Versión inglesa sobre el tratado Arana-Southern

Las frutas que tiran los ingleses sobre el tratado Arana-Southern

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Versión inglesa sobre el tratado Arana-Southern


David dice:

El Artículo 7º dice lo siguiente:



En el preámbulo del Tratado se habla de "concluir las diferencias existentes" y "reestablecer las perfectas relaciones de amistad" entre ambos países (Argentina y el Reino Unido). El artículo 7º declara que mediante la firma del documento, las relaciones entre ambas naciones quedan reestablecidas "a su anterior estado de buena inteligencia y cordialidad". Es decir, no solo hay omisión de cualquier situación previa de disputa entre el Reino Unido de Gran Bretaña y Argentina - como habría sido de esperarse en el lado argentino, siendo que Argentina presentó reclamos entre 1832 y 1849 - sino que mediante la firma del Tratado se concluyen las "diferencias existentes" y restituyen las relaciones de "buena inteligencia y cordialidad" en entre los estados. Se entiende entonces que el espíritu del Tratado busca la conclusión de las disputas entre ambos gobiernos y la restitución de las buenas relaciones.

Es importante mencionar que las Islas Malvinas en ese momento constituían una situación de disputa entre los gobiernos argentino y británico: Argentina venía prostestando desde 1833 las acciones tomadas por los británicos en las islas (tres cartas diplomáticas entre 1833 y 1834 y 1841-42 y una en 1849). Argentina consideraba el asunto de las Malvinas como una "diferencia existente" entre su país y el Reino Unido. Sin embargo, con la firma del Tratado Arana-Southern, Argentina reconoce que a partir de la ratificación y entrada en vigencia del Tratado, entre la nación sudamericana y el Reino Unido de Gran Bretaña se "concluyen las diferencias existentes" entre ambos países. Resulta claro, entonces que con la firma de dicho acuerdo, Argentina y el Reino Unido reconocían que no tenían diferencias y que las relaciones entre ambos gobiernos retornaban a un estado de amistad - más aún, considerando que la disputa por las Malvinas no fue mencionada ni durante la negociación del acuerdo ni durante su firma ni durante el periodo entre la firma del Tratado y su ratificación.

Bien fuera que la no mención de la disputa por la soberanía de las Malvinas durante las negociaciones, la firma y la ratificación del Tratado Arana-Southern constituyera una muestra de aquiescencia por parte de Argentina u omisión de algún tipo, el hecho concreto es que, con la firma de dicho acuerdo, Argentina reconoció que entre dicho país y el Reino unido no existían diferencias y que las relaciones bilaterales retornaban a un estado de "inteligencia y cordialidad".

Tan es así que la firma de dicho Tratado puso fin a los reclamos argentinos que no se volvió a realizar una protesta o reclamo formal (a nivel diplomático) sino hasta 1888, lapso en el cual las más altas autoridades argentinas (Presidentes y Vicepresidentes de la República) reconocieron abiertamente que entre Argentina y el Reino Unido no había disputa por la soberanía de las Malvinas. Como si el cese de las protestas y el reconocimiento formal de que entre ambas naciones no existía una disputa no fuesen suficientes, Argentina mantuvo silencio respecto de las acciones tomadas por los británicos en las islas, tales como concesiones de tierras; en la década de 1870, múltiples consulados (misiones diplomáticas) de distintos países se abrieron en las islas, sin reacción adversa por parte de Argentina.

La firma de un Tratado consituye "borrón y cuenta nueva" en lo que a relaciones bilaterales se refiere: Argentina - por error u omisión - reconoció en 1849/1850 que entre dicho país y el Reino Unido cesaban las "diferencias existentes" y las relaciones volvían a su "a su anterior estado de buena inteligencia y cordialidad"; sucesivos gobiernos argentinos en actos protocolares formales reconocieron la estabilidad y buena fe de las relaciones entre Argentina y el Reino Unido. No se volvió a presentar protesta formal - ni en forma de cartas diplomáticas ni en forma de discursos oficiales - sino hasta 1888 cuando Norberto Quino Costa, el Ministro de Relaciones Exteriores de la República Argentina, interpuso un reclamo formal ante el Reino Unido por la posesión británica de las Malvinas, casi 40 años luego de la firma de un Tratado que declaraba que entre ambos países no había disputas y casi 40 años después de que ningún gobierno argentino protestase por la soberanía británica de las islas.

Es decir, lo que se ve es una interrupción en el reclamo a partir de la firma de un tratado que, si bien es cierto no menciona textualmente el caso, sí indica implícitamente - lo mismo que el actuar de los sucesivos gobiernos argentinos durante las décadas de 1850, 1860, 1870 y buena parte de 1880 - que Argentina no reconocía que entre dicho país y el Reino Unido hubiese una situación de disputa o mejor dicho, que a partir de la firma del Tratado de 1849, se concluían las "diferencias existentes" entre ambos gobiernos y el estado de las relaciones volvía a ser de amistad.

Es importante esto, pues determina que todo reclamo posterior a la firma del Tratado de 1849 carece de valor. Y así ha habido a fines del SXIX y a lo largo del SXX numerosas ocasiones en las que Argentina ha pretendido revivir el reclamo borrando con el codo lo que escribe con la mano.


Continúa:



El Tratado Arana-Southern no tiene ninguna relación, causa, u origen tanto directa como indirectamente con las islas.

David dice: Historiadores argentinos, como Ernesto Fitte (1974) y y Alfredo R. Burnet-Merlín (1974-1976), lo mismo que el mexicano Carlos Pereyra (1919) no están de acuerdo.

El texto del Tratado no deja lugar a ambigüedades: con su firma se pone fin a las desavenencias entre ambos países y se concluye "las diferencias existentes" y restablece "las perfectas relaciones de amistad" entre ambas naciones (eso no lo digo yo, lo dice el texto. Ahí lo dejé para su consulta). La disputa por la soberanía de las islas constituía una "diferencia existente" entre Argentina y el Reino Unido en esa época. Más aun, constituye un hecho "curioso" por decir lo menos que el Presidente argentino por esas épocas, el General Juan Manuel de Rosas, fortalecido por la victoria política que puso fin al bloqueo franco-británico de 1845-1848 que lo colocó en una posición suficientemente ventajosa como para atreverse a negar a las potencias europeas el codiciado acceso al río Paraná (y renegociar los millonarios intereses que el país había acumulado con Gran Bretaña desde 1820), no haya impuesto ninguna objeción al párrafo que dice "concluir las diferencias existentes" e incluido a las islas en disputa como excepción y tema pendiente. Esto es recogido por el parlamentario argentino Absalón Rojas en sesión ante el pleno de la Cámara de Diputados el 19 de julio de 1850, quien precisamente culpa a Rosas de este desliz (intencional o no, pero plasmado sin modificar en el texto que se firmó), lo que en su opinión constituye "una seria omisión y un punto débil del reclamo argentino".

Es muy conveniente y a la vez poco serio argumentar que porque el nombre "islas Malvinas" no está explícito en el cuerpo del Tratado Arana-Southern, este no tiene efecto jurídico sobre el tema. El "experto" parece analizar las cosas sueltas en el espacio sin correlación con los hechos históricos del momento. Se olvida, además, que el mencionado Tratado no es el único precedente: el Presidente Domingo Sarmiento, en su discurso ante el Parlamento del 1 de mayo de 1869, expresa lo siguiente:

"El estado de nuestras relaciones internacionales satisface las aspiraciones de nuestro país. Nada reclamamos de ellos o nos es reclamado por otros; no tenemos nada que solicitar de ellos salvo la consistencia en manifestar su simpatía, con la cual ambos Gobiernos y pueblos han traído honor a la República, tanto para su progreso como para su espíritu de justicia."


Nada = vacío, ausencia de un todo. No me gustaría verme obligado a repartir nociones de lógica básica... eso ya sería el colmo.

Pregunta suelta: si están tan convencidos de sus argumentos jurídicos, ¿por qué no van a la Corte Internacional de Justicia de la Haya y resuelven este tema de una buena vez? ¿Por qué se corren - como se corrieron en 1947, 1951, 1953 y 1954? No pueden culpar a los británicos de no querer ir a la Corte, ellos remitieron el caso (ante la negativa de ustedes) que fue finalmente archivado porque Argentina no quiso someterse al arbitraje.

Hace años que vengo haciendo esta pregunta en el foro y nadie me la contesta. Prefieren venderle humo a la gente, adoptar el papel de víctimas y decir que el Reino Unido se rehúsa hablar del tema en cuanto foro internacional lo presenta el gobierno argentino.

PD: las inexactitudes y omisiones (culposas o accidentales) del profesor Rudolf Dolzer y sus amigos ya fueron respondidas en su momento por historiadores británicos, paso a paso. El texto lo puede consultar AQUI: http://www.falklandshistory.org/gettingitright.pdf.

Saludos
 
No estoy al tanto digamos, entré a este tópico y sólo dice que es la versión británica. No tengo nada con lo que pueda contrastarlo. ¿ Cuál sería la versión argentina ? Y en todo caso , ¿ Por qué sería "fruta" ? Muchas gracias.
 
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