El Gobierno no sabe cuántas tierras de frontera pertenecen a extranjeros

11:26|Expertos calculan que el 20% del territorio ya fue vendido a personas o empresas de otros países. Pero la Casa Rosada no lo puede precisar, porque no armó la Base de Datos que prometió hace un año.Por: Pablo Calvo

La Cordillera, los bosques nativos, el Acuífero Guaraní y los ríos más caudalosos del país siguen acechados por el proceso de extranjerización de tierras y están afectados por una legislación que mantiene el espíritu de los años 90 y es considerada una de las más débiles del mundo en materia de protección de los recursos naturales cercanos a las fronteras.

Lo advierten expertos en geopolítica, organismos de control y legisladores de la oposición, en momentos en que los problemas del cambio climático vuelven a sacudir a miles de pobladores.
El Gobierno admitió la "dispersión normativa" en el tema, pero no amplió los requisitos para que los extranjeros extiendan sus propiedades en áreas estratégicas.

Mediante la resolución 166 del Ministerio del Interior, dio de baja a otras 10 resoluciones del menemismo, pero fijó un mapa de las zonas de seguridad en las fronteras, actualizado, con demasiados agujeros. Las zonas de seguridad, establecidas en 1944, están ubicadas en el espacio adyacente al límite internacional: es una franja de 150 kilómetros desde la frontera terrestre y otra de 50 kilómetros a partir de la costa.

Según la resolución 166, de marzo pasado, 89 centros urbanos y localidades, de 14 provincias, quedaron "desafectados en su totalidad del régimen de previa conformidad" que se exige a extranjeros que quieren comprar tierras en los bordes geográficos argentinos. Fue una reafirmación de lo dispuesto por el menemismo en la década del 90.

La Quebrada de Humahuaca, las islas del Ibicuy, el área efervescente de Gualeguaychú, las zonas vitivinícolas de Tupungato y Tunuyán, Calingasta al norte y Gaiman al sur son algunas de las localidades donde los extranjeros se encuentran con facilidades únicas para expandir sus latifundios.

"Es pérdida de soberanía. No hay país en el mundo con una legislación tan flexible como la nuestra. En Japón, Estados Unidos o Canadá, los extranjeros no pueden comprar tierras y menos si cuentan con recursos naturales", señala Elsa Bruzzone, profesora de historia y especialista en geopolítica, estrategia y defensa nacional.

La mujer, autora del libro "Las guerras del agua. América del Sur, en la mira de las grandes potencias", (editado por Capital Intelectual) afirma que "el 20 por ciento de la Argentina tiene dueños extranjeros, especialmente en la Patagonia y la Cordillera". Estimaciones cercanas hacen la Federación Agraria y legisladores de la oposición, aunque nadie ha podido validar sus cálculos, porque el Gobierno no da información sobre el tema.

"Cuando Luis D'Elía era subsecretario de Tierras, intentó hacer un catastro de las propiedades en manos extranjeras, pero tampoco pudo acceder a la información. Quienes lo intentaron, se encontraron con títulos falsos y registros provinciales poco fiables No hay un registro real", dice Bruzzone.

La secretaría de Interior tiene pendiente armar una Base de Datos para registrar la titularidad de los dominios de los inmuebles ubicados en las zonas de seguridad, las operaciones inmobiliarias y las transferencias de acciones o modificaciones de la estructura societaria de las firmas que sean titulares de esos bienes, para detectar engaños en los traspasos. "La Base de Datos se halla en proceso de confección", respondió a Clarín del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, tras un pedido de Acceso a la Información. La secretaría de Interior tampoco sabe cuántas solicitudes para comprar tierras presentaron los extranjeros entre 2003 y 2007, durante la administración de Néstor Kirchner.

Para José Luis Dutto, Defensor del Pueblo de Neuquén, la resolución 166 "parece una macana", porque "da la impresión de que flexibiliza el trámite para los extranjeros, que quedarían liberados de muchos requisitos". En su provincia, fueron desafectadas las localidades de Aluminé, Chos Malal, Huiliches, Minas, Ñorquin, Loncopué, Pehuenches, Picunches, Zapala y Collon Cura. "Es zona virgen -subraya-, muy poca población, agua pura, bosques, con comunidades de crianceros, algunas estancias, mapuches. Desde el punto de vista ambiental, el lugar es impecable".

Cuando Dutto recorre el interior neuquino, "se me acercan pobladores para comentarme de nuevas ventas de tierras a extranjeros, que están interesados en zonas de Bariloche, villa La Angostura, Junín de los Andes", mientras que movimientos sociales y del foro 'El Agua como Derecho Humano' "me expresan su preocupación y piden que no se cierren los accesos a los ríos y a los campos".
El ombudsman de Neuquén pide que el Congreso investigue el tema y que el próximo plenario de defensores del pueblo, que se hará en marzo, también lo examine.

Proyectos de ley presentados en la Cámara de Diputados piden más restricciones para la compra de tierras. Uno, auspiciado por la diputada de la Coalición Cívica Susana García, plantea directamente la prohibición a los extranjeros y sus empresas para "la adquisición del dominio y otros derechos reales sobre inmuebles rurales en zonas de seguridad" y lo fundamenta con citas de leyes protectoras de la mayoría de los países latinoamericanos.

Otro proyecto, de la diputada de Solidaridad e Igualdad Verónica Benas, señala que "la mayoría de los expedientes de venta de tierras sobre la Cordillera fueron aprobados por vía de la 'excepción' y Santa Cruz y Chubut son las provincias de mayor incumplimiento".

A esas conclusiones habían llegado especialistas en medio ambiente de la Auditoría General de la Nación, que encabeza el radical Leandro Despouy. En dos informes, el organismo detectó un sinfín de irregularidades en la presentación de documentación por parte de los compradores extranjeros en la Patagonia y la Mesopotamia.

El Gobierno reconoció el problema en la última "Memoria detallada del Estado de la Nación" presentada en el Parlamento. Dijo allí que la Dirección de Asuntos Técnicos de Fronteras puso como prioridad "el análisis de expedientes iniciados en los años 2005/2006 sobre Previa Conformidad, advirtiéndose que gran parte de ellos se encontraban con documentación faltante y/o vencida". Intervino un escribano, que pidió por escrito un refuerzo de la documentación en 234 expedientes, aunque sólo obtuvo respuesta en el 20 por ciento de los casos. "El mismo criterio de envío de notas (para pedir más documentación) se sigue para los expedientes 2007/2008", se indicó.

Hoy, la Dirección de Asuntos Técnicos de Fronteras dice que hay 216 expedientes "a la espera de documentación" y que "se han instrumentado mecanismos encaminados a fortalecer el control".
En tanto, la provincia de Santa Fe se convirtió en la primera en legislar ante la amenaza directa de que empresas y barcos extranjeros vengan al país a llevarse el agua de los ríos. En noviembre, la Legislatura dispuso la prohibición de la comercialización de agua dulce a granel (potabilizada o no), cuyo fin sea la exportación.

Clarin
 

Derruido

Colaborador
Si fueran nacionalistas, yo limitaria la cantidad de tierra que puede estar en manos de un extranjero, no residente.

Saber que % de tierra se encuentra en manos de extranjeros se sabe, lo que pasa es que dá verguenza decirlo.

Cualquier provincia sabe perfectamente a quien le está cobrando los impuestos inmobiliarios, haciendo un simple cruzamiento en la era de la computación...........

Vamos.

Salute
El Derru
 
Es una verguenza que no tengamos una legislación actualizada que no permita que ocurra esto, con solo mirar la de Brasil. Es lamentable ver como los politicos hacen la vista gorda por conveniencia.

Juanjo
 

Derruido

Colaborador
Es una verguenza que no tengamos una legislación actualizada que no permita que ocurra esto, con solo mirar la de Brasil. Es lamentable ver como los politicos hacen la vista gorda por conveniencia.

Juanjo

En Córdoba han terminado de adquirir 200.000 HECTAREAS, para un emprendimiento Ganadero, de parte de una empresa Brasilera.

Salute
El Derru
PD: Vieron ahora que se viene el negocio de la carne y los nativos ya no están, ingresan los pesos pesados. Si ésto no está pergeñado por los de arriba.
 
A parte del nacionalismo barato y xenofobia, cuales serían las razones para prohibir o limitar la tenencia de tierras en manos de extranjeros? Pregunto.
 
S

SnAkE_OnE

perdida de soberania, el tema no es la venta a tierra a extranjeros, sino que este regulada por el Estado...para el bien de todos los Argentinos
 
Como se pierde soberanía? Los extranjeros que compran tierras y propieades estan sometidos a las mismas leyes y regulaciones (y derechos) que los locales.

No hay diferencia de legislación para la compra de tierras entre extranjeros y locales, entonces el problema es que son extranjeros, y eso suena mucho a xenofobia.
 
S

SnAkE_OnE

se pierde soberania porque el hecho de perder la tierra, el patrimonio fisico del pais, por la explotacion economica del mismo asi como el hecho de las restricciones establecidas por elementos de otros paises...genera tanto presion como perdida del ejercicio de la soberania

cual es el problema que YPF se haya privatizado a Repsol? para el caso la analogia es la misma...el control de Argentina mayoritariamente debe ser manejado por Argentinos..en todo caso depende del Estado controlar y regular, las proporciones relacionadas a participacion extranjera tanto en negocios, como propiedades en nuestro pais...es defensa nacional, cuales son las ventajas que da Argentina para comprar a comparacion con otros paises? supongamos los 5 mas poderosos e industrializados...sin dudas, muchas mas y ellos cuentan con esas restricciones por algo, no?
 

Marcantilan

Colaborador
Colaborador
Lejos (muy lejos) están mis simpatías con el gobierno actual, pero esta nota de Clarín fue realizada por un inútil o con intención dolosa.

En primer lugar, cualquiera que haya asesorado a extranjeros por inversiones inmobiliarias en Argentina, sabe que existen ciertos requisitos para la compra de tierras.

Para no aburrir, cito a: http://www.mininterior.gov.ar/front...ame=fronteras&idNameSubMenu=intFrontSolicitud

Por aplicación del artículo 4º del Decreto-Ley Nº 15.385/44 (ratificado por ley 12.913), modificado por el artículo 42 de la Ley Nº 23.554 de Defensa Nacional, se declara el principio de conveniencia nacional de que los bienes ubicados en dichas Zonas de Seguridad de Fronteras pertenezcan a ciudadanos argentinos nativos. A su vez, dispuso que la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad ejercerá la policía de radicación en las Zonas de Seguridad con relación a las transmisiones de dominio, arrendamientos o locaciones, o cualquier forma de derechos reales o personales, en virtud de los cuales deba entregarse la posesión o tenencia de inmuebles a cuyo efecto acordará o denegará las autorizaciones.

Con el dictado de la Ley 26.338 se declaró la competencia del Ministerio del Interior para entender en la aplicación de la Ley Nº 22.352 y el Decreto-Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913).

El Decreto Nº 21/07 estableció que la Secretaría de Interior tiene como uno de sus objetivos, el de coordinar con las áreas correspondientes la aplicación del Decreto-Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913). En función de ello, y de contribuir con los principios de economía y celeridad que deben regir en el procedimiento administrativo se dispuso, a través del dictado de la Resolución Ministerial Nº 939, del 29 de septiembre de 2008, que el Señor Secretario de Interior se encuentra facultado para resolver las solicitudes de Previa Conformidad.

Los límites que conforman la Zona de Seguridad de Fronteras, han sido establecidos por el Decreto 887/94.

Las actuaciones iniciadas con la finalidad de obtener la Previa Conformidad deben ineludiblemente cumplimentar con todos los requerimientos que establece la normativa vigente. La Dirección de Asuntos Técnicos de Fronteras es el Organismo facultado de verificar que en cada solicitud se dé estricto cumplimiento de estas exigencias. Esta función revisora se encuentra enmarcada dentro de sus atribuciones asignadas, de manera que previamente a la confección del informe técnico y el proyecto del acto resolutorio debe necesariamente comprobar que el trámite se encuentre ajustado a las prescripciones normativas vigentes.


En segundo lugar, y si bien no soy un experto en Derecho de los Recursos Naturales, ni el acuífero guaraní (ni cualquier recurso del subsuelo, llegado el caso), ni los ríos "más caudalosos", etc, pueden ser apropiados por privados (ni siquiera nacionales), en tanto el Código Civil los deja en el ámbito exclusivo del estado y fuera del comercio de los particulares.

En tercer lugar, constan en los Registros de la Propiedad provinciales la totalidad de titulares de dominio de cada uno de los inmuebles de este país. Quizá se necesite una base de datos mejor o más informatizada, pero los datos que el periodista considera ausentes, ciertamente están.

Por último ¿Cual es el inconveniente que un extranjero realice una inversión inmobiliaria en Argentina, si acata la totalidad de las leyes locales? No veo mal que se controle, regule y eventualmente se sancione cualquier incumplimiento, pero de ahí a pasar a un nacionalismo barato hay mucho trecho.
 
A parte del nacionalismo barato y xenofobia, cuales serían las razones para prohibir o limitar la tenencia de tierras en manos de extranjeros? Pregunto.

¿Vos le das las llaves de tu casa a alguien que no es de tu familia?




El Estado para conocer la titularidad de las tierras de frontera no tiene más que mandar un oficio a cada una de las direcciones de Rentas de las provincias colindantes con otros paises, ahí estan los registros de dominio de las tierras. Ahí tenes un primer mapeo, después en una segunda instancia te encargas de desagregar las tierras a nombre de sociedades anonimas viendo en la IGJ las constituciones accionarias. No es ciencia de cohetes, en un mes esta hecho el trabajo.

MARCANTINAL: Lo cierto es que el dato se desconoce, porque la legislación que vos citas no se cumple y la mayoría de las ventas las hicieron los gobiernos provinciales por la vía de excepción.
 

Marcantilan

Colaborador
Colaborador
MARCANTINAL: Lo cierto es que el dato se desconoce, porque la legislación que vos citas no se cumple y la mayoría de las ventas las hicieron los gobiernos provinciales por la vía de excepción.

Por la vía que haya sido la venta, la titularidad sigue figurando en el RPI.

Más allá de ello, habré visto / intervenido en unas 15 compras de extranjeros, y en ningún caso hubo "excepción provincial".
 
Por la vía que haya sido la venta, la titularidad sigue figurando en el RPI.

Más allá de ello, habré visto / intervenido en unas 15 compras de extranjeros, y en ningún caso hubo "excepción provincial".

¿Por cuantas hectareas, en que provincias y en donde?
 
Lejos (muy lejos) están mis simpatías con el gobierno actual, pero esta nota de Clarín fue realizada por un inútil o con intención dolosa.

En primer lugar, cualquiera que haya asesorado a extranjeros por inversiones inmobiliarias en Argentina, sabe que existen ciertos requisitos para la compra de tierras.

Para no aburrir, cito a: http://www.mininterior.gov.ar/front...ame=fronteras&idNameSubMenu=intFrontSolicitud

Por aplicación del artículo 4º del Decreto-Ley Nº 15.385/44 (ratificado por ley 12.913), modificado por el artículo 42 de la Ley Nº 23.554 de Defensa Nacional, se declara el principio de conveniencia nacional de que los bienes ubicados en dichas Zonas de Seguridad de Fronteras pertenezcan a ciudadanos argentinos nativos. A su vez, dispuso que la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad ejercerá la policía de radicación en las Zonas de Seguridad con relación a las transmisiones de dominio, arrendamientos o locaciones, o cualquier forma de derechos reales o personales, en virtud de los cuales deba entregarse la posesión o tenencia de inmuebles a cuyo efecto acordará o denegará las autorizaciones.

Con el dictado de la Ley 26.338 se declaró la competencia del Ministerio del Interior para entender en la aplicación de la Ley Nº 22.352 y el Decreto-Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913).

El Decreto Nº 21/07 estableció que la Secretaría de Interior tiene como uno de sus objetivos, el de coordinar con las áreas correspondientes la aplicación del Decreto-Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913). En función de ello, y de contribuir con los principios de economía y celeridad que deben regir en el procedimiento administrativo se dispuso, a través del dictado de la Resolución Ministerial Nº 939, del 29 de septiembre de 2008, que el Señor Secretario de Interior se encuentra facultado para resolver las solicitudes de Previa Conformidad.

Los límites que conforman la Zona de Seguridad de Fronteras, han sido establecidos por el Decreto 887/94.

Las actuaciones iniciadas con la finalidad de obtener la Previa Conformidad deben ineludiblemente cumplimentar con todos los requerimientos que establece la normativa vigente. La Dirección de Asuntos Técnicos de Fronteras es el Organismo facultado de verificar que en cada solicitud se dé estricto cumplimiento de estas exigencias. Esta función revisora se encuentra enmarcada dentro de sus atribuciones asignadas, de manera que previamente a la confección del informe técnico y el proyecto del acto resolutorio debe necesariamente comprobar que el trámite se encuentre ajustado a las prescripciones normativas vigentes.


En segundo lugar, y si bien no soy un experto en Derecho de los Recursos Naturales, ni el acuífero guaraní (ni cualquier recurso del subsuelo, llegado el caso), ni los ríos "más caudalosos", etc, pueden ser apropiados por privados (ni siquiera nacionales), en tanto el Código Civil los deja en el ámbito exclusivo del estado y fuera del comercio de los particulares.

En tercer lugar, constan en los Registros de la Propiedad provinciales la totalidad de titulares de dominio de cada uno de los inmuebles de este país. Quizá se necesite una base de datos mejor o más informatizada, pero los datos que el periodista considera ausentes, ciertamente están.

Por último ¿Cual es el inconveniente que un extranjero realice una inversión inmobiliaria en Argentina, si acata la totalidad de las leyes locales? No veo mal que se controle, regule y eventualmente se sancione cualquier incumplimiento, pero de ahí a pasar a un nacionalismo barato hay mucho trecho.

Marcantilan, para arrancar ni en Estados Unidos o Europa podrias comprar 300 o 1000 km de frontera como pasa aca. Te imaginas comprandote 1000 km de frontera entre Estados Unidos y Mexico? con lo paranoicos que son con la seguridad te crees que te la venderian?
Con respecto a vender tierras no tengo mayores reparos, salvo por supuesto que estas tierras sean el acuifero guarani, fronteras o playas. En muchos informes se mostraron los usos y abusos de grandes terratenientes que hacian un mal uso de tierras, por ejemplo cercando el paso en playas, rutas, montañas, lagos preguntale a los Rodriguez Saa, rios muy caudalosos, diques en el acuifero guarani, montañas enteras etc.
PD: alguna vez encontraste alguna tranquera cerrando una ruta? bueno yo si y muchas veces, es mas comun de lo que vos pensas y los gobiernos asi como no quieren decir quienes son los dueños de las tierras tampoco dice nada si cierran caminos, rios playas, etc. Ojo todo prohibido por el codigo civil de la nacion y por supuesto por la constitucion nacional.
 

j 10

Forista Sancionado o Expulsado
En Córdoba han terminado de adquirir 200.000 HECTAREAS, para un emprendimiento Ganadero, de parte de una empresa Brasilera.

Salute
El Derru
PD: Vieron ahora que se viene el negocio de la carne y los nativos ya no están, ingresan los pesos pesados. Si ésto no está pergeñado por los de arriba.



no tiene problema en explorar nuestra provincia:biggrinjester:

apenas un chiste........ OK ?
 
¿Vos le das las llaves de tu casa a alguien que no es de tu familia?

se pierde soberania porque el hecho de perder la tierra, el patrimonio fisico del pais, por la explotacion economica del mismo asi como el hecho de las restricciones establecidas por elementos de otros paises...genera tanto presion como perdida del ejercicio de la soberania

cual es el problema que YPF se haya privatizado a Repsol? para el caso la analogia es la misma...el control de Argentina mayoritariamente debe ser manejado por Argentinos..en todo caso depende del Estado controlar y regular, las proporciones relacionadas a participacion extranjera tanto en negocios, como propiedades en nuestro pais...es defensa nacional, cuales son las ventajas que da Argentina para comprar a comparacion con otros paises? supongamos los 5 mas poderosos e industrializados...sin dudas, muchas mas y ellos cuentan con esas restricciones por algo, no?

A ver, aca hay que diferenciar dos cosas, dependiendo de cual crean ustedes que es el problema:

1- Que el problema es que haya dueños privados de tierras fronterizas, y que estado argentino debería ser el único dueño de dichos terrenos (y explotar sus recursos?)

2- Que el problema nos es que haya dueños privados de las tierras, sino dueños privados extranjeros.

Ahora, cual es la diferencia entre un dueño privado y uno nativo? Ninguna, ambos estan sujetos a la misma ley. Entonces que importa quien es el dueño, lo importante es que se cumplan las leyes comunes a todos.

Para el caso de propiedades de residencia, es directamente xenófobo y ridículo limitar la venta de tierras a los extranjeros. Para el caso de inversiones saldran algunos con la trasnochadísima idea (que tan caro nos sale) de que las inversiones extranjeras vienen a chuparnos las riquezas y llevarse las ganancias (deberían ser nuestras,no?). Creo que esto no resiste el menor analisis. Como si los argentinos no se llevaran la plata afuera. Lo mismo con las abusos de la ley.

Repito el problema no es la nacionalidad del comprador, sino la aplicación correcta de la ley.
 
A ver, aca hay que diferenciar dos cosas, dependiendo de cual crean ustedes que es el problema:

1- Que el problema es que haya dueños privados de tierras fronterizas, y que estado argentino debería ser el único dueño de dichos terrenos (y explotar sus recursos?)

2- Que el problema nos es que haya dueños privados de las tierras, sino dueños privados extranjeros.

Ahora, cual es la diferencia entre un dueño privado y uno nativo? Ninguna, ambos estan sujetos a la misma ley. Entonces que importa quien es el dueño, lo importante es que se cumplan las leyes comunes a todos.

Para el caso de propiedades de residencia, es directamente xenófobo y ridículo limitar la venta de tierras a los extranjeros. Para el caso de inversiones saldran algunos con la trasnochadísima idea (que tan caro nos sale) de que las inversiones extranjeras vienen a chuparnos las riquezas y llevarse las ganancias (deberían ser nuestras,no?). Creo que esto no resiste el menor analisis. Como si los argentinos no se llevaran la plata afuera. Lo mismo con las abusos de la ley.

Repito el problema no es la nacionalidad del comprador, sino la aplicación correcta de la ley.

Vos haces un análisis muy simplista e ingenuo. ¿Que no se "chupan la riqueza"? ¿Acaso los buques extranjeros no se llevan agua dulce de lastre para luego venderla? ¿acaso los Bush no tienen una embotelladora de agua en Cordoba?

¿Entoces, me imagino que tampoco te importará que las empresas argentinas tengan dueños extranjeros? Que el aparato productivo y las fuentes de trabajo nacionales y nuestros recursos naturales queden a merced de los vaivenes de las casas matrices al otro lado del mundo.

Ademas, te equivocas feo al decir que es xenofobo limitar y controlar la venta de tierras a los extranjeros. Hiciste una afirmación temeraria y no aportaste un solo argumento que sostenga una acusación tan seria.
 
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