Evolución de los argumentos británicos desde 1833

En este link van a comprobar como Gran Bretaña comenzó a cambiar sus argumentos cuando ese país se veía perdido.

EVOLUCIÓN DE LOS ARGUMENTOS BRITÁNICOS DESDE 1833

www.terragno.org.ar/pdfs/Proyecto Nacionalidad Malvinas.pdf

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Para el Derecho Internacional Publico, la cuestión de la cantidad de años transcurridos juega un papel relativo ya que dependen de las circunstancias particulares de cada caso, lo que a nosotros nos importa es que el Reino Unido no puede alegar la prescripción para validar su titulo porque Argentina viene reclamando por sus derechos, de distintas formas, desde el año 1833 y pasando por los años 1834, 1838, 1841, 1842, 1848, 1849, 1884, 1885, 1886, 1887, 1888, 1908, 1910, 1925, 1926, 1927, 1933, 1936, 1937, 1938, 1939, 1940, 1943, 1945, 1946 en adelante, realizando seis pedidos de arbitraje rechazados por Gran Bretaña (1884, 1888, 1936), con 9 resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, 24 resoluciones del Comité Especial de Descolonización y 2 del Consejo de Seguridad.

Existe el pequeño detalle de que Gran Bretaña perdió sus pretenciones cuando firmó la Convención de San Lorenzo el Escorial con España en 1790. Renunciando así a todas las islas de la costa atlantica de Sudamerica.

El español Camilo Barcia Trelles subraya que el tratado implicó el reconocimiento de “la soberanía de España sobre las regiones ocupadas de hecho”.

El francés Gilbert Gidel destaca que, al firmar el acuerdo, el Reino Unido desistió de toda aspiración legítima sobre las Malvinas (Malvinas).

El norteamericano Julius Goebel afirma que, al renunciar a la ocupación, Gran Bretaña se despojó de la única posibilidad de adquirir derechos sobre las islas.

Con la retirada española de 1811, las islas Malvinas quedaron de hecho sin dueño (y sin población humana) por 9 años, convirtiéndose en res nullius. Y desde el gobierno de Buenos Aires quien tomó posesión legalmente de esa soberanía. Lo de 1833 fue una usurpación británica, perpetrada contra el gobierno de Buenos Aires, cuyo ejercicio de soberanía era legal, por haber llegado primero a la re-ocupación de un territorio que se había convertido en res nullius.

Desde 1774 a 1833 las islas quedaron exclusivamente en manos españolas o argentinas. Es un período de 59 años, que bien puede ser la base de un derecho de prescripción a favor de Argentina. Más aún; en 1780 el Gobierno español ordenó destruir y quemar todo lo que quedaba de Puerto Egmont, sin recibir por ello protesta alguna por parte de los ingleses. La situación de guerra entre ambos países no es suficiente para explicar esa omisión.-

1790-1820. La posesión española de las Islas Malvinas transcurrió sin alternativas. Pero es interesante señalar que en el año 1790, y como consecuencia de los hechos acaecidos en Nootka Sound se concertó un acuerdo o tratado entre España y Gran Bretaña en cuyo Artículo 6º se prohibía a súbditos de las Partes hacer establecimientos al sur de las regiones ya ocupadas por España. Esto incluía a las costas y a las islas adyacentes. Se ha reconocido por autores británicos, que esta disposición impedía a los súbditos de S.M. instalarse en las Islas Malvinas. Durante la larga discusión que precedió al Tratado, nunca los ingleses expresaron que tuvieran alguna posesión en la parte sur del continente. Lo cierto es que al discutirse en la Cámara de los Comunes en 1982_83 los títulos argentinos y británicos a las Islas, se reconoció que en 1833 Inglaterra había violado dicha convención.

http://www.cecim.org.ar/confl_historia.htm

En el curso de su protesta en 1884, el Ministros de Relaciones Exteriores, Dr. Ortiz, sugirió que la cuestión debía ser llevada a arbitraje, pero esta sugerencia no fue aceptada por el Gobierno de Su Majestad.

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Lo más importante a todo esto es que NADIE les dieron, ni les dan la razón a los gobiernos de Gran Bretaña.



Y lo que más les molestan a los británicos:

Duque de Wellington, primer ministro en 1834: "he revisado todos los papeles relativos a las Malvinas. De ninguna manera encuentro claro que alguna vez hayamos sido titulares de la soberanía de dichas islas".

Sidney Spicer, titular del Departamento América del Foreign Office en 1910: "...la actitud del gobierno argentino no es enteramente injustificada y nuestra acción ha sido algo despótica".

R. Campbell, secretario asistente del Foreign Office en 1911: "quién tenía el mejor derecho al tiempo que nosotros anexamos las islas. Yo pienso que el gobierno de Buenos Aires [...] Nosotros no podemos hacer fácilmente un buen reclamo y astutamente hemos hecho todo lo posible para evitar discutir el tema en la Argentina".

Sir Malcolm A. Robertson, embajador británico en Buenos Aires en 1928: "las reclamaciones argentinas a las islas Malvinas en ninguna forma son sin fundamentos", e insistía en otro documento que "el caso inglés no es lo suficientemente fuerte como para afrontar una controversia pública".

George Fitzmaurice, consejero legal de la cancillería inglesa en 1936: "Nuestro caso posee cierta fragilidad" y aconsejaba lo que finalmente se hizo: "Sentarse fuerte sobre las islas, evitando discutir, en una política para dejar caer el caso".

John Troutbeck, alto funcionario del Ministerio de Asuntos Exteriores británico en 1936: "...nuestra toma de posesión de las islas Malvinas en 1833 fue tan arbitraria [...] que no es por tanto fácil de explicar nuestra posición sin mostrarnos a nosotros mismos como bandidos internacionales".

En 1848 se alza en los Comunes la voz de sir William Mollesworth, abogando por la devolución del archipiélago a la Argentina.


Una serie de informes oficiales de funcionarios británicos advirtiendo la Cancillería de lo jurídicamente insostenible, la pretensión de ese Gobierno de arrogar un título de soberanía sobre Malvinas. (V. A. Mallet, distinguido jurista, 1929 [F. O. 371/12735] - J. M. Vyvyan, 1935 [Minutes of Evidence 17 de enero de 1983] – Memorándum Fitzmaurice G. H. Consejero legal de la Cancillería británica y luego juez de la Corte Internacional de Justicia, 1936. [F. O. 371/ 19763; A. 1140/889/2] Memorándum William Beckett; calificó la ocupación de las islas en 1833 como “un acto de injustificable agresión” [F. O. 371/17111; A. S. 5728/311/2]) para nombrar algunos.

The Guardian, 10 de junio de 2007, "La demanda de la Argentina en las Malvinas sigue siendo buena"

14 de junio de 2007, el capitán inglés Edmund Carlisle dijo: "Les robamos las Malvinas y debemos devolverlas".


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El Conde Francois DE BOUGANVILLE, heredero directo del primer navegante que colonizó las Malvinas escribió una frase durante el conflicto bélico anglo-argentino de 1982 que enfatiza el derecho indiscutible español y argentino sobre estas Islas. "Conservo como un tesoro los documentos que prueban como Luis de BOUGANVILLE, devolvió en 1767, por orden del Rey Francés Luis XV, las Islas Malvinas a la Corona Española, por reconocer que le pertenecían legítimamente, como hoy le pertenecen a la Argentina".


La cuestión de las Malvinas es cuestión pendiente.” Con esta frase, de contundente actualidad, cerraba Paul Groussac su obra publicada en francés en 1910: Les Iles Malouines.

El Francés Paul Groussac, quien dedicó su libro así: “A la República Argentina ofrece esta evidencia de su derecho un hijo adoptivo”, incluye entre las conclusiones de su ensayo una serie de fundamentos que refutan las pretensiones inglesas sobre el archipiélago y que ratifican los derechos argentinos, partiendo del hecho concreto de que la ocupación británica de 1833 fue un procedimiento de “violencia ultrajante”.

Otros expertos extranjeros en el tema Malvinas que les dan la razón a la Argentina:

El español Camilo Barcia Trelles
El francés Gilbert Gidel
El norteamericano Julius Goebel
El alemán, abogado de derecho internacional Rudolf Dolzer

El español, prof. del Centro de estudios internacionales Jordi Sellarés.
Académicos de la Universidad de Salamanca, España.
 
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3-A-202

Muy bueno Tordillo! Muy clarificador!
Fletaría entre otros un dato importante como el reconocimiento Ingles de la independencia Argentina y el no reclamo por las Islas Malvinas como consecuente aceptacion de nuestra soberanía.

saludos
 
Parte de esta informacion ya fue posteada en el foro, es mas, estos parrafos que señalo mas abajo son de mi autoria, los escribi para ZM (y ahora andan dando vueltas por la web)

Para el Derecho Internacional Publico, la cuestión de la cantidad de años transcurridos juega un papel relativo ya que dependen de las circunstancias particulares de cada caso, lo que a nosotros nos importa es que el Reino Unido no puede alegar la prescripción para validar su titulo porque Argentina viene reclamando por sus derechos, de distintas formas, desde el año 1833 y pasando por los años 1834, 1838, 1841, 1842, 1848, 1849, 1884, 1885, 1886, 1887, 1888, 1908, 1910, 1925, 1926, 1927, 1933, 1936, 1937, 1938, 1939, 1940, 1943, 1945, 1946 en adelante, realizando seis pedidos de arbitraje rechazados por Gran Bretaña (1884, 1888, 1936), con 9 resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, 24 resoluciones del Comité Especial de Descolonización y 2 del Consejo de Seguridad.

Por apurado, cuando escribi ese texto cometi algunos errores, las fechas de los pedidos de arbitraje estan mal y no fueron tres sino cuatro 1885, 1887, 1888 y 1936 (no se si hay mas)

Existe el pequeño detalle de que Gran Bretaña perdió sus pretenciones cuando firmó la Convención de San Lorenzo el Escorial con España en 1790. Renunciando así a todas las islas de la costa atlantica de Sudamerica.

Un parrafo que esta sacado un poco fuera de contexto porque mas abajo en el post original y a lo largo del thread aclaro algunas cosas mas.

http://www.zona-militar.com/foros/showpost.php?p=186504&postcount=2
http://www.zona-militar.com/foros/showthread.php?p=186504


Igualmente es bueno que se postee, porque ayuda a comprender la dimension del conflicto.

Saludos
 

Muy fiable testigo anónimo

Forista Sancionado o Expulsado
A partir de los datos que Terragno da podemos ver que en los 113 años a partir de 1833 a 1946, la Argentina no hizo ninguna reclamación por 91 de esos años. Durante más de la mitad del tiempo la Argentina no hacer una reclamación. Y este hombre se supone que es un defensor de la reclamación de la Argentina?

Afirma que el arbitraje ha sido juzgado 6 veces, pero sólo he visto algunas pruebas de que fue juzgado una vez en la década de 1880, alrededor de 1888. Terragno sí mismo sólo ofrece un ejemplo real de un intento de arbitraje en 1884. ¿Por qué no referirse a las otras fechas de sus denuncias más tarde? Las Naciones Unidas quiere que haya paz y los debates y ambos utilizan de existir. No dice que el FI se debe dar a la Argentina. Anglo-Español acuerdos no cubren o se refieren a la Argentina. Si el Reino Unido no violar cualquier acuerdo de este tipo luego de que se trata de una cuestión entre el Reino Unido y España y la Argentina no participa.

Si el FI se dueño después de la retirada española en 1811, la Argentina no puede reclamar la herencia o la sucesión de España como base para su reivindicación de soberanía. Si no tenían entonces el propietario reclamo argentino comienza en 1820 y nada de lo que España no tiene ninguna relevancia para la reclamación de la Argentina y de cualquier británico acuerdo de no ir allí no es válido. Argentina no había podido establecer el control efectivo de la FI y su declaración de 1820 parece haber ignorado por el mundo entero.

El Reino Unido es y ha sido durante mucho tiempo, el internacionalmente aceptado de facto en el poder administrativo de la FI. Un pequeño número de citas de la gente y los periódicos en relación con una cuestión más de 170 años no es muy impresionante. Ninguno de los citados cambiado realmente la política británica. Si tiene un Bougainville "tesoro" que demostrar la soberanía argentina, ¿por qué el gobierno argentino no usarlo?

Terragno parece creer que afirman que hay mucho de la prueba, alegando que algunos misteriosos otras personas también apoyo a la reclamación argentina, haciendo llamamientos a la autoridad y que ofrece hasta un pequeño número de citas es un buen argumento. Espero que no es un abogado, por el bien de sus clientes. Pero tal vez el PDF, que no puedo traducir, tiene más información?

¿Tiene algo que decir sobre el reclamo argentino de Islas Georgias del Sur y las Islas Sandwich del Sur? Sólo puedo ver cada vez que la Argentina reivindica ambos en el siglo 20, y que son invenciones territorial.
 

Muy fiable testigo anónimo

Forista Sancionado o Expulsado
La mayoría de los argumentos en este hilo parece ser argentinos y no británicos y hay claros problemas con el argentino las reclamaciones hechas en este puesto. Por ejemplo, si Terragno es claramente la derecha y luego Argentina no ha cobrado la FI continuamente desde 1833, como es a menudo reclamada.
 
El silencio no significará consentimiento. De Moreno a Aberdeen. 10 de marzo de 1842.



Protestas por Malvinas (1833-1946), Autor: Alfredo Becerra

El libro contiene más de 50 documentos con reclamos argentinos desde la ocupación británica de 1833 hasta la primera reserva en las Naciones Unidas.


1. Inscripción francesa. Del Voyage de Bougainville. Febrero de 1764.

2. Pago hecho por España. Recibo de Bougainville. 4 de octubre de 1766.

3. Pago de sueldos en las islas. De Saavedra a la Real Hacienda. 30 de mayo de 1810.

4. Toma de posesión de las islas. Circular de Jewett a J. Weddell. 2 de noviembre de 1820.

4.1. La ceremonia se realizó el 6 de noviembre. Circular de Jewett a W.B. Orne. 9 de noviembre de 1820.

4.2. Nombra coronel a David Jewett. Despacho de M. Irigoyen. 15 de enero de 1820.

5. Concede el usufructo de ganados en la isla Soledad. Decreto firmado por Rivadavia. 28 de agosto de 1823.

6. Pacheco pide la designación de Areguatí. Decreto firmado por M. Rodríguez. 18 de diciembre de 1823.

7. Concede tierras a Vernet. Decreto firmado por Balcarce. 5 de enero de 1828.

8. Establece la comandancia de las islas. Decreto firmado por M. Rodríguez. 10 de junio de 1829.

8.1. Designa comandante a Vernet. Diploma firmado por M. Rodríguez. 10 de junio de 1829.

9. Protesta británica. De Parish a Guido. 19 de noviembre de 1829.

10. Acusa recibo. De Guido a Parish. 25 de noviembre de 1829.

11. Nombra comandante a Mestivier. Decreto firmado por Rosas. 10 de setiembre de 1832.

12. El despojo de la Clio. Mensaje a la Legislatura. 24 de enero de 1833.

12.1. Intima el retiro argentino. De Onslow a Pinedo. 2 de enero de 1833.

12.2. Pide explicaciones. De Maza a Gore. 15 de enero de 1833.

12.3. No tiene instrucciones. De Gore a Maza. 17 de enero de 1833.

12.4. Protesta argentina. De Maza a Gore. 22 de enero de 1833.

13. Instrucciones para la protesta. De Maza a Moreno. 14 de febrero de 1833.

14. Protesta de las Provincias Unidas. De Moreno a Palmerston. 17 de junio de 1833.

15. Contestación británica. De Palmerston a Moreno. 8 de enero de 1834.

16. Réplica a la contestación británica. De Moreno a Wellington. 29 de diciembre de 1834.

17. Recuerda la discusión pendiente. De Moreno a Aberdeen. 18 de diciembre de 1841.

18. Consideran la nueva protesta. De Aberdeen a Moreno. 29 de diciembre de 1841.

19. Anuncia la colonización británica. De Aberdeen a Moreno. 15 de febrero de 1842.

20. Rechaza la colonización británica. De Moreno a Aberdeen. 19 de febrero de 1842.

21. Pide se suspenda la decisión británica. Conferencia entre Moreno y Aberdeen. 21 de febrero de 1842.

22. Insiste en la soberanía británica. De Aberdeen a Moreno. 5 de marzo de 1842.

23. El silencio no significará consentimiento. De Moreno a Aberdeen. 10 de marzo de 1842.

24. W. Molesworth admite el reclamo argentino. De Moreno a Felipe Arana. 1º de setiembre de 1848.

25. Palmerston estima abandonado el reclamo. De Moreno a Felipe Arana. 2 de agosto de 1849.

25.1. Mantiene el reclamo. De Moreno a Palmerston. 31 de julio de 1849.

26. La cuestión permanece en el estado descripto. De Palmerston a Moreno. 8 de agosto de 1849.

27. Protesta por un mapa. De Monson a Ortiz. 15 de diciembre de 1884.

28. La cuestión permanece en el mismo estado. De Ortiz a Monson. 19 de diciembre de 1884.

29. Insiste en la protesta. De Monson a Ortiz. 23 de diciembre de 1884.

30. Propone discutir la soberanía. De Ortiz a Monson. 24 de diciembre de 1884.

31. Los Dominios de la Corona. De Monson a Ortiz. 26 de diciembre de 1884.

32. Propone una solución amistosa y de derecho. De Ortiz a Monson. 2 de enero de 1885.

32.1. Memorándum. De Ortiz a Monson. 2 de enero de 1885.

33. No resultaría bueno reabrir la cuestión. De Monson a Ortiz. 8 de enero de 1885.

34. Reitera que la cuestión se halla pendiente. De Ortiz a Monson. 13 de enero de 1885.

35. Se niega a reabrir la discusión. De Monson a Ortiz. 13 de enero de 1885.

36. Concluye el incidente del mapa. De Monson a Ortiz. 5 de mayo de 1885.

37. Desecha responsabilidad por el mapa. De Ortiz a Monson. 6 de mayo de 1885.

38. Pide Respuesta al Memorándum. De Quirno Costa a L.L. Domínguez. 11 de marzo de 1887.

39. Informa sobre el reclamo. De L.L. Domínguez a Quirno Costa. 18 de noviembre de 1887.

39.1. Recuerda el asunto. De L.L. Domínguez al Marqués de Salisbury. 3 de noviembre de 1887.

39.2. Respuesta británica. De Lister a L.L. Domínguez. 14 de noviembre de 1887.

40. Inglaterra considera cerrada la discusión. De Pakenham a Quirno Costa. 9 de noviembre de 1887.

41. Argentina propone medios conciliatorios. De Quirno Costa a Pakenham. 20 de enero de 1888.

42. Acusa recibo. De Pakenham a Quirno Costa. 25 de enero de 1888.

43. Inglaterra se niega a discutir. de Jenner a Quirno Costa. 13 de abril de 1888.

44. Argentina propone arbitraje. De Quirno Costa a Jenner. 12 de junio de 1888.

45. Error en una cédula de identidad. De H. Pueyrredón a R.S. Gómez. 7 de marzo de 1919.

46. No aceptarán despachos radiotelegráficos. De J. Moreno a H. Pueyrredón. 14 de noviembre de 1919.

46.1. Confirma la medida. De H. Pueyrredón a J. Moreno. 18 de noviembre de 1919.

47. Colonias en el convenio sanitario de Bruselas. De Straten a Gallardo. 14 de diciembre de 1926.

47.1. Aconseja formular la protesta. Dictamen del Consejero Legal I. Ruiz Moreno. 20 de diciembre de 1926.

47.2. Protesta argentina. De Gallardo a Straten. 20 de diciembre de 1926.

47.3. Comunica protesta a su gobierno. De Straten a Gallardo. 28 de diciembre de 1926.

48. Nacionalidad de un isleño. De Justo a Gallardo. 6 de mayo de 1927.

48.1. Debe considerarse ciudadano argentino. Dictamen del Consejero Legal I. Ruiz Moreno. 20 de mayo de 1927.

49. Controversia por la radio en Orcadas. De Gallardo a Robertson. 30 de noviembre de 1925.

50. Jurisdicción territorial argentina. De Camusi a la Unión Postal Universal. 14 de septiembre de 1927.

51. La ocupación constante de Orcadas. De Sagarna a Robertson. 15 de diciembre de 1927.

51.1. Reafirma jurisdicción territorial. Memorándum argentino. 20 de enero de 1928.

52. Reclamos de 1908 a 1927. Memorándum de J. W. Field. 29 de febrero de 1928.

53. Autoriza el correo con las islas. Decreto de Alvear. 27 de julio de 1928.

54. Encomiendas de EE.UU. hacia las islas. De Amallo al Ministro del Interior. 11 de enero de 1929.

54.1. Propone considerarlas en tránsito. Dictamen del Procurador del Tesoro C.R. Rojas. 16 de abril de 1929.

54.2. Propone que paguen aranceles. Dictamen del Consejero Legal I. Ruiz Moreno. 10 de mayo de 1929.

55. Estampillas del centenario de la ocupación británica. De Risso Domínguez al Ministerio del Interior. 9 de febrero de 1933.

55.1. Se considerarán carentes de franqueo. De C. Saavedra Lamas a L. Melo. 10 de marzo de 1933.

55.2. Sanción de doble franqueo y multa. Resolución del Correo. 13 de marzo de 1933.

56. Pasaportes expedidos en las islas. De C.A. Alcorta a embajadas argentinas. 17 de febrero de 1933.

57. Conferencia de Panamá. Reserva argentina. 3 de octubre de 1939.

58. Conferencia de La Habana. Reserva argentina. 30 de julio de 1940.

59. Naciones Unidas. Reserva sobre el sistema de fideicomiso. 23 de mayo de 1945.

60. Reclamos de 1928 a 1946. Memorándum de W. Beckett. 17 de septiembre de 1946.

61. Naciones Unidas. Reservas recíprocas de soberanía. 11 de diciembre de 1946.

Saludos!
 

Muy fiable testigo anónimo

Forista Sancionado o Expulsado
"El silencio no significa consentimiento"

Tal vez no a la Argentina (tal vez un poco a posteriori), pero todavía hay - según Terragno - silencio durante más de la mitad del tiempo a partir de 1833-1946. Al no hacer una reclamación por tantos años sucesivos, es evidente que la Argentina no ha reclamado continuamente desde el FI 1833.

Al ser silenciosa, Argentina aceptación de la presencia del Reino Unido se podría deducir, incluso si la Argentina no significa que sea. ¿Por qué dejar de hacer una afirmación de que usted cree que es legítimo? En el Reino Unido se pidió para ayudar a arbitrar disputas territoriales de Argentina con 3 partes, este también podría ser visto como una aceptación que no había ninguna cuestión pendiente con el Reino Unido por el territorio.

"El silencio no significa consentimiento" declaró por primera vez en 1842. En lo que después, en los 9 años, entre 1833 y 1842 hubo 6 años de silencio argentino Moreno, incluso antes de que la reclamación. Después de esa fecha vemos aún más silenciosa años. ¿Por qué todo este silencio? Lo que hasta después muestra claramente las deficiencias de años entre Argentina protestas o acción, incluida una laguna de más de 30 años en un punto.

¿Existe aún una base jurídica para "el silencio no es consentimiento"?

Algunos de lo que después ni siquiera parece ser una protesta real o un reclamo argentino de soberanía a la FI. Una reivindicación, sin duda, tienen que ser introducidas en el Reino Unido para que sea de cualquier manera efectiva, y como podemos ver existen varias veces cuando Argentina lo que hizo fue no hacer su reclamación al Reino Unido.

Asimismo, sólo ven un intento de arbitraje una vez más, en 1888. ¿Dónde está la evidencia de que hubo más intentos de esto?
 
A partir de los datos que Terragno da podemos ver que en los 113 años a partir de 1833 a 1946, la Argentina no hizo ninguna reclamación por 91 de esos años. Durante más de la mitad del tiempo la Argentina no hacer una reclamación. Y este hombre se supone que es un defensor de la reclamación de la Argentina?

Afirma que el arbitraje ha sido juzgado 6 veces, pero sólo he visto algunas pruebas de que fue juzgado una vez en la década de 1880, alrededor de 1888. Terragno sí mismo sólo ofrece un ejemplo real de un intento de arbitraje en 1884. ¿Por qué no referirse a las otras fechas de sus denuncias más tarde? .

Datos que no revisaste, vos solo te contradecís, afirmas por un lado que Argentina no hizo ninguna reclamación en 91 años, pero reconoces que hubo un intento de arbitraje alrededor de 1880, volve a hacer las cuentas que los números no te cierran.

Terragno es abogado (Catedrático "Julio Cortázar", Universidad de Guadalajara, México. Profesor de la Universidad Empresarial Siglo 21, Córdoba. London School of Economics, Londres, Investigador 1980-1982. Institute of Latin American Studies, Londres, Investigador 1980-1982. Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires. Profesor Adjunto curso de doctorado, 1973) pero el pdf no es un tratado jurídico de la cuestión Malvinas, es un simple proyecto y los pocos datos que suministra es a manera de ofrecer un panorama general, nada mas.


Asimismo, sólo ven un intento de arbitraje una vez más, en 1888. ¿Dónde está la evidencia de que hubo más intentos de esto?

Algo que te respondi en su momento

-El 2 de Enero de 1885 el presidente Julio Argentino Roca por medio de su ministro de relaciones exteriores Francisco J. Ortiz sugiere un arbitraje a Gran Bretaña, este ofrecimiento es rechazado (“la cuestión esta cerrada”, en carta de Sir Edmund a Ortiz)

-En 1887 el gobierno británico vuelve rechazar una propuesta de arbitraje internacional realizada por el canciller argentino Norberto Quirno Costa (durante el gobierno del presidente argentino Miguel Juarez Celman)

-En 1888 Quirno Costa en carta a George Jenner embajador del Reino Unido, le informa que el Presidente no se siente comprometido por la negativa británica e insiste en la conveniencia de somete el asunto a arbitraje.

-El 28 de agosto de 1936, el ministro de relaciones exteriores de Gran Bretaña, Anthony Eden, envió a N. Henderson, embajador en Buenos Aires, una nota confidencial resumiendo los títulos de su país sobre las Islas Malvinas y rechazando nuevamente el recurso al arbitraje pedido por Argentina.

Algunos de lo que después ni siquiera parece ser una protesta real o un reclamo argentino de soberanía a la FI. Una reivindicación, sin duda, tienen que ser introducidas en el Reino Unido para que sea de cualquier manera efectiva, y como podemos ver existen varias veces cuando Argentina lo que hizo fue no hacer su reclamación al Reino Unido

Tanto que exigis pruebas, me gustaria que demostraras la existencia de una regla obligatoria en derecho internacional publico en el que el reclamo deba hacerse cada x cantidad de años.


Todavia estoy esperando una respuesta a esta pregunta y no la evasivos "no se" o "nunca sabremos" al fin al cabo te pregunte tu opinion personal.
Para no darle mas vueltas, le pregunto a usted, dado los antecedentes, la política del Foreign Office con respecto al conflicto, el momento actual, los riesgos y beneficios; en el caso de que Argentina presente una demanda ante la CIJ ¿Cuál será la respuesta de Gran Bretaña?
No me conteste que no sabe, creo que es lo suficientemente inteligente para saberlo y lo bastante honesto para decirlo.
¿Si o no?

La verdad es que respondo por respeto a los demas foristas, porque para entrar en discusiones bizantinas, ni gasto teclado.

Saludos
 

Muy fiable testigo anónimo

Forista Sancionado o Expulsado
Los 91 años que Argentina no hacer una reclamación no se sucesivos años, pero las pausas de entre 1 y más de 30 años a la vez. La suma total de todas estas interrupciones es 91 años.

Es posible que Terragno es incorrecta en lo que escribe en relación con las reclamaciones Argentina 1833-1946 (personalmente nunca he sido muy impresionado con su trabajo en el pasado). Sin embargo, he oído la reclamación antes de que la Argentina mantiene una reclamación continua desde 1833 y este parece ser incorrectas, sobre la base de información de un firme partidario de la reclamación de la Argentina.

Incluso si lo que los puestos no es un caso jurídico (no hay autoridad argentina nunca parece querer hacer todo el caso legal disponible), pero un simple proyecto y de sinopsis, es al parecer mostrando debilidad en la reclamación de la Argentina.

En cuanto a arbitraje, afirma que hubo intentos en 1884, 1888, 1936, pero sólo se menciona un intento en 1884 más adelante en el mismo material (y esto es si hacer caso omiso de sus reclamaciones, de 6 intentos para que se le da 3 fechas). El Tordillo tiene una reclamación de arbitraje que se están realizando en 1888 en lo que ha publicado. Sólo he visto referencias a un intento que se hizo en 1888.

Sombra - ¿podría usted decirme donde tienes la información relativa a las reclamaciones de arbitraje? Gracias. Me encantaría ver más información acerca de estas reclamaciones, ¿cómo eran oficiales, ¿qué organismo o nación se propuso ser el árbitro el poder, etc

No pretendo que se trata de una cuestión de «derecho internacional público" que una reivindicación de un territorio que se ha hecho cada año. Tal vez tiene que ocurrir para que tal vez no. Pero si usted tiene un legítimo derecho a algo, ¿no le hacen cada año sin falta? Si usted no tiene que hacer una reclamación cada año, ¿por qué el gobierno argentino hoy no dejar de hacer reclamaciones en caso de que no perjudique su caso?

Lo que se señaló fue que, de acuerdo con Terragno, entre 1833 y 1946 Argentina no para hacer su reclamación de más de la mitad del tiempo y que, de acuerdo con El Tordillo, al menos, algunas de las "reclamaciones" no son reales reclamaciones oficiales en el Reino Unido, pero postal reclamaciones, etc

¿Alguna vez me pregunta una pregunta anteriormente? Si no tengo que se han perdido, disculpas. Si la Argentina tuvo su caso a la Corte Internacional de Justicia, creo que el Reino Unido consultará con los isleños y, a continuación, llegar a una decisión. Es una decisión no sólo para el Reino Unido.

Personalmente, creo que la respuesta podría muy bien ser que sí y que la FI / Reino Unido de acuerdo para ir a la Corte Internacional de Justicia para resolver la cuestión. Yo, sin duda, fomentar el Reino Unido / FI a aceptar una petición de Argentina para resolver la cuestión en la Corte Internacional de Justicia, a pesar de la Argentina en el comportamiento anterior de acuerdo a romper y, a continuación, este tipo de decisiones cuando la sentencia va en contra de ella.

Por supuesto, no vamos a saber realmente seguro hasta que la Argentina tiene la valentía y la convicción de que tome su caso. Pero creo que los últimos acontecimientos como la constitución FI impulsar el ejercicio FI hacia una mayor independencia y de manera más estrecha a querer una solución definitiva. En caso de grandes recursos energéticos se descubrió entonces hay aún más razones para resolver la cuestión y poner fin a la Argentina los sueños imperiales de una vez por todas.

Argentina, pero nunca de acuerdo en tomar la cuestión a la Corte Internacional de Justicia? Teniendo en cuenta que existe un riesgo de que su caso sería un fracaso y que perdería su reclamación. Haría con cualquier gobierno argentino tomar ese riesgo?
 
Muy fiable Testigo anónimo, que yo sepa las reclamaciones no fueron continuas, (ni siquiera Terragno afirma que hayan sido así) ¿Cuáles fueron los motivos a los que se debieron estas interrupciones? Supongo que hubo varias razones, en mi opinión una de las mas importantes es que de 1850 a 1880 el país estaba en plena formación (Batalla de Caseros, creación de la constitución nacional Argentina, separación de Buenos Aires del resto del país, Batalla de Cepeda, reforma constitucional, batalla de Pavón, reincorporación de Buenos Aires, guerra de la triple alianza; por nombrar algunos hechos que sucedieron en esos años) igualmente los motivos carecen de importancia y te lo explico brevemente, en el derecho internacional no hay una “norma” clara en materia de prescripción adquisitiva de soberanía territorial y menos aun la existencia de una regla obligatoria en el que el reclamo deba hacerse cada x cantidad de años (la mayoría de los expertos en lo único que parecerían coincidir es que deben realizarse reclamos) Además, y no es un dato menor, el gobierno británico no alego este argumento en forma oficial al tratarse el caso en las Naciones Unidas ni en las notas cursadas en los últimos tiempos al gobierno argentino el que a su vez ha insistido en su derecho ante aquella organización mundial a partir de 1947.

Si te interesa el tema de la prescripción, aquí tenes un artículo de la “Revista de Estudios Internacionales” (lamentablemente esta en español)

http://www.cepc.es/rap/Publicaciones/Revistas/14/REI_04_004_071.pdf


La información de los pedidos de arbitraje, no la conseguí en la Web, la extraje de diferentes libros y textos que tengo sobre el tema
“Problemas Argentinos de Soberanía Territorial” de Domingo Sabate Lichtschein (fue profesor de Derecho Internacional Publico en la Universidad de Buenos Aires)
“Historia y futuro de las Malvinas” de Rodolfo Terragno, Terragno cita mucho el trabajo de Peter J. Beck (The Malvinas Islands as an internacional Problem y the anglo-argentine dispute over title to the Malvinas islands)
"Cuestión Malvinas. Algunos antecedentes sobre su arbitraje" por Enrique Ferrer Vieyra (que fue Profesor de la Universidad del Salvador de Buenos Aires, así como de la Escuela de Política Internacional Argentina y de la Facultad Internacional para la Enseñanza del Derecho Comparado de Estrasburgo)

En la web podes hallar referencias al pedido de arbitraje de 1885, 1888, 1936 y algunas cosas mas en la “Historia General de las Relaciones Exteriores de la Republica Argentina” de Carlos Escude y Andres Cisneros.
Cito algunos parrafos:

“En 1884, durante la presidencia de Julio A. Roca, es decir 35 años después de la última protesta, la Argentina reanudó el ciclo de reclamos a Gran Bretaña. Este nuevo ciclo duró cuatro años. Esta vez junto con la protesta se introdujo la propuesta de resolver el tema de la soberanía recurriendo a un arbitraje. El 30 de mayo, el ministro de relaciones exteriores, Francisco J. Ortiz, informó al representante inglés en Buenos Aires que su gobierno estaba "delimitando" sus territorios, por lo que intentaría actualizar el reclamo a las Islas Malvinas. Creía que la cuestión podía ser fácilmente resuelta por un arbitraje. Agregaba también que habiendo Gran Bretaña mostrado tan buen ejemplo al mundo al aceptar el principio de arbitraje, el gobierno argentino de antemano podía apelar al gobierno de Su Majestad "para que diera a esta proposición su más justa consideración" (5). El 28 de julio, el Foreign Office envió una nota al gobierno argentino reiterando la terminante posición británica de no permitir ninguna discusión sobre sus derechos a las islas (6)."

http://www.cema.edu.ar/ceieg/arg-rree/7/7-096.htm

"Ya en el nuevo año de 1885 el gobierno argentino insistió sobre el arbitraje y protestó. El 2 de enero, el canciller Francisco Ortiz acusó recibo de la protesta inglesa del 31 de diciembre y adjuntó una contraprotesta en forma de nota y memorándum en la que enumeraba los derechos argentinos a las islas. Enfatizó que no se podía considerar la cuestión como cerrada, y aceptaba recurrir al arbitraje"(1)

http://www.cema.edu.ar/ceieg/arg-rree/7/7-097.htm

"El 12 de junio el gobierno argentino insistió en el ofrecimiento de ir a arbitraje y mantuvo la reivindicación de sus derechos sobre las islas de los que había sido despojada por la fuerza en tiempos de paz (6). El 14 de junio Jenner simplemente acusó recibo de la nota (7)."

http://www.cema.edu.ar/ceieg/arg-rree/7/7-098.htm

"El 28 de agosto de 1936, el ministro de relaciones exteriores de Gran Bretaña, Anthony Eden, envió a N. Henderson, embajador en Buenos Aires, una nota confidencial resumiendo los títulos de su país sobre las Islas Malvinas y rechazando el recurso al arbitraje."

http://www.cema.edu.ar/ceieg/arg-rree/7/7-101.htm

Te aclaro que Carlos Escude no es un defensor de los titulos y derechos argentinos

Mas allá de las propuestas, no vas a encontrar mucho mas, Gran Bretaña primero debería haber aceptado someterse al arbitraje, para, posteriormente ponerse de acuerdo con Argentina de quien seria el arbitro, por las fechas lo mas probable es que hubiera sido un tercer Estado, me imagino que Estados Unidos o Francia (probablemente este ultimo)

Saludos
 
"El silencio no significa consentimiento"

Tal vez no a la Argentina (tal vez un poco a posteriori), pero todavía hay - según Terragno - silencio durante más de la mitad del tiempo a partir de 1833-1946. Al no hacer una reclamación por tantos años sucesivos, es evidente que la Argentina no ha reclamado continuamente desde el FI 1833.

Al ser silenciosa, Argentina aceptación de la presencia del Reino Unido se podría deducir, incluso si la Argentina no significa que sea. ¿Por qué dejar de hacer una afirmación de que usted cree que es legítimo? En el Reino Unido se pidió para ayudar a arbitrar disputas territoriales de Argentina con 3 partes, este también podría ser visto como una aceptación que no había ninguna cuestión pendiente con el Reino Unido por el territorio.

"El silencio no significa consentimiento" declaró por primera vez en 1842. En lo que después, en los 9 años, entre 1833 y 1842 hubo 6 años de silencio argentino Moreno, incluso antes de que la reclamación. Después de esa fecha vemos aún más silenciosa años. ¿Por qué todo este silencio? Lo que hasta después muestra claramente las deficiencias de años entre Argentina protestas o acción, incluida una laguna de más de 30 años en un punto.

¿Existe aún una base jurídica para "el silencio no es consentimiento"?

Algunos de lo que después ni siquiera parece ser una protesta real o un reclamo argentino de soberanía a la FI. Una reivindicación, sin duda, tienen que ser introducidas en el Reino Unido para que sea de cualquier manera efectiva, y como podemos ver existen varias veces cuando Argentina lo que hizo fue no hacer su reclamación al Reino Unido.

Asimismo, sólo ven un intento de arbitraje una vez más, en 1888. ¿Dónde está la evidencia de que hubo más intentos de esto?


Es un "Documento" que recibe el gobierno británico, en el cual quedan "NOTIFICADOS".

Saludos!
 
Datos que no revisaste, vos solo te contradecís, afirmas por un lado que Argentina no hizo ninguna reclamación en 91 años, pero reconoces que hubo un intento de arbitraje alrededor de 1880, volve a hacer las cuentas que los números no te cierran.

Terragno es abogado (Catedrático "Julio Cortázar", Universidad de Guadalajara, México. Profesor de la Universidad Empresarial Siglo 21, Córdoba. London School of Economics, Londres, Investigador 1980-1982. Institute of Latin American Studies, Londres, Investigador 1980-1982. Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires. Profesor Adjunto curso de doctorado, 1973) pero el pdf no es un tratado jurídico de la cuestión Malvinas, es un simple proyecto y los pocos datos que suministra es a manera de ofrecer un panorama general, nada mas.




Algo que te respondi en su momento

-El 2 de Enero de 1885 el presidente Julio Argentino Roca por medio de su ministro de relaciones exteriores Francisco J. Ortiz sugiere un arbitraje a Gran Bretaña, este ofrecimiento es rechazado (“la cuestión esta cerrada”, en carta de Sir Edmund a Ortiz)

-En 1887 el gobierno británico vuelve rechazar una propuesta de arbitraje internacional realizada por el canciller argentino Norberto Quirno Costa (durante el gobierno del presidente argentino Miguel Juarez Celman)

-En 1888 Quirno Costa en carta a George Jenner embajador del Reino Unido, le informa que el Presidente no se siente comprometido por la negativa británica e insiste en la conveniencia de somete el asunto a arbitraje.

-El 28 de agosto de 1936, el ministro de relaciones exteriores de Gran Bretaña, Anthony Eden, envió a N. Henderson, embajador en Buenos Aires, una nota confidencial resumiendo los títulos de su país sobre las Islas Malvinas y rechazando nuevamente el recurso al arbitraje pedido por Argentina.



Tanto que exigis pruebas, me gustaria que demostraras la existencia de una regla obligatoria en derecho internacional publico en el que el reclamo deba hacerse cada x cantidad de años.


Todavia estoy esperando una respuesta a esta pregunta y no la evasivos "no se" o "nunca sabremos" al fin al cabo te pregunte tu opinion personal.


La verdad es que respondo por respeto a los demas foristas, porque para entrar en discusiones bizantinas, ni gasto teclado.

Saludos


El Dr. Martín Ferullo dice.......Argentina constantemente efectuó protestas diplomáticas.Inclusive en 1864 le propone a Gran Bretaña el arbitraje, propuesta que Inglaterra no acepta.

http://www.caletao.com.ar/cola/marferu/02/malvtitarg.htm


Saludos!
 
Tordillo el texto del Dr. Martín Ferullo tomalo entre pinzas, afirma algunas cosas bastantes discutibles (lo que dice con lo de "Continuidad de las islas con el territorio continental argentino y continuidad por su ubicación dentro de la plataforma continental argentina" no tiene sustento)

Saludos
 
Tordillo el texto del Dr. Martín Ferullo tomalo entre pinzas, afirma algunas cosas bastantes discutibles (lo que dice con lo de "Continuidad de las islas con el territorio continental argentino y continuidad por su ubicación dentro de la plataforma continental argentina" no tiene sustento)

Saludos

Nos da varios ejemplos de títulos.

Saludos!
 

Muy fiable testigo anónimo

Forista Sancionado o Expulsado
Nunca he dicho ni siquiera a entender que en el derecho internacional de una nación deben hacer una reclamación cada año. Me acaba de señalar que, al parecer, la Argentina ha fracasado manifiestamente a la reclamación FI continuamente.

PDF no pueden ser traducidos por desgracia.

Gracias por los datos de cuando la Argentina estaba interesada en el arbitraje. Rara vez aparecen referencias sobre arbitraje real con cualquier detalle. He visto a la fecha de 1888 mencionada en la Argentina y del Reino fuentes, pero que es la única y real nunca más detalles. Usted parece saber más sobre este tema que cualquier otro argentino que he conocido o que la labor que he leído.

¿Sabe usted si la Argentina ha tratado de arbitraje desde 1936? Especialmente con la creación de la Corte Internacional de Justicia después de la guerra mundial 2.

Primer enlace:
Repite una mentira vieja propaganda (Reino Unido utilizó la fuerza), pero entonces es realmente interesante ...

"El Tribunal de Arbitraje en La Haya el 23 de octubre de 1909 dijo:" Es un principio de derecho entre las naciones que un estado de cosas-que en la actualidad existe o ha existido durante un largo tiempo debe cambiarse lo menos posible "Esto apoyo a la posición británica que no es cierto? Es sólo a partir de un acuerdo, pero es interesante todos la misma, especialmente si se tiene en cuenta que el FI se han separado de Argentina por más de 170 años, y Georgia del Sur y las Islas Sandwich del Sur siempre parecen han sido separados de la Argentina.

El Reino Unido parece tener la posesión efectiva de la FI, y lo ha hecho durante mucho tiempo. Es público, es pacífico, que ha sido (activamente) indiscutible / indiscutible durante años en el momento y que ha sido ininterrumpido durante muchas décadas - casi 30 años en el momento y más de 100 antes de la invasión de 1982. Y ha sido el soberano de facto / poder administrativo en el FI durante mucho tiempo.

"En 1833 Argentina, que une con la posesión de España, tenía el Estrecho de Magallanes y sus alrededores, incluyendo las Islas Malvinas, durante casi tres siglos" Esto es sólo un intento transparente de la Argentina a robar la historia española y los logros.

Estas reclamaciones de la propiedad parecen perder el período 1811 a 1820, cuando el FI fueron abandonados. Se quiere dar a entender que hubo un continuo español y, a continuación, la presencia argentina en la FI, cuando esto no es cierto. Como cualquier persona que conoce realmente sabe su historia, Argentina posesión de la FI no es' pacífica 'o aceptado. ¿Cuándo Argentina reclamación Georgia del Sur y las Islas Sandwich del Sur? Todo lo que he visto dice que fue en el siglo 20, mucho después de la soberanía británica ha sido eficaz. N fuentes argentino nunca parecen mencionar que, sólo añadir que en la FI con la reclamación.

Segundo enlace:
A pesar de los EE.UU. hizo tela de juicio el derecho del Reino Unido para hacer regulación de la pesca en la zona, es evidente que los marineros "... fueron juzgados y multados por la caza de" cerdos salvajes de Su Majestad ". Tácita, si no real, la aceptación de la soberanía del Reino Unido (a pesar de lo que dice Marcy) y creo que un nivel de aceptación que la Argentina nunca alcanzados durante su corto mandato. Es muy claro que la soberanía argentina de la FI ni siquiera fue considerado.

Cuarto enlace:
Después de que el español salió en 1811 no había ninguna autoridad en la FI, y la Argentina no reclamar el FI hasta 1820. El 9 años romper es importante.

"Que en 1833 la colonia fue" asaltado "por el Capitán Onslow, que violentamente se apoderó de la territorio;" Esta es, por supuesto, una clara mentira.

Quinta enlace:
Presenta una interesante ideas de por qué Argentina no siempre ha perseguido su denuncia con vigor, que, básicamente, parece ser que ella no podía permitirse y que las relaciones con el Reino Unido eran más importantes. No estoy seguro de qué efecto las presentaciones a la Universal Postal sistema podría tener. Al parecer, casi una manera de proseguir la reclamación sin correr el riesgo de la relación con el Reino Unido.

Algunos datos hay excelentes, muchas gracias
 
Muy fiable testigo anónimo

No es ninguna propaganda que en 1833 el Reino Unido utilizo la fuerza para conseguir sus fines; la equivocación parte de lo que usted entiende por “uso de fuerza”
Y la hubo, ya que desde el comienzo Gran Bretaña necesito un buque de guerra (dos si contamos una posible intervencion del Tyne) y recursos militares para tomar las islas.

Se lo pongo con un ejemplo:
Mañana voy a su casa y le digo, señor Muy fiable testigo anónimo hoy a la medianoche voy a apropiarme de su jardín para hacer una fiesta de cumpleaños.
Lo mas seguro es que usted me expulse de su hogar o que ni siquiera me preste atención y me cierre la puerta en la cara.
Ahora si posteriormente voy a su casa con un par de tanques y un destacamento de infantes de marina y le digo exactamente las mismas palabras ¿usted que haría?

1_ Acatar mi orden sin resistir (emulable a lo sucedido en 1833)
2_ Llamar a la policía (emulable a lo sucedido en 1982)
3_ Tomar usted las armas (si es que las posee) y convertir su domicilio en un tiroteo al estilo O.K. Corral y sufrir las consecuencias.

La presencia de esas armas, de esos soldados y la amenaza que representan, no tienen como fin darle un tiro o lastimarlo, sino a compelerlo a ceder ante la voluntad de otro, en otras palabras a que haga lo que yo quiero (y que sin esos elementos en juego usted no haría, valga la redundancia, voluntariamente)

Además obviamente es un medio violento, Johan Galtung dice que “la violencia es una acción ejercida por una o varias personas en donde se somete de manera intencional al maltrato, presión, sufrimiento, coerción, amenaza, manipulación u otra acción que atente contra la integridad tanto física como psicológica y moral de cualquier persona o grupo de personas para obligarlas a hacer (o no hacer) algo que estas en principio no harían (u harían) por su propia cuenta.”

Es discutible, pero mire, incluso podríamos estar en presencia de violencia física, Sebastián Soler es considerado unos de los autores clásicos del Derecho Penal tanto en Argentina como en Latinoamérica (y creo que con autoridad suficiente para hablar acerca de que es la violencia) nos explica en su obra "Derecho Penal Argentino":
"debe considerarse comprendido dentro del concepto de violencia física no solamente la acción que recae sobre la victima puramente como cuerpo, con absoluta prescindencia de su voluntad, sino que también aquella que quebranta la voluntad sin motivarla"

En la Historia General de las Relaciones Exteriores de la Republica Argentina de Carlos Escude y Andrés Cisneros tenemos un breve relato de lo sucedido en 1833:

“Como correspondía, Pinedo mandó a uno de sus oficiales en visita de cortesía a la nave inglesa y a cambio recibió una intimación para arriar el pabellón argentino y desocupar las islas, no había estado de guerra.
Pinedo, en un primer momento, reaccionó como correspondía. La situación que enfrentaba era difícil; su buque era muy inferior desde el punto de vista bélico, al inglés, aunque podía hacer una defensa honrosa por algún tiempo, pero tenía otros inconvenientes. La gente que tenía a su bordo [Sarandí] era en su mayoría inglesa y solamente unos pocos eran criollos. El segundo de a bordo, el teniente Elliot, era estadounidense. Consultó a todos, los ingleses manifestaron que cumplirían con su deber; el práctico que se desempeñaría como tal, pero no combatiría. Los cinco grumetes... dijeron que combatirían y la tripulación, que era de unos 80 hombres, manifestó que seguirían las órdenes que se le dieran.
Empezó entonces Pinedo a ejecutar su plan [de defensa]...le dió armas para los 18 soldados que estaban en la guarnición de tierra y se dispuso a cumplir sus instrucciones...Pero a medida que pasaba el tiempo, la fe de Pinedo fue decayendo.
A las 9 de la mañana del 3 de enero de 1833 los ingleses desembarcaron, primero izaron en un mástil que traían la bandera inglesa luego arriaron la nuestra, la plegaron pulcramente y se la enviaron a Pinedo para que se la llevase. El 5 de enero Pinedo, con unos cuantos habitantes a bordo, abandonó las islas y puso proa a Buenos Aires (71).

El punto de vista inglés será presentado en el relato de un participante, el propio comandante Onslow, que informó a sus superiores el 19 de enero de 1833:

Llegué [a Puerto Soledad] el 2 de enero de 1833, y encontré un destacamento bajo bandera de Buenos Aires, con veinticuatro soldados, y también una goleta nacional de guerra [la Sarandí] bajo la misma bandera. Presenté mis respetos al comandante de la goleta [Pinedo], quien me informó que era el comandante en tierra y mar. Le informé cortésmente el objeto de mi misión, le pedí que embarcara sus fuerzas y que arriara su bandera, ya que él estaba en una posesión que pertenecía a la Corona de Gran Bretaña. Al principio él asintió, a condición de que yo pusiera lo mismo por escrito, lo que hice, meramente manifestando lo que había comunicado verbalmente, viz., que venía a estas islas a ejercer el derecho de soberanía sobre ellas, y decliné cualquier posterior comunicación escrita sobre el tema. En la misma mañana del tres, a las 5 a.m., él me visitó, para pedirme le permitiera dejar flameando la bandera de Buenos Aires en tierra hasta el Sábado 5, día en que finalmente se iría llevando consigo la fuerza y a los colonos que expresaron el deseo de dejar la Isla. Le dije que su pedido era inadmisible, y que debía cosiderar que estaba en un puerto que pertenecía a Gran Bretaña. Viendo que vacilaba, y que era reacio a quitar la bandera, inmediatamente desembarqué, icé la bandera nacional, y ordené que se bajara la otra enviándola con un mensaje cortés a la goleta nacional (72).

Se observa que ambos textos se complementan. Se ve que, entre los participantes, hubo intercambio de cortesías. Por supuesto que en este caso, los británicos se hallaban respaldados por una potencia de fuego decisiva.

Cuando el gobierno argentino supo de lo acontecido en las islas, el ministro de relaciones exteriores Maza citó a su despacho al representante británico, quien nada sabía aún. Según aquel, "el gobierno de Buenos Aires no podía ver en ellos sino un gratuito ejercicio del derecho del más fuerte...para humillar y rebajar a un pueblo inerme e infante (73)".


http://www.argentina-rree.com/3/3-039.htm

En síntesis, si Pinedo debió oponerse o no a Onslow, es desde el punto de vista histórico, un debate interesante, pero, lo cierto es que la Sarandi no era rival para la HMS Clio y que el sometimiento de Pinedo se debió pura y exclusivamente a la presencia del buque de guerra británico.




Volviendo al tema de los arbitrajes, tengo entendido que, posteriormente a 1936 no hubo mas pedidos realizados por parte de Argentina de resolver la controversia por ese medio; igualmente no estoy del todo convencido, no soy un experto en la cuestión de las islas Malvinas (ni siquiera es un pasatiempo)
En lo que si estoy seguro es que alrededor del año 1993 el por aquel entonces presidente Carlos Saúl Menem (me estoy tocando un huevo al nombrarlo) manifestó públicamente su intención de someter el conflicto por la soberanía de las islas a un arbitraje internacional aunque no se si efectivamente se hizo de forma oficial.

http://www.elmundo.es/papel/hemeroteca/1995/10/25/mundo/57943.html

Sobre lo de utilizar a la Corte Internacional de Justicia, brevemente, hay expertos legales en contra y otros a favor, lo interesante es que ultimamente a cobrado impulso la postura de recurrir a la CIJ.




"El Tribunal de Arbitraje en La Haya el 23 de octubre de 1909 dijo:" Es un principio de derecho entre las naciones que un estado de cosas-que en la actualidad existe o ha existido durante un largo tiempo debe cambiarse lo menos posible "Esto apoyo a la posición británica que no es cierto? Es sólo a partir de un acuerdo, pero es interesante todos la misma, especialmente si se tiene en cuenta que el FI se han separado de Argentina por más de 170 años, y Georgia del Sur y las Islas Sandwich del Sur siempre parecen han sido separados de la Argentina.

El Reino Unido parece tener la posesión efectiva de la FI, y lo ha hecho durante mucho tiempo. Es público, es pacífico, que ha sido (activamente) indiscutible / indiscutible durante años en el momento y que ha sido ininterrumpido durante muchas décadas - casi 30 años en el momento y más de 100 antes de la invasión de 1982. Y ha sido el soberano de facto / poder administrativo en el FI durante mucho tiempo.

Como todo principio tiene sus excepciones, lastima que no pudo leer el pdf que le deje en el mensaje anterior, varias de sus inquietudes están contestadas en ese texto (una sugerencia es descargar el pdf, copiar su contenido y pegarlo en un documento Word, para posteriormente traducirlo mediante un traductor online)

Hace un tiempo hable de este tema en el foro, le dejo un extracto de esa antigua respuesta:

Específicamente en el ámbito del Derecho Internacional, cuando un territorio es ocupado, para que opere la prescripción adquisitiva y la posesión del territorio sea considerada efectiva, la misma debe ser continua, pacifica e ininterrumpida.
Es decir la posesión pacifica e ininterrumpida durante un lapso de tiempo confiere derechos de soberanía, así la ocupación inicial haya sido ilegal. De esta forma por el transcurso de los años se sanea una situación que en principio puede estar viciada en su origen, forma o modos.

Para que pueda darse tal prescripción deben darse dos características fundamentales:

1_ Que la posesión se prolongue durante una gran cantidad de años (La doctrina y la jurisprudencia internacional no establece que cantidad exacta de años deberían ser, pero concuerdan en que tiene que ser elevado)
2_ Que la posesión se mantenga sin reclamaciones por parte de otro Estado

La esencia del proceso por el cual un estado adquiere un derecho al territorio de otro por prescripción, es el ejercicio de la posesión adversa o ilegal o se basa en otros actos asertivos de soberanía sobre el territorio, igualmente ilegales o nulos, ejecutados por ese Estado. No obstante lo anterior, el derecho así adquirido no se fundamenta en la ilegalidad de los actos que le dan origen, sino en otro proceso paralelo al primero y que consiste en la inacción del antiguo soberano, que abandona su titulo o permite su extinción o lo pierde por su omisión en mantenerlo"

Esta necesidad del abandono del titulo anterior explica también el valor de las protestas contra la posesión ilegal del Estado que intenta hacer valer la prescripción adquisitiva, desde que aquellas certifican el animo del legitimo soberano de no abandonar el territorio en cuestión. (Julio Barboza, Derecho Internacional Publico, Editorial Zavalia)

"Mas aun, si la posesión es adversa, no es suficiente que el Estado pretensor despliegue actos de soberanía, debe también existir una aquiescencia de parte del soberano original. Si este mantiene su derecho vivo por protestas o a través de alguna acción, no habrá tal posesión no perturbada o "pacifica" que es la única que capacita a un Estado a prescribir un titulo." (R.Y. Jennings, La adquisición de territorio en la ley internacional)

Simplemente con “posesión pacifica”, el derecho internacional hace referencia a que no existan reclamos por parte de otro Estado.
Que quede claro, es un grave error pensar que a la “posesión pacifica” se la interrumpe cuando hay un ataque militar, esto es equivalente a que el derecho internacional legitime el uso de la fuerza como medio de resolver los conflictos.


Saludos
 

Muy fiable testigo anónimo

Forista Sancionado o Expulsado
Cuando un argentino / gobierno argentino dice que en 1833 el Reino Unido utiliza la fuerza o la violencia ( 'incautados violentamente') es una mentira. No violencia física o la fuerza de cualquier tipo se utilizó.

La única fuerza que se utilizó fue Pinedo personal del Onslow temor de que podría utilizar la violencia o la fuerza real. Si usted quiere decir el Reino Unido utilizó la fuerza que debería dejar claro que era sólo de la no violencia, no física, tal vez una amenaza tipo. Para implicar o reclamación que fue realmente violenta, como he visto muchas veces, es la creación de la mentira y un intento de confundir la cuestión en línea con un argentino condición de víctima.

Si Pinedo había estado en la FI no sabemos qué habría ocurrido. No he visto pruebas de que Onslow amenazó con usar la fuerza contra él si no salir de casa. Si hubiera permanecido a 'sufrir las consecuencias "que tal vez no han tenido que luchar y por lo menos habría evitado ser juzgado por incumplimiento en su deber.

En 1982 la Argentina no "llamar a la policía", que invadió el territorio de un amigo y aliado y fue condenado por ello por "la policía", en este caso las Naciones Unidas.

Había armas pero que no se utilizaron y no hay indicios de que se utilizaron en una manera amenazante. Muchos buques de la época que llevar cañones de modo que el hecho de que el Reino Unido, los buques estaban armados no es una sorpresa o únicos - muy diferente de su marina y tanques.

Puede hacer que el argumento de que la mera presencia del Reino Unido amenazó Pinedo y podría interpretarse como un preludio a la violencia y la fuerza física, pero que no hace lo que sucedió real de la violencia. La gente está sometido a la más amplia definición de "violencia" (al igual que la de Galtung) sobre una base diaria, pero sólo porque es tan amplio y que abarque todas las declaración. Exigir que la señora del café que sirve como próxima usted tiene que apresurarse a una reunión sería "violento" en esta terminología.

A partir de su propia extractos (excelente una vez más, gracias) no vemos ninguna prueba de la violencia, no hay pruebas de una amenaza de la violencia, Onslow ser cortés pero firme.

Contraste Pinedo en la FI en 1833 con el Teniente Mills de los Royal Marines en Georgia del Sur en 1982. Después de la demanda a la entrega de Astiz (?) Que se enfrenta a un buque de guerra argentino, por lo menos un buque de apoyo, un número superior de los infantes de marina argentina y helicópteros. Optó por no cumplir con la orden de entrega, sino a resistir y ver si las fuerzas argentinas que realmente ataque, a pesar del hecho de que la Argentina había decisivo de fuego y no hubo manera de ganar.

Espero realmente que Argentina no poner juntos un caso y tratar de obtener la cuestión a la Corte Internacional de Justicia. Emocionante imaginar cómo sería escuchar la sentencia! Incluso si el Reino Unido / FI se niega a asistir como así, sería un ejercicio valioso y un gran golpe de propaganda para la Argentina. También representaría una ruptura con las políticas anteriores, que todos sabemos están condenados al fracaso.
 
hola:
pregunto...
"Cuando un argentino / gobierno argentino dice que en 1833 el Reino Unido utiliza la fuerza o la violencia ( 'incautados violentamente') es una mentira. No violencia física o la fuerza de cualquier tipo se utilizó."
vos estabas ahi??? quiero decir...si te digo "dame tu plata o te matare" no es violencia porque no te estoy matando o porque uso el tiempo futuro para expresarme y todavia no te mate?? o porque todavia no use el arma que llevo en el bolsillo y que vos no podes ver directamente pero es obvia su forma???
te cito de nuevo:
"En 1982 la Argentina no "llamar a la policía", que invadió el territorio de un amigo y aliado y fue condenado por ello por "la policía", en este caso las Naciones Unidas."
aca con la palabra CONDENADO te referis a retirar las fuerzas militares y sentarse a hablar de soberania de las islas???? en este caso UK tampoco hizo caso a la policia...entendi bien?? creo la resolucion es la 503 de 1982
gracias y perdonen la molestia
 
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