jedi-knigth dijo:Claro como el cristal. Ahora Armisael me gustaria que me indiques cuales son los problemas que tiene el IUA para rechazarlo de esa manera.
1° No lo estoy rechazando, sino informando que el IUA tiene un Estatuto, que al no estar aprobado por LEY NACIONAL, no está comprendido dentro del artículo 1° de la Ley de Educación Superior.
2° No hago juicios con respecto a la calidad educativa de dicha institución (que adeás pasó todas las certiicaciones de la Coneau)
carblue dijo:Estás errado, porque si fuera por eso, todas las universidades nacionales dependen de ministerio de educación. Además, presupuestariamente, el IUA se autofinancia, con la cuotas de los alumnos, que por cierto, no ingresan al ministerio, sino a la AIT
No, no estoy errado, porque las universidades nacionales son organismos extrajurisdicionales, que no figuran en el Presupuesto Nacional, ni dependen del Ministerio de Educación (Artículo 75 de la CN, son autónomas y autárquicas), mientras que el IUA depende de una jurisdicción (te vuelvo a repetir que no está comprendido por el artículo 1° de la LES, sino del 24° de la LFE, que se refiere a "Institutos Universitarios dependientes de jurisdiciones. . .")
Con respecto a la certificación de la Coneau, la misma refiere a ambos tipos de instituciones, y ambas tiene el mismo estatus educativo, por lo que ambas son "universidades".
Independientemente de ello, las primeras están creadas por LEY y son plenamente autónomas (repito), mientras que las segundas tiene un estatuto aprobado por decreto que regula su funcionamiento el alcance de su autonomía.
Más claro, hechale agua, o pasame copia de la Ley de creación de la IUA (de su Centro de Estudiantes, de su Consejo Superior, y de su Cogobierno Universitario, y tantas otros complementos a los que habilita el artículo 29 de la LES). ¿Quién designa al Rector?
Salutti.

