FFAA: ASCENSOS TRANSPARENTES

Este artículo apareció en la edición de hoy, 15 de marzo, del diario Clarín.

TRIBUNA
FF. AA.: ascensos transparentes
En respuesta a un artículo que objetaba el sistema, el Ministerio de Defensa insiste en que aplica las normativas adecuadas para impulsar la jerarquización de los criterios profesionales y no otros a la hora de elevar las propuestas de ascensos.

Por: Gustavo Sibilla
Fuente: SECRETARIO DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES, MINISTERIO DE DEFENSA

En su reciente nota titulada "Polémica selección en las FF.AA." y publicada en esta misma sección, Rosendo Fraga se preguntaba "cómo se manejan los ascensos y retiros" en el ámbito de la defensa y se respondía a sí mismo, infiriendo a partir de datos inexactos, que el sistema no funcionaría en base al mérito profesional.

Para echar luz sobre un tema predilecto entre quienes aún reniegan de la conducción civil de la defensa, pasaremos a enunciar una serie de consideraciones. Este gobierno nacional, aplicando la normativa que regula los ascensos de oficiales, es el principal impulsor de la jerarquización de los criterios profesionales a la hora de elevar los cuadros de ascensos. Las juntas de calificaciones de las fuerzas armadas funcionan durante una parte importante del año evaluando a los candidatos al ascenso, proceso en el que el Ministerio no interviene directamente, pero del que se reserva la facultad institucional de supervisar, previo a elevar su propuesta a la Presidenta de la Nación en su carácter de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas (art. 99 inc. 12 de la Constitución Nacional).

Esta última, a su vez, remite su propuesta a consideración del Senado en los casos de ascenso a oficial superior. Apelada en consulta, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha ratificado reiteradamente este mecanismo.

Quizás Fraga suponga que las fuerzas armadas aplican un algoritmo matemático que ordena con exactitud irrefutable los méritos profesionales de los aspirantes a oficiales superiores. Se sorprenderá, entonces, al enterarse de que la evaluación que realizan a ese nivel las juntas es bastante subjetiva ya que los factores objetivos, si bien necesarios, ocupan un plano secundario.

De hecho hoy, en Ejército, la matriz que define el Orden de Mérito reserva sólo 20 de los 100 puntos posibles a requisitos formales (formación, ejercicio de comando, etc.). Los 80 restantes se distribuyen ponderando factores como personalidad, cualidades, potencialidades, prestigio y otros elementos de apreciación subjetiva.

En el actual esquema de evaluación aún carece de puntaje, por ejemplo, el desempeño eficiente de funciones en el Estado Mayor Conjunto. Atributo que, desde Malvinas, cobra importancia central.

Quizás la crítica se origine en la nostalgia de una época en la que el Ministerio de Defensa se limitaba a suscribir automáticamente las propuestas que elevaba cada fuerza, actitud que repetía quien ejerciese la Presidencia de la Nación y finalmente el Senado (si funcionaba el Congreso). En definitiva, un mero trámite lineal donde todo se decidía en un cónclave cerrado. Es posible que algunos sigan sujetos a paradigmas perimidos donde cada Fuerza se autogobernaba a su arbitrio y donde determinados cadetes, por sus vinculaciones familiares, tenían allanado el acceso al generalato desde el mismo Colegio Militar.

Por todo esto, el Decreto 1736/09 ordenó las funciones relacionadas con la evaluación y la proposición de ascensos, clarificando la división funcional que, de acuerdo a la Constitución Nacional, ya estaba prevista en la Ley 19.101 de 1971. Adicionalmente, Fraga parte del falso enunciado de que "en el Ejército la mitad de los coroneles ascendidos a general de brigada no provienen de la propuesta de la Junta de Calificación ...". Por el contrario, en el año 2009, de los 17 generales promovidos, 16 fueron coroneles presentados por la Junta: un 94%. En el caso de la Armada y la Fuerza Aérea, el 100% de los capitanes de navío y comodoros presentados para ascenso por sus respectivas Juntas fue finalmente ascendido.

El artículo también alude a un misterioso sistema de espionaje. Suponer que con esa metodología se define en un sistema democrático la elección de la cúpula militar es una acusación que sólo puede estar inspirada en la mala fe y la oposición militante. Lo más absurdo es que el analista la esgrima haciéndose eco de quienes tradicionalmente han usado y abusado de esos sistemas.

El Ministerio de Defensa, que implementa la decisión del Gobierno Nacional de asumir plenamente la conducción política de la Defensa, de acuerdo a los preceptos de la Ley 23.554, ha privilegiado en los últimos años los procesos participativos en la discusión de los ejes de la gestión.

En este marco y en el proceso de transformaciones iniciado, hubiera sido bienvenida una crítica constructiva. Sin embargo, resulta muy difícil rescatar propuestas positivas dentro de consideraciones basadas en la suspicacia y en el prejuicio.
 
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