Espacio COAN

Sparrow

Colaborador
De los seis que llegaron, si mal no recuerdo, todos volaron.
Pero solo cuatro lo hicieron en forma continuada. Los otros dos,ni bien les llegó el turno de la PDM, fueron desafectados de servicio, y pasaron a ser fuente de repuestos.
De los 6 que llegaron solo a 4 se les hizo las tareas de mantenimiento en USA antes de venir y 2 vinieron así como salieron del desierto.
Esos dos son los que mantuvieron siempre los colores de la US Navy y terminaron donando repuestos a sus hermanos.
 

michelun

Co-laborador ZM
Miembro del Staff
Moderador
De los 6 que llegaron solo a 4 se les hizo las tareas de mantenimiento en USA antes de venir y 2 vinieron así como salieron del desierto.
Esos dos son los que mantuvieron siempre los colores de la US Navy y terminaron donando repuestos a sus hermanos.
Ah, mira.
Esto es toda una novedad para mí. Yo tenía entendido, que todos habían recibido una puesta a punto "medio pelo", y así volaron para la Argentina.
 

Sparrow

Colaborador
Ah, mira.
Esto es toda una novedad para mí. Yo tenía entendido, que todos habían recibido una puesta a punto "medio pelo", y así volaron para la Argentina.
Ahí busque la monografía que habla de los Orión para completar el tema.

Dice que a 4 unidades se les contrato una ASPA (Aircraft Service Period Adjustment) que es una inspección física y el analisis de toda la documentación del mismo. Esto se le aplicó a los que terminaron siendo el 53, 54, 55 y 56.
Mientras que los dos aviones restantes (51 y 52) solo fueron puestos en condiciones para el vuelo de traslado al país.
 

michelun

Co-laborador ZM
Miembro del Staff
Moderador
Ahí busque la monografía que habla de los Orión para completar el tema.

Dice que a 4 unidades se les contrato una ASPA (Aircraft Service Period Adjustment) que es una inspección física y el analisis de toda la documentación del mismo. Esto se le aplicó a los que terminaron siendo el 53, 54, 55 y 56.
Mientras que los dos aviones restantes (51 y 52) solo fueron puestos en condiciones para el vuelo de traslado al país.
Entonces, voy a tener que leer con más atención ese monográfico, si es que estamos hablando del mismo.
 
-Solo 4 de los Orion Bravo volaron, los otros dos quedaron como fuente de repuestos

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Saludosss
 

nico22

Colaborador

CONTRATOS​

Decreto 924/2025​

DECTO-2025-924-APN-PTE - Aprobación.​


Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-130339235-APN-DGDA#MEC y el Modelo de Contrato de Financiamiento con cobertura de la Agencia de Crédito a la Exportación propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el CRÉDIT AGRICOLE CORPORATE & INVESTMENT BANK (CACIB), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Financiamiento con cobertura de la Agencia de Crédito a la Exportación, el CRÉDIT AGRICOLE CORPORATE & INVESTMENT BANK (CACIB) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto de Adquisición de Helicópteros Navales Livianos”, por un monto de EUROS SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y CINCO CON VEINTISÉIS CENTAVOS (€ 71.676.175,26).
Que el objetivo general del citado Proyecto es mejorar la capacidad de vigilancia y control de los espacios marítimos jurisdiccionales, con medios aéreos embarcados modernos y versátiles.
Que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) se expidió sobre el impacto en la Balanza de Pagos de la operación a ser financiada por el CRÉDIT AGRICOLE CORPORATE & INVESTMENT BANK (CACIB) y manifestó que la dimensión de la operación bajo análisis “implica un impacto limitado en términos macroeconómicos sobre los flujos de la balanza de pagos internacionales” y, por ende, concluye que dicho impacto “será acotado y consistente con la dinámica prevista para las operaciones externas”.
Que, por su parte, la Oficina Nacional de Crédito Público del MINISTERIO DE ECONOMÍA informó que no tiene objeciones que formular en relación con el financiamiento requerido “en función de que el costo financiero del préstamo de referencia, basado en la información disponible y los supuestos realizados, es inferior al que la República podría obtener en el mercado”.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del Préstamo serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE DEFENSA, a través del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.
Que en mérito a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta oportuno aprobar el Modelo de Contrato de Financiamiento con cobertura de la Agencia de Crédito a la Exportación entre la REPÚBLICA ARGENTINA y CRÉDIT AGRICOLE CORPORATE & INVESTMENT BANK (CACIB), destinado a financiar el “Proyecto de Adquisición de Helicópteros Navales Livianos”, por un monto de EUROS SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y CINCO CON VEINTISÉIS CENTAVOS (€ 71.676.175,26), disponiendo asimismo lo conducente para proceder a su perfeccionamiento.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a los funcionarios que este designe, y al señor Secretario de Finanzas, en forma indistinta, para que en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA suscriban el Contrato de Financiamiento con cobertura de la Agencia de Crédito a la Exportación y su documentación adicional.
Que, asimismo, corresponde facultar al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a los funcionarios que este designe, para que acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Proyecto de Adquisición de Helicópteros Navales Livianos”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones a la prórroga de jurisdicción a tribunales extranjeros acordada.
Que los servicios jurídicos permanentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por los artículos 53 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y 60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Financiamiento con cobertura de la Agencia de Crédito a la Exportación a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y CRÉDIT AGRICOLE CORPORATE & INVESTMENT BANK (CACIB) por un monto de EUROS SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y CINCO CON VEINTISÉIS CENTAVOS (€ 71.676.175,26) destinado a financiar el “Proyecto de Adquisición de Helicópteros Navales Livianos”, que como ANEXO I (IF-2025-131617272-APN-SSRFI#MEC) en idioma inglés y su traducción pública al idioma español forma parte integrante del presente decreto. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida como ANEXO II (IF-2025-131616923-APN-SSRFI#MEC) la “Carta de Comisión del Agente Administrativo” y la “Carta de Honorarios en Concepto de Organización y Estructuración” en idioma inglés y su traducción pública legalizada al idioma español.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a los funcionarios que este designe, y al señor Secretario de Finanzas a suscribir, en forma indistinta, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Financiamiento con cobertura de la Agencia de Crédito a la Exportación y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1° del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía o al funcionario o a los funcionarios que este designe a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, solicitudes de desembolso y toda documentación adicional necesaria para la instrumentación de lo dispuesto en los artículos precedentes y/o modificaciones al Contrato de Financiamiento con cobertura de la Agencia de Crédito a la Exportación, cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1° de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones a la prórroga de jurisdicción a tribunales extranjeros acordada.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Adquisición de Helicópteros Navales Livianos” al MINISTERIO DE DEFENSA, a través del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Manuel Adorni - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/12/2025 N° 98447/25 v. 29/12/2025

Fecha de publicación 29/12/2025
Anexo - 1
Anexo - 2
 

Eduardo Moretti

Colaborador

Es aprobado el financiamiento para la compra de los nuevos helicópteros AW109M de la Armada Argentina​

Por
Redaccion Zona Militar
-
29 diciembre, 2025

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Que armada del mundo usa este modelo de helicóptero alguien sabe?
 
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