Menú
Inicio
Visitar el Sitio Zona Militar
Foros
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Qué hay de nuevo
Nuevos mensajes
Última actividad
Miembros
Visitantes actuales
Entrar
Registrarse
Novedades
Buscar
Buscar
Buscar sólo en títulos
Por:
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Menú
Entrar
Registrarse
Inicio
Foros
Area Militar General
Temas de Defensa General
Reforma al Código de Justicia Militar
JavaScript is disabled. For a better experience, please enable JavaScript in your browser before proceeding.
Estás usando un navegador obsoleto. No se pueden mostrar estos u otros sitios web correctamente.
Se debe actualizar o usar un
navegador alternativo
.
Responder al tema
Mensaje
<blockquote data-quote="Flakiten" data-source="post: 240737" data-attributes="member: 53"><p>Gente esto no es cosa de K, el asunto viene de antes precisamente desde la reforma de la Constitución Nacional durante el menemato. </p><p>Dentro de la reforma se le dió validez constitucional a los tratados internacionales como por ejemplo el mentado pacto de San José de Costa Rica. </p><p>Por ende ninguna ley nacional o provincial puede oponerse o contradecir a los pactos internacionales a los cuales la argentina suscribe pues son como la constitución.</p><p>No es el primer código en ser reformado, pero es uno de los primeros nacionales que escucho, la nación se ha quedado bastante en esto. </p><p>En la Provincia de Buenos Aires fueron reformadas todas las leyes de los trabajadores provinciales, el código procesal penal de la provincia, la ley de la policía, y muchos otros.</p><p>Quizas parezca un golpe K pero viene de arrastre el asunto.-</p><p></p><p>Saludos</p><p></p><p><span style="font-size: 9px">PD. Las penas de arresto o detención cuando no corresponden a una conducta tipificada como delito no son contempladas en el Pacto de San José de Costa Rica.</span></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Flakiten, post: 240737, member: 53"] Gente esto no es cosa de K, el asunto viene de antes precisamente desde la reforma de la Constitución Nacional durante el menemato. Dentro de la reforma se le dió validez constitucional a los tratados internacionales como por ejemplo el mentado pacto de San José de Costa Rica. Por ende ninguna ley nacional o provincial puede oponerse o contradecir a los pactos internacionales a los cuales la argentina suscribe pues son como la constitución. No es el primer código en ser reformado, pero es uno de los primeros nacionales que escucho, la nación se ha quedado bastante en esto. En la Provincia de Buenos Aires fueron reformadas todas las leyes de los trabajadores provinciales, el código procesal penal de la provincia, la ley de la policía, y muchos otros. Quizas parezca un golpe K pero viene de arrastre el asunto.- Saludos [SIZE="1"]PD. Las penas de arresto o detención cuando no corresponden a una conducta tipificada como delito no son contempladas en el Pacto de San José de Costa Rica.[/SIZE] [/QUOTE]
Insertar citas…
Verificación
Libertador de Argentina
Responder
Inicio
Foros
Area Militar General
Temas de Defensa General
Reforma al Código de Justicia Militar
Este sitio usa cookies. Para continuar usando este sitio, se debe aceptar nuestro uso de cookies.
Aceptar
Más información.…
Arriba