Resulta redundante el debate continuo acerca de la implementación de las Fuerzas Armadas en Rosario para el combate del narcotráfico, utilizado también como método de campaña electoral por la actual Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. Sin embargo, con el diario del lunes nos encontramos nuevamente ante la polémica de la activación del Artículo 27 de la Ley de Seguridad Interior, 24.059, que por más que despierte cierta incertidumbre ante la ciudadanía, la misma no recurre a ningún combate del narcotráfico, sino que simplemente establece que las FF.AA. puedan colaborar en la Seguridad Interior en materia de recursos.

Es preciso destacar que la polémica es más que nada el desconocimiento de la naturaleza de la ley y sus alcances, o simplemente la duda acerca del significado del artículo. El Artículo 27 de la Ley de Seguridad Interior, 24.059, establece específicamente que “el Ministerio de Defensa dispondrá en caso de requerimiento del Comité de Crisis- que las fuerzas armadas apoyen las operaciones de seguridad interior mediante la afectación a solicitud del mismo, de sus servicios de arsenales, intendencia, sanidad, veterinaria, construcciones y transporte, así como de elementos de ingenieros y comunicaciones, para lo cual se contará en forma permanente con un representante del Estado Mayor Conjunto en el Centro de Planeamiento y Control de la Subsecretaría de Seguridad Interior.”

No, en teoría y basándonos en la ley, no veremos militares combatiendo narcotraficantes ni escenas simil series de Netflix, ni tampoco tragedias que pongan en jaque el poder militar en Argentina. Siempre y cuando la Ley de Seguridad Interior no sea modificada. Tal y como establece el Artículo 27 muy claramente, las Fuerzas Armadas brindarán principalmente apoyo logístico a las Fuerzas de Seguridad de la Nación, en pos de salvaguardar y ejecutar eficientemente todos los recursos para volver a garantizar la tranquilidad de los ciudadanos de Santa Fe (de la misma manera que podría implementarse ante cualquier necesidad de la población). Ahora bien, ¿a qué podemos enfrentarnos en caso de que una repentina modificación, o Decreto de Necesidad y Urgencia, estipule un cambio rotundo en el modus operandi de las Fuerzas Armadas en Rosario?

Hace tan solo un año, la actual Vicepresidenta de la Nación, Victoria Villarruel, comentaba vía Twitter los puntos breves del por qué las Fuerzas Armadas no pueden ser empleadas en una tarea de Seguridad Interior en Rosario -a modo de respuesta a Patricia Bullrich-.

Sin remontarnos a las cuestiones presupuestarias ni de equipamiento, que de más está decir que son insuficientes para nuestros uniformados, debemos apuntar directamente a la naturaleza propia de las Fuerzas Armadas: combatir un enemigo externo que amenace la propia existencia del Estado. Alguien podría argumentar que es tan fácil como declarar terroristas a los narcotraficantes en Rosario. Sin embargo, los gobiernos cambian, las concepciones cambian, y las medidas cambian. En cuyo caso que se modifique la Ley de Seguridad Interior ¿De qué manera garantizamos que el accionar de las Fuerzas Armadas es legítimo y que, sin un Código de Justicia Militar, las cuestiones tales como las Reglas de Empeñamiento, sean comprendidas en base al contexto del accionar de los uniformados? ¿Se formularán Reglas de Empeñamiento que establezcan cómo emplear la fuerza y contra quiénes, de manera clara?

No debemos olvidar que, a diferencia de las Fuerzas de Seguridad, los militares están capacitados y entrenados para abatir al enemigo. Pero eso, en teoría, no es lo que se busca en Rosario, sino que se busca reducir a los delincuentes, reclusarlos, y juzgarlos en el marco de la ley. ¿Son las Fuerzas Armadas indicadas para este tipo de tareas? SI bien existen debates al respecto, la respuesta es negativa, basándonos en casos internacionales que poco redujeron la problemática. No deberíamos reducir a las Fuerzas Armadas a una Guardia Nacional cuando ya tenemos el personal y los recursos para que las Fuerzas de Seguridad cumplan con su trabajo. Si se pretende utilizar el famoso método Bukele, el cual sólo es efectivo si tenemos las calles controladas y sin delincuentes, y basándonos en el marco legislativo actual, el correcto proceder es capacitar a las Fuerzas de Seguridad a combatir de manera eficiente la problemática, y acudir a las Fuerzas Armadas en caso de necesitar asistencia en materiales/profesionales (tal y como se está efectuando ahora).

Es deber tanto del poder político como de la ciudadanía entender el rol de las Fuerzas Armadas, al menos en Argentina. Además, en cuyo caso de recurrir a los militares para el combate de problemáticas civiles, establecer el marco legislativo adecuado para evitar tanto tragedias como despropósitos políticos basándonos en un contexto de una sociedad dividida en polos opuestos de la militancia política.

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Florencia Reigosa Strace
Colaboradora editorial de Zona Militar. Licenciada en Gobierno y Relaciones Internacionales (UADE); Maestranda en Estrategia y Geopolítica (ESG).; Diplomada en Defensa Nacional por UNDEF. Coordinadora del Observatorio de Capacidades Militares Sudamericanas.

4 COMENTARIOS

  1. La vieja demagogia de las ffaa para combatir el narcotráfico.los politicos estos inservibles siempre necesitan vender esta imagen ante la inutilidad de resolver un tema tan complejo……resultado??? terminaran con fuerzas corrompidas por el narco como las de la última dictadura, y los políticos con esta ideas inútiles haciéndose los perejiles como siempre.

  2. Aparatosos movimientos de tropas y equipos – incluidos de las Fuerzas de Seguridad – para la tribuna, más allá de que la situacion social es real.
    Creo que incorporando la droga dentro del vademécum médico destruís gran parte del negocio de la comercialización, con un buen control fiscal de lavado de dinero. Asi le cerrás los dos grandes grifos al negocio: como genera la plata y donde la coloca.

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