniel Santoro
Daniel
Santoro




Las órdenes reservadas que el Gobierno les dio a los militares que la semana pasada comenzaron a movilizarse para reforzar la vigilancia de las zonas de la frontera norte, junto a la Gendarmería, en el marco del “Operativo Roca”, permiten que detengan civiles en forma transitoria que cometan delitos en flagrancia, entre otras medidas polémicas.

“Podrán proceder a la aprehensión transitoria de personas que se encuentren cometiendo delitos en flagrancia, informando inmediatamente de ello a las Fuerzas de Seguridad, al Juzgado correspondiente o al Ministerio Público Fiscal, para que tomen la intervención que les compete”, dice uno de los artículos de la parte reservada de la resolución 347 del ministro de Defensa, Luis Petri, según revelaron fuentes militares a Clarín.

Se llaman “reglas de empeñamiento” a las órdenes que se les dan a las tropas siempre que se movilizan ante una amenaza. Estas normas ordenan desde al comportamiento en público de los efectivos ante un ataque de narcos, la detención de civiles, el uso de las armas y cómo responder en un enfrentamiento.


El objetivo de estas normas es “restringir el uso de la fuerza a acciones que el personal militar deba desarrollar circunscribiéndolo a su defensa y a la de terceros en caso de agresiones inminentes que pongan en riesgo la vida, la integridad física o del cumplimiento del deber”, agrega la resolución.

Acerca de la posibilidad de detener civiles, el ministro de Defensa, Luis Petri, argumentó en diálogo con Clarín que “de acuerdo al Código Procesal Penal de la Nación, la aprehensión en flagrancia puede ser realizada por la policía, por cualquier otra autoridad o incluso por una persona común. El aprehendido debe ser conducido a la brevedad posible ante autoridad competente para que se inicie la investigación”.

El año pasado, Petri había enviado un proyecto de ley para modificar la Ley de Seguridad Interior, pero ni siquiera obtuvo dictamen de comisión. Al respecto, los ex ministros de Defensa Horacio Jaunarena y Ricardo López Murphy indicaron que esas "reglas de empeñamiento" colisionan con las leyes vigentes.

Otro punto clave de las reglas, comentaron las fuentes, señala que el uso de la fuerza “se guiará por los principios de necesidad, proporcionalidad, racionalidad y gradualidad, que se desprenden del artículo 34 del Código Penal de la Nación y que se usan para las fuerzas policiales”.

En ese sentido, Petri ordena a los militares “evitar que se concreten acciones hostiles” y explica que el principio de necesidad “se basará en el porte que posea cada miembro de las Fuerzas Armadas a través de la actitud de respeto, seguridad y disciplina que transmite el uniformado".

"Consiste en impedir a través de la disuasión, o neutralizar la agresión por la mera presencia física del personal militar”, precisa la orden reservada.


Además, a través de órdenes verbales se buscará “impedir o repeler la agresión mediante el uso de inflexiones de voz de un modo firme e inequívoco para que las indicaciones sean cumplidas”.

Y sobre el llamado “control disuasivo” dispone “impedir o repeler la agresión mediante cualquier técnica física, química o mecánica que mantenga al agresor bajo control. Puede ejecutarse un despliegue y emplazamiento de armamento incluyendo disparos de advertencia/neutralización”.

En cuanto al llamado nivel de “apresto de las armas de fuego” se graduará según el siguiente detalle: "Nivel 1: con cargador colocado, sin cargar y en seguro. Nivel 2: con cargador colocado, cargado y en seguro. Nivel 3: con cargador colocado, cargado y sin seguro” para situaciones de eventual peligro.

Sin embargo, no se autoriza “el uso de armas en contra de vehículos o personas sospechosas que huyan o traten de huir de un puesto de control, acceso a instalaciones, recintos, destacamento, aun existiendo sospechas fundadas de un acto ilícito”.

Las "Reglas de Empeñamiento" reservadas causaron una prudente preocupación en mandos militares más que por la eventualidad de un ataque de narcos o contrabandistas en la frontera por la posibilidad de juicios producto de accidentes con los vehículos por los que se movilizan en Salta, Jujuy y otras provincias. Y provocaron críticas desde la oposición.


El “Operativo Roca” comenzó la semana pasada en Salta con 1.300 hombres pero el ministro Petri prometió que de acá hasta fin de año se movilizarán “10 mil soldados en total”. En la actualidad, el Ejército tiene unos 6.500 oficiales, 24 mil suboficiales y 18 mil soldados voluntarios para todo el territorio nacional.

Esa cantidad representaría alrededor del 25 por ciento de los agentes teóricamente operativos del Ejército.

El operativo fue dispuesto por Petri mediante una resolución ministerial y las "reglas de empeñamiento" están en un anexo reservado. No existe un decreto específico del Poder Ejecutivo y tampoco una ley que respalde el operativo, resaltaron las fuentes militares.

El documento reservado invoca la Constitución Nacional y las leyes vigentes -no podría ser de otra manera- pero inmediatamente puntualiza que los cuadros quedan sometidos del Código Procesal Penal y al Código Penal, advirtieron.


La resolución del Ministerio de Defensa “no especifica claramente la responsabilidad de la cadena de mando, lo que es muy serio para quienes intervengan, y se interpreta que resulta poco preciso el rol de "complementar" la acción de la Gendarmería y la Prefectura”, afirmaron las fuentes.

Una cuestión importante en el momento en que deberán trabajar juntas es que los miembros de las Fuerzas Armadas cobran aproximadamente un 30 por ciento menos que los de las Fuerzas de Seguridad, como la Gendarmería, considerando remuneraciones brutas y suplementos. Este tipo de despliegues son onerosos para presupuestos obviamente escasos.

Fuentes militares confirmaron que hace alrededor de 45 días se explicó a Petri en una reunión en el edificio Libertador de “la imposibilidad material de enviar diez mil hombre del Ejército” en forma simultánea a la frontera norte.

El actual es el tercer operativo desplegando militares en la frontera norte -"Escudo Norte" se llamó el de los gobiernos kirchnerista y otro de Macri- que no dieron los resultados esperados que se invocaron. Las extensas fronteras argentinas siguen siendo un “colador” para el paso de contrabandistas y narcotraficantes.

La orden actual incluso “no concuerda con el decreto del PEN 1112 de diciembre último y menos con el decreto 1691 vigente de organización y funcionamiento de las FF.AA., dictado por la entonces ministra de Defensa, Nilda Garré”, agregaron las fuentes.

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También los militares coinciden en que se debe utilizar todos los recursos disponibles de la Nación para procurar una seguridad eficiente, pero separando claramente los roles específicos y los que sean complementarios.

Nota Diario Clarín
Cualquier persona, incluso un civil puede realizar una aprehensión ante un delito en fragrancia.
 
La nota lo dice.
SI en realidad me refiero a que la nota es está vacía de contenido, no hace falta ninguna autorización del MINDEF para aprehender a un delicuente en flagrancia, y si un militar circula con el arma cargada y con bala en boca no es delito porque son LU con derecho de portación (sería una mera infracción administrativa militar no un delito).

Paso en limpio, lo publicado no es técnicamente una autorización, sino que muestra el marco legal actual, si veo que establece prohibiciones.
 
No se gasten en buscar un marco legal, en Argentina no existe eso para las FFAA, siempre van a encontrar la forma de cargarcelos.

A los oficiales, suboficiales y demás subalternos que van a poner el lomo, pidan urgente garantías.

Recuerden además, que cuando comiencen a buscar a quien bajar, inclusos los altos mandos de la Fuerzas los van a vender por un puesto de embajador.
 
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Son "órdenes reservadas" que recibieron los militares, a las que accedió Clarín.
Las llamadas "reglas de empeñamiento" del ministro de Defensa, Luis Petri, también les permiten llevar armas cargadas durante los patrullajes en situaciones de potencial peligro.
El Gobierno autorizó a los militares a detener civiles en la frontera norteSoldados del Ejército patrullan la frontera de Salta en camión, en el marco del Operativo Roca.
Daniel Santoro
Daniel
Santoro




Las órdenes reservadas que el Gobierno les dio a los militares que la semana pasada comenzaron a movilizarse para reforzar la vigilancia de las zonas de la frontera norte, junto a la Gendarmería, en el marco del “Operativo Roca”, permiten que detengan civiles en forma transitoria que cometan delitos en flagrancia, entre otras medidas polémicas.

“Podrán proceder a la aprehensión transitoria de personas que se encuentren cometiendo delitos en flagrancia, informando inmediatamente de ello a las Fuerzas de Seguridad, al Juzgado correspondiente o al Ministerio Público Fiscal, para que tomen la intervención que les compete”, dice uno de los artículos de la parte reservada de la resolución 347 del ministro de Defensa, Luis Petri, según revelaron fuentes militares a Clarín.

Se llaman “reglas de empeñamiento” a las órdenes que se les dan a las tropas siempre que se movilizan ante una amenaza. Estas normas ordenan desde al comportamiento en público de los efectivos ante un ataque de narcos, la detención de civiles, el uso de las armas y cómo responder en un enfrentamiento.


El objetivo de estas normas es “restringir el uso de la fuerza a acciones que el personal militar deba desarrollar circunscribiéndolo a su defensa y a la de terceros en caso de agresiones inminentes que pongan en riesgo la vida, la integridad física o del cumplimiento del deber”, agrega la resolución.

Acerca de la posibilidad de detener civiles, el ministro de Defensa, Luis Petri, argumentó en diálogo con Clarín que “de acuerdo al Código Procesal Penal de la Nación, la aprehensión en flagrancia puede ser realizada por la policía, por cualquier otra autoridad o incluso por una persona común. El aprehendido debe ser conducido a la brevedad posible ante autoridad competente para que se inicie la investigación”.

El año pasado, Petri había enviado un proyecto de ley para modificar la Ley de Seguridad Interior, pero ni siquiera obtuvo dictamen de comisión. Al respecto, los ex ministros de Defensa Horacio Jaunarena y Ricardo López Murphy indicaron que esas "reglas de empeñamiento" colisionan con las leyes vigentes.

Otro punto clave de las reglas, comentaron las fuentes, señala que el uso de la fuerza “se guiará por los principios de necesidad, proporcionalidad, racionalidad y gradualidad, que se desprenden del artículo 34 del Código Penal de la Nación y que se usan para las fuerzas policiales”.

En ese sentido, Petri ordena a los militares “evitar que se concreten acciones hostiles” y explica que el principio de necesidad “se basará en el porte que posea cada miembro de las Fuerzas Armadas a través de la actitud de respeto, seguridad y disciplina que transmite el uniformado".

"Consiste en impedir a través de la disuasión, o neutralizar la agresión por la mera presencia física del personal militar”, precisa la orden reservada.


Además, a través de órdenes verbales se buscará “impedir o repeler la agresión mediante el uso de inflexiones de voz de un modo firme e inequívoco para que las indicaciones sean cumplidas”.

Y sobre el llamado “control disuasivo” dispone “impedir o repeler la agresión mediante cualquier técnica física, química o mecánica que mantenga al agresor bajo control. Puede ejecutarse un despliegue y emplazamiento de armamento incluyendo disparos de advertencia/neutralización”.

En cuanto al llamado nivel de “apresto de las armas de fuego” se graduará según el siguiente detalle: "Nivel 1: con cargador colocado, sin cargar y en seguro. Nivel 2: con cargador colocado, cargado y en seguro. Nivel 3: con cargador colocado, cargado y sin seguro” para situaciones de eventual peligro.

Sin embargo, no se autoriza “el uso de armas en contra de vehículos o personas sospechosas que huyan o traten de huir de un puesto de control, acceso a instalaciones, recintos, destacamento, aun existiendo sospechas fundadas de un acto ilícito”.

Las "Reglas de Empeñamiento" reservadas causaron una prudente preocupación en mandos militares más que por la eventualidad de un ataque de narcos o contrabandistas en la frontera por la posibilidad de juicios producto de accidentes con los vehículos por los que se movilizan en Salta, Jujuy y otras provincias. Y provocaron críticas desde la oposición.


El “Operativo Roca” comenzó la semana pasada en Salta con 1.300 hombres pero el ministro Petri prometió que de acá hasta fin de año se movilizarán “10 mil soldados en total”. En la actualidad, el Ejército tiene unos 6.500 oficiales, 24 mil suboficiales y 18 mil soldados voluntarios para todo el territorio nacional.

Esa cantidad representaría alrededor del 25 por ciento de los agentes teóricamente operativos del Ejército.

El operativo fue dispuesto por Petri mediante una resolución ministerial y las "reglas de empeñamiento" están en un anexo reservado. No existe un decreto específico del Poder Ejecutivo y tampoco una ley que respalde el operativo, resaltaron las fuentes militares.

El documento reservado invoca la Constitución Nacional y las leyes vigentes -no podría ser de otra manera- pero inmediatamente puntualiza que los cuadros quedan sometidos del Código Procesal Penal y al Código Penal, advirtieron.


La resolución del Ministerio de Defensa “no especifica claramente la responsabilidad de la cadena de mando, lo que es muy serio para quienes intervengan, y se interpreta que resulta poco preciso el rol de "complementar" la acción de la Gendarmería y la Prefectura”, afirmaron las fuentes.

Una cuestión importante en el momento en que deberán trabajar juntas es que los miembros de las Fuerzas Armadas cobran aproximadamente un 30 por ciento menos que los de las Fuerzas de Seguridad, como la Gendarmería, considerando remuneraciones brutas y suplementos. Este tipo de despliegues son onerosos para presupuestos obviamente escasos.

Fuentes militares confirmaron que hace alrededor de 45 días se explicó a Petri en una reunión en el edificio Libertador de “la imposibilidad material de enviar diez mil hombre del Ejército” en forma simultánea a la frontera norte.

El actual es el tercer operativo desplegando militares en la frontera norte -"Escudo Norte" se llamó el de los gobiernos kirchnerista y otro de Macri- que no dieron los resultados esperados que se invocaron. Las extensas fronteras argentinas siguen siendo un “colador” para el paso de contrabandistas y narcotraficantes.

La orden actual incluso “no concuerda con el decreto del PEN 1112 de diciembre último y menos con el decreto 1691 vigente de organización y funcionamiento de las FF.AA., dictado por la entonces ministra de Defensa, Nilda Garré”, agregaron las fuentes.

Mirá también
El Gobierno autorizó a las Fuerzas Armadas a custodiar "objetivos estratégicos" como las centrales nucleares
El Gobierno autorizó a las Fuerzas Armadas a custodiar "objetivos estratégicos" como las centrales nucleares
Entre diputados del radicalismo existe consenso de que deben ser actualizadas la leyes de Defensa y de Seguridad Interior, sancionadas con amplios acuerdos parlamentarios durante los gobiernos de los ex presidentes Raúl Alfonsín y Carlos Menem, respectivamente.

También los militares coinciden en que se debe utilizar todos los recursos disponibles de la Nación para procurar una seguridad eficiente, pero separando claramente los roles específicos y los que sean complementarios.

Nota Diario Clarín
Qué poco duró el secreto...
 
Cualquier persona, incluso un civil puede realizar una aprehensión ante un delito en fragrancia.
Ojo con eso, las normas no son las mismas para civiles y para agentes que usan armamento estando en función oficial.

Los individuos tenemos derecho a todo excepto lo que la ley nos prohíbe, pero los organismos públicos y por ende sus agentes cuando están en función oficial SÓLO están habilitados a ejercer las facultades que las leyes les otorgaron en forma explícita.
 
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Ojo con eso, las normas no son las mismas para civiles y para agentes que usan armamento estando en función oficial.

Los individuos tenemos derecho a todo excepto lo que la ley nos prohíbe, pero los organismos públicos y por ende sus agentes cuando están en función oficial SÓLO están habilitados a ejercer las facultades que las leyes les otorgaron en forma explícita.
Hace 20 años trabajo en el MPF de Mendoza, a cargo de investigaciones fiscales, lo que ud dice carece de sentido jurídico. Y lo digo habiendo prestado en servicios en la Unidad Fiscal de Homicicios y Violencia Institucional, es decir, investigado delitos cometidos por efectivos de las FFSS provinciales en ejercicio de sus funciones. No así de FFAA por ser competencia federal pero los principios son exactamente los mismos. Lo que si está explicado en las órdenes ministeriales es que las FFAA no tienen poder de policía, por tanto no pueden intervenir en presunción, indicio o sospecha de delitos, sino para hacer cesar un delito flagrante, tal como cualquier otra habitante del país.

Entonces lo que si es claro e indiscutido es que las FFAA no tienen facultades de poder de policial de prevención, no pueden parar gente y requisarla por actitudes sospechosas, no pueden requisar vehículos, no pueden secuestrar elementos, no pueden hacer inteligencia interna.

La legítima defensa también se regula sin distinciones, la proporcionalidad es necesaria por regla general, pero se evalúa en el caso concreto, sea civil, policía o militar el que la ejerce.

Dicho todo eso, claramente el Operativo Roca implica un riesgo para los efectivos militares, participar en un posible enfrentamiento armado con delicuentes es muchísimo más posible en ese operativo, que en ejercicios militares propiamente dicho. AHÍ es dónde está el problema, el riesgo no es solo jurídico es vital.
 
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El Gobierno habilitó al Ejército y la Armada a detener civiles en la frontera norte​


Desde el Ministerio de Defensa, confirmaron que se brindaron órdenes de “empeñamiento” para coordinar el despliegue de las fuerzas. Estas reglas se mantienen bajo reserva

 
Además, el ejercicio representará una oportunidad clave para que Argentina fortalezca su preparación ante posibles desafíos en el Estrecho de Magallanes, un paso estratégico que la conecta con la región antártica.

Sea de quien sea ese tipo de opiniones, cuando se leen en Chile todos se ponen nerviosos y en ocasiones mal humorados.

Fuera de eso, me alegro por el acercamiento de las FF.AA. argentinas a las de USA. Será ganancia neta.
Lo que pasa es que en Chile algunas personas se acostumbraron a que nosotros no hiciéramos nada, ejercicios, adquisiciones o cualquier tema referido a Defensa. No entiendo las alarmas que se disparan como si estuviéramos en una carrera armamentística, cuando Chile hizo todo lo contrario y desde acá no lo vivimos como una amenaza, nos parece un ejercicio de soberanía normal (al revés que lo que hicimos acá). Hay una desmesura por el hecho de volver a hacer cosas lógicas para cualquier país. Además está claro que el interés de USA no pasa por Chile y que el ejercicio apunta a otras hipótesis de control.
Saludos
 
Lo que pasa es que en Chile algunas personas se acostumbraron a que nosotros no hiciéramos nada, ejercicios, adquisiciones o cualquier tema referido a Defensa. No entiendo las alarmas que se disparan como si estuviéramos en una carrera armamentística, cuando Chile hizo todo lo contrario y desde acá no lo vivimos como una amenaza, nos parece un ejercicio de soberanía normal (al revés que lo que hicimos acá). Hay una desmesura por el hecho de volver a hacer cosas lógicas para cualquier país. Además está claro que el interés de USA no pasa por Chile y que el ejercicio apunta a otras hipótesis de control.
Saludos
Dado que no entendió el post de @Ciclista2 (a pesar de poner en negritas y subrayar la frase polémica), se lo explico en detalle. El problema se da por la frase "Argentina fortalezca su preparación ante posibles desafíos en el Estrecho de Magallanes, un paso estratégico que la conecta con la región antártica.", ignorando la autora de la nota que el Estrecho de Magallanes en 100% chileno. Es como si para un ejercicio en Chile, alguna nota hablara de "fortalecer su preparación ante posibles desafíos en Ushuaia".
 
Lo que pasa es que en Chile algunas personas se acostumbraron a que nosotros no hiciéramos nada, ejercicios, adquisiciones o cualquier tema referido a Defensa. No entiendo las alarmas que se disparan como si estuviéramos en una carrera armamentística, cuando Chile hizo todo lo contrario y desde acá no lo vivimos como una amenaza, nos parece un ejercicio de soberanía normal (al revés que lo que hicimos acá). Hay una desmesura por el hecho de volver a hacer cosas lógicas para cualquier país. Además está claro que el interés de USA no pasa por Chile y que el ejercicio apunta a otras hipótesis de control.
Saludos
Ron, es como dice @XeryuZ.
Y sobre entrenar con USA acá se viene haciendo hace mucho y también vienen a instruirse en montaña, incluso se realizan ejercicios de estados mayores con los norteamericanos, por eso puse que eso será ganancia neta para Argentina.
 
A mí me llama la atención que el ejercicio incluya isla de los estados
El estrecho de magallanes no tiene tanta importancia como si la tiene el cabo de Hornos.
Supongo que lo del Estrecho es cosecha de la autora de la nota.
Sobre incluir Isla de Los Estados en el ejercicio, normalmente el dueño de casa sugiere los lugres y en reuniones previas con el aliado, que suelen ser relizadas hasta con 1 año de anticipacion, se revisan las sugerencias y se fija el terreno. Lo probable es que lo de la isla sea propuesta de Argentina
 
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