Este era el proyecto de ley presentado por el ejecutivo. Desconozco si sufriò alguna modificaciòn en el Senado:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 51 de la Ley N° 24.922 y sus modificatorias, el que quedará redactado de
la siguiente manera:
“ARTÍCULO 51.- Cuando la Autoridad de Aplicación...