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<blockquote data-quote="Argentino en ejercicio" data-source="post: 3711484" data-attributes="member: 75669"><p>PREGUNTA N° 270</p><p>MALVINAS</p><p>De acuerdo a información publicada en distintos medios especializados, el 10 de marzo del corriente, habría aterrizado en las Islas Malvinas, un Airbus A350-900 XWB. El vuelo chárter LH 2572 de Lufthansa tenía previsto salir de Munich a las 7.20 hs del 10 de marzo pasado, para llegar a las Islas Malvinas a las 19 hs del mismo día. El vuelo de regreso LH 2573, habría sido el 12 de marzo pasado, partiendo a las 19 hs desde la base aérea de la Royal Air Force (RAF) y llegando a Munich a las 13.20 hs del día siguiente. Remita informe sobre la solicitud de ingreso a nuestras Islas Malvinas, del vuelo chárter operado por Lufthansa, cuyo permiso fuera solicitado oportunamente y si el mismo, se encontraba debidamente autorizado y controlado. Según informó la plataforma de seguimiento de vuelos satelital flightrader24, el pasado 13 de enero del corriente año, entre las 14 y las 14.20hs del corriente año, se observó y documentó cómo un turborreactor Airbus 400 M Atlas de la Real Fuerza Aérea británica, matrícula ZM421, posicionado en la base militar de la OTAN de las usurpadas Islas Malvinas, efectuó una peligrosa y sugestiva aproximación a los aviones comerciales de de Aerolíneas Argentinas ARG1888 y ARG1886, y los FBZ5997 y FBZ 5995 de la empresa Flybondi entre otros, que operaban entre Ushuaia y Aeroparque Jorge Newbery. Al respecto informe: ¿Con qué sistema de radares se detectó a la aeronave de la Real Fuerza británica? Detalle las acciones que se tomaron una vez detectada la aeronave. Informe la ubicación exacta en latitud y longitud, al igual que cuál la distancia más próxima a un vuelo comercial. En esta misma línea, se solicita que informe cuáles son las alertas tempranas que posee el Comando Conjunto Aeroespacial con respecto a las aeronaves que violan el espacio aéreo de la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA)</p><p></p><p>RESPUESTA</p><p>El Ministerio de Defensa informa que el vuelo de Lufthansa referido presentó el correspondiente plan de vuelo y fue autorizado por la ANAC, tanto a la ida como a la vuelta. Asimismo, no necesitó realizar Autorización de Sobrevuelo Militar porque fue un vuelo no regular que se rige por el Convenio de Aviación Civil Internacional en la órbita de la Organización de Aviación Civil Internacional.</p><p>Los radares que posee la República Argentina (tanto los primarios como los secundarios) no tienen el alcance para cubrir las Islas Malvinas, por lo tanto, la actividad aérea se monitorea a través de fuentes abiertas, especialmente Flightradar24. Cada vez que se detecta un vuelo en, desde o hacia las Islas Malvinas, se registran los datos del tipo de aeronave, trayectoria, zona de vuelo, altitud, velocidad, etc. Cuando dichos vuelos inician y/o finalizan su recorrido en algún país de Sudamérica, se envía un informe detallado a Cancillería.</p><p>La trayectoria del vuelo del Airbus A400M del día 13 de enero no constituyó una violación del Espacio Aéreo Nacional. De acuerdo a lo establecido en la Ley 23.968 de 1991 (Espacios Marítimos), la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA) se extiende, más allá del límite exterior del mar territorial, hasta una distancia de 200 millas marinas a partir de las líneas de base que se establecen en el artículo 1 de dicha ley. La exclusividad comprende las aguas, el lecho submarino y el subsuelo de las áreas submarinas, no así el espacio aéreo sobre ellas, por lo que no aplica el concepto de “violación del espacio aéreo” sobre esa zona.</p><p></p><p>Espacio aéreo soberano es el que existe sobre el territorio argentino propiamente dicho y el que se encuentra sobre el “Mar Territorial Argentino” que llega hasta las 12 millas marinas de las líneas de base (Ley 23.968 – Espacios Marítimos - Artículo 3).</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Argentino en ejercicio, post: 3711484, member: 75669"] PREGUNTA N° 270 MALVINAS De acuerdo a información publicada en distintos medios especializados, el 10 de marzo del corriente, habría aterrizado en las Islas Malvinas, un Airbus A350-900 XWB. El vuelo chárter LH 2572 de Lufthansa tenía previsto salir de Munich a las 7.20 hs del 10 de marzo pasado, para llegar a las Islas Malvinas a las 19 hs del mismo día. El vuelo de regreso LH 2573, habría sido el 12 de marzo pasado, partiendo a las 19 hs desde la base aérea de la Royal Air Force (RAF) y llegando a Munich a las 13.20 hs del día siguiente. Remita informe sobre la solicitud de ingreso a nuestras Islas Malvinas, del vuelo chárter operado por Lufthansa, cuyo permiso fuera solicitado oportunamente y si el mismo, se encontraba debidamente autorizado y controlado. Según informó la plataforma de seguimiento de vuelos satelital flightrader24, el pasado 13 de enero del corriente año, entre las 14 y las 14.20hs del corriente año, se observó y documentó cómo un turborreactor Airbus 400 M Atlas de la Real Fuerza Aérea británica, matrícula ZM421, posicionado en la base militar de la OTAN de las usurpadas Islas Malvinas, efectuó una peligrosa y sugestiva aproximación a los aviones comerciales de de Aerolíneas Argentinas ARG1888 y ARG1886, y los FBZ5997 y FBZ 5995 de la empresa Flybondi entre otros, que operaban entre Ushuaia y Aeroparque Jorge Newbery. Al respecto informe: ¿Con qué sistema de radares se detectó a la aeronave de la Real Fuerza británica? Detalle las acciones que se tomaron una vez detectada la aeronave. Informe la ubicación exacta en latitud y longitud, al igual que cuál la distancia más próxima a un vuelo comercial. En esta misma línea, se solicita que informe cuáles son las alertas tempranas que posee el Comando Conjunto Aeroespacial con respecto a las aeronaves que violan el espacio aéreo de la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA) RESPUESTA El Ministerio de Defensa informa que el vuelo de Lufthansa referido presentó el correspondiente plan de vuelo y fue autorizado por la ANAC, tanto a la ida como a la vuelta. Asimismo, no necesitó realizar Autorización de Sobrevuelo Militar porque fue un vuelo no regular que se rige por el Convenio de Aviación Civil Internacional en la órbita de la Organización de Aviación Civil Internacional. Los radares que posee la República Argentina (tanto los primarios como los secundarios) no tienen el alcance para cubrir las Islas Malvinas, por lo tanto, la actividad aérea se monitorea a través de fuentes abiertas, especialmente Flightradar24. Cada vez que se detecta un vuelo en, desde o hacia las Islas Malvinas, se registran los datos del tipo de aeronave, trayectoria, zona de vuelo, altitud, velocidad, etc. Cuando dichos vuelos inician y/o finalizan su recorrido en algún país de Sudamérica, se envía un informe detallado a Cancillería. La trayectoria del vuelo del Airbus A400M del día 13 de enero no constituyó una violación del Espacio Aéreo Nacional. De acuerdo a lo establecido en la Ley 23.968 de 1991 (Espacios Marítimos), la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA) se extiende, más allá del límite exterior del mar territorial, hasta una distancia de 200 millas marinas a partir de las líneas de base que se establecen en el artículo 1 de dicha ley. La exclusividad comprende las aguas, el lecho submarino y el subsuelo de las áreas submarinas, no así el espacio aéreo sobre ellas, por lo que no aplica el concepto de “violación del espacio aéreo” sobre esa zona. Espacio aéreo soberano es el que existe sobre el territorio argentino propiamente dicho y el que se encuentra sobre el “Mar Territorial Argentino” que llega hasta las 12 millas marinas de las líneas de base (Ley 23.968 – Espacios Marítimos - Artículo 3). [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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