Avanza el nuevo Código de Justicia Militar

Artrech

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Aprueba el Senado la derogación de Código de Justicia Militar

Esto obliga a los miembros de Fuerzas Armadas a someterse a la Justicia ordinaria ante cualquier delito penal

El Senado sancionó por unanimidad la ley que deroga del Código de Justicia Militar, lo que obliga a los miembros de Fuerzas Armadas a someterse a la Justicia ordinaria ante cualquier delito penal y no ante tribunales especiales, como sucede en la actualidad.

Además, esto implica la eliminación del último vestigio que quedaba en el ordenamiento jurídico que contemplaba la pena de muerte, castigo rechazado por la Convención Americana de Derechos Humanos que se encuentra incorporada a la Constitución Nacional desde la reforma de 1994.

El proyecto elaborado por el Poder Ejecutivo, obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados en noviembre pasado, al contar con el apoyo de más de 160 diputados y el rechazo de sólo dos miembros.

La ministra de Defensa, Nilda Garré, principal impulsora del proyecto, llegó al recinto cuando se inició el tratamiento y permaneció atenta a los discursos hasta su aprobación.

La mayoría de los discursos estuvo referida a aspectos técnicos de la ley y a la importancia de haber avanzado en la derogación de "un código obsoleto y anacrónico", como lo calificó la presidenta de la comisión de defensa, la oficialista María Perceval.

Recordó que "el contexto histórico institucional no permitió que se aprobara una modificación propuesta por el presidente Raúl radical Alfonsín a tres días de asumir su gestión".

Entre sus puntos principales, el proyecto establece que los miembros de las Fuerzas Armadas deben someterse a la Justicia ordinaria ante cualquier delito contemplado en el Código Penal y que éstos puedan apelar las sanciones militares ante la Justicia Federal.

También crea un "Procedimiento Penal Militar para tiempos de guerra" y un código disciplinario que suprime el castigo por homosexualidad y pena como faltas la discriminación y el acoso sexual.

La ley comenzará a regir seis meses después de su promulgación, para implementar durante ese período un "programa de divulgación y capacitación sobre su contenido y aplicación".

Su aprobación significará el fin para los tribunales especiales para militares y la eliminación del único ordenamiento jurídico que todavía sostiene la pena de muerte.

El proyecto también contempla un "Procedimiento Penal Militar para tiempos de guerra y otros conflictos armados" y un nuevo Código de Disciplina para las Fuerzas Armadas.

Dice que ante cualquier delito común los militares deberán someterse a la Justicia Federal y que pueden apelar ante esos mismos tribunales federales las sanciones disciplinarias.

Para formalizar esto, se realizan modificaciones a varios artículos del Código Penal y del Código Procesal Penal.

La eliminación del Código Militar también dejará sin vigencia la sanción a la homosexualidad dentro de las Fuerzas Armadas y sancionará al militar que efectuare un requerimiento de carácter sexual para sí o para terceros, bajo la amenaza de causar a la víctima un daño relacionado con el servicio o su carrera.

Si el acoso sexual es realizado por un superior, el delito y la sanción será aún más grave.

Se prohibirán los actos o manifestaciones que de alguna forma discriminen a cierto grupo de personas y se condenará la acción de realizar campañas de hostigamiento personal o grupal o la de afectar la dignidad personal, provocar burlas o humillaciones.

Estas conductas serán consideradas por el nuevo sistema disciplinario como faltas graves; mientras que se rotularon como gravísimas a quienes ordenen la realización de actos contrarios a la Constitución nacional, las leyes o los reglamentos militares.

Una falta leve tendrá una sanción que va desde un apercibimiento hasta cinco días de arresto o una multa de hasta diez días de sueldo; en tanto que una falta grave aumentaría la pena a sesenta días de arresto o una multa equivalente a treinta días de sueldo. Las gravísimas, en tanto, se castigarán con la destitución.

La Nación
 

Artrech

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Una iniciativa del Ministerio de Defensa
Terminó el Senado con el Código de Justicia Militar

La nueva ley pone a los militares bajo la Justicia común, suprime castigo por homosexualidad y pena actos de discriminación y acoso sexual. La vieja norma había sido instaurada por el gobierno de Perón en 1951.

El Senado aprobó por unanimidad en general y convirtió en ley la derogación del Código de Justicia Militar, erradicó la pena de muerte, pasó el tratamiento de los delitos esencialmente militares a la órbita de la Justicia común, brindó mayores precisiones en la definición de los delitos militares y estableció cambios en el sistema disciplinario castrense.
El proyecto fue sancionado con el apoyo de los 60 votos senadores presentes, aunque varios artículos debieron ser convalidados en forma individual y en algún caso, la votación resultó dividida en 40 sufragios a favor del oficialismo, contra 20 en contra. El 7 de diciembre del año pasado, la Cámara de Diputado la había aprobado por 159 votos a favor, contras dos en contra y una abstención.

La iniciativa fue elaborada por el Ministerio de Defensa, que encabeza Nilda Garré, quien hoy asistió al debate en el senado desde uno de los palcos, junto a organizaciones humanitarias y representantes de las fuerzas militares.

El proyecto fue defendido por el titular de la comisión de Legislación Penal, Rubén Marín, y recibió el apoyo parcial del bloque radical, a través del formoseño Luis Petcoff Naidenoff y el socialista Rubén Giustiniani, quien también brindó el respaldo con reparos en varios artículos de la Coalición Cívica y el ARI fueguino.

Se expresaron a favor el neuquino Horacio Lores, la correntina Isabel Viudes, mientras la mendocina María Cristina Perceval rechazó las críticas presentadas por la oposición. En lo esencial, la reforma aprobada contiene dos instrumentos fundamentales: por un lado remite el juzgamiento de los delitos comunes al Código Penal y a la acción de la Justicia del fuero respectivo, al tiempo que propone una ley referida al Procedimiento Penal Militar en Tiempos de Guerra y establece un Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas, que prescriba las faltas de carácter administrativo.

La iniciativa, que entrará en vigencia en seis meses, prevé también que los integrantes de las Fuerzas Armadas deberán someterse a la Justicia civil por los delitos contemplados por el Código Penal y crear un procedimiento penal militar para tiempos de guerra, así como un código que suprime el castigo por homosexualidad, y crea penalidades por actos de discriminación y acoso sexual.

La ley castigará al militar que realice "un requerimiento de carácter sexual para sí o para terceros, bajo la amenaza de causar a la víctima un daño relacionado con el servicio o su carrera" y contempla que si el acoso sexual es realizado por un superior, la sanción será considerado más grave.

Además quedan prohibidos los "actos o manifestaciones que de alguna forma discriminen a cierto grupo de personas" y condenará a "realizar campañas de hostigamiento personal o grupal" o "afectar la dignidad personal, provocar burlas o humillaciones", lo que considerará en la categoría de "faltas graves". A su vez, castigará con "falta gravísima" a quienes "ordenen la realización de actos contrarios a la Constitución nacional, las leyes o los reglamentos militares".

En este sentido establece una serie de faltas y sus penalidades: las consideradas leves serán sancionadas mediante apercibimiento de cinco días de arresto o una multa de diez días de sueldo, las juzgadas como graves llevará las penas a 60 días y una multa de 30 días de suelto, en tanto una las gravísimas serán castigadas con la destitución.

El texto legal deroga el Código de Justicia Militar, que regía desde 1951, modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal, establece un procedimiento penal militar para tiempos de guerra y otros conflictos armados, así como instaura el Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas y organiza el sistema de Justicia conjunto de las Fuerzas Armadas.

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pulqui

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Primera sesión

Un Consejo de Disciplina dictó su primera resolución


2-10-2009 | En la mañana del pasado martes, el Consejo de Disciplina de la Base Naval Puerto Belgrano analizó una falta disciplinaria cometida dentro de la Armada. En esta nota, detalles del nuevo procedimiento para el juzgamiento de aquellas faltas que merezcan sanciones gravísimas.

PUERTO BELGRANO – El nuevo Consejo de Disciplina de la Base Naval Puerto Belgrano se expidió ayer ante la falta, considerada gravísima, de un miembro de la Armada Argentina. Así se convirtió éste, en el primer dictamen que resuelve la nueva gestión a partir de la derogación del Código de Justicia Militar y la posterior creación de un código de disciplina común para las Fuerzas Armadas mediante la ley N° 26.394 del año 2008.

Por lo tanto, parte de los delitos previstos en el abolido Código de Justicia Militar pasaron a integrar el Código Penal de la Nación. Es decir que los procesos que se llevan a cabo para la determinación de la culpabilidad de esos delitos los efectúa la Justicia Federal Penal.

En tanto, el nuevo Código de Disciplina de las FF.AA. reglamenta el tratamiento de todas las infracciones militares que no sean conductas delictivas sino faltas disciplinarias. De acuerdo a la relevancia de cada incorrección el procedimiento varía. Las más leves se resuelven con una sanción directa, pero a medida que la gravedad de la falta va incrementándose el procedimiento es más actuado y documentado.

Existen contravenciones leves, graves –en las que se formula un sumario, se documenta e interviene un auditor defensor- y gravísimas. Éstas últimas no son discrecionales sino que son taxativas y están tipificadas. En total son 26 y fluctúan entre deserción, motín, agravio al superior, usurpación de mando, abandono de la tropa, autolesión e infidelidad del servicio, entre otras.

De estas irregularidades deviene el tratamiento en un Consejo de Disciplina. “Hay una serie de articulaciones, recursos y reclamos, incluso las decisiones del Consejo de Disciplina pueden ser reclamadas ante el jefe de Estado Mayor General de la Armada. En algunos casos particulares el procedimiento también podría arribar en una decisión judicial”, explicó el presidente del consejo actual de Puerto Belgrano, vicealmirante Carlos Alberto Paz, comandante de Operaciones Navales.

“Cuando se determina que una falta podría ser considerada grave o gravísima, se abre un sumario con la designación de un auditor instructor y otro defensor. Una vez que finaliza la instrucción, se eleva al Consejo de Disciplina la causa para que éste se constituya, tome conocimiento de la misma, contemple la postura del instructor, del defensor y del acusado en sus respectivos alegatos y luego expida una sentencia”, definió el vicealmirante Paz.

Los Consejos de Disciplina están constituidos en distintas zonas navales y lo integran, un presidente –siempre es la autoridad más antigua de esa zona- seguido por los dos oficiales de mayor rango como vocales, los cuales, en caso de ausencia, pueden ser reemplazados por quienes los sucedan inmediatamente en grado o antigüedad. Además se cuenta con la presencia de un auditor –como asesor- y un secretario.

“El espíritu general de este sistema es asegurar la defensa del imputado, certificar una asistencia letrada para su defensa y promocionar la oralidad y publicidad como un criterio procesal”, concluyó el presidente del Consejo de Disciplina de la Base Naval Puerto Belgrano.
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GACETA MARINERA
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