Autorizan servicio con aeronaves de reducido porte y retiran otras dos

Planificación - 07 de febrero
Autorizan servicio con aeronaves de reducido porte y retiran otras dos

la Administración Nacional de Aviación Civil autorizó a una empresa a explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando aeronaves de reducido porte. Por otra parte retiró dos autorizaciones para similares servicios.
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) por Resolución 25/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial, autorizó a la empresa Westwind Aviation Sociedad Anónima a explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando aeronaves de reducido porte.
La Empresa deberá iniciar las operaciones dentro de los 180 días siguientes a la fecha de notificación de la resolución y en su explotación no deberá interferir, tanto en su faz comercial como operativa, los servicios regulares de transporte aéreo.
Se ajustará la prestación de los servicios conferidos a los requisitos previstos en la Ley N° 17.285 (Código Aeronáutico).
Además deberá solicitar la afectación de sus aeronaves y, previo a ello, deberá acreditar mediante constancia emitida por los organismos competentes de la Administración Nacional de Aviación Civil que tales equipos han cumplido con todos y cada uno de los requisitos exigidos.
También deberá someter a consideración de la ANAC las tarifas a aplicar, los seguros de ley, los talonarios de recibos y libros de quejas para su habilitación, correspondiendo idéntico trámite a toda incorporación, sustitución o modificación de la capacidad comercial de sus aeronaves, como así también de sus seguros, tarifas, cambio de domicilio y/o base de operaciones.
La resolución lleva la firma del titular de la ANAC, Alejandro Granados y en los fundamentos expresa que los servicios a operar tienden a abarcar un sector de necesidades no satisfecho por las empresas prestatarias de servicios aerocomerciales regulares y que, dado lo reducido del porte del material de vuelo a ser utilizado, éste no ofrece posibilidad de competencia a las mismas, quedando comprendido en la excepción prevista por el artículo 102, aplicable en el orden internacional por el artículo 128, ambos del Código Aeronáutico.
Retiran dos autorizaciones
Por otra parte, por Resolución 20/2012, también publicada hoy en el Boletín Oficial, la ANAC retiró a la Empresa Aéreo Federal Sociedad Anónima la autorización otorgada mediante la Disposición N° 64 de fecha 2 de mayo de 1995.
En los considerandos expresa que la Dirección de Explotación de Servicios Aerocomerciales de la Dirección Nacional de Transporte Aéreo de la ANAC informó que dicha empresa no poseía capacidad técnica-operativa al no tener afectado ningún equipo de vuelo a los servicios autorizados y no había iniciado la prestación de los mismos.
En tanto por Resolución 30/2012 retiró a la Empresa Águila del Sur Sociedad Anónima la autorización para explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando aeronaves de reducido y gran porte, oportunamente otorgada mediante la Disposición N° 75 de fecha 30 de junio de 1995.
En los considerandos expresa que no contaba con aeronave alguna afectada para el desarrollo de sus servicios, motivo por el cual carecía de capacidad técnico-operativa, e inclusive no había acreditado actividad Aerocomercial alguna.
 
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