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<blockquote data-quote="Delfin" data-source="post: 346378" data-attributes="member: 2582"><p>Hola! si me permiten meter la cuchara... la "prohibición" es un poco relativa. Ante un caso de LEGÍTIMA DEFENSA, el juez sólo juzga si hubo o no "legítima defensa". Si considera que están dadas las circunstancias para que el acusado sea absuelto, lo absuelve y punto. Luego, si se comprobó que el tirador utilizó munición con PUNTA hueca (JHP = Jacket HOLLOW POINT) le pasa el caso al RENAR ante quien el LU tiene la oportunidad de defenderse y con un buen abogado... la cosa no pasa más que por una sanción menor. </p><p> </p><p>De hecho, el RENAR sólo puede aplicar sanciones administrativas (dado que el uso de puntas huecas NO ES DELITO - para que lo fuera tendría que estar tipificado en el Código Penal... y NO LO ESTÁ) que pueden ir desde una simple reprimenda: "Ud no debe hacer más semejante cosa...!" :rofl: pasando por una MULTA... y llegando hasta el extremo (raro) de quitarle al LU su credencial de Legítimo Usuario.</p><p> </p><p>Es decir: uno se juega la vida -si no usa ammo apropiada para la defensa- o una sanción administrativa. Cada uno debe decidir responsablemente.</p><p> </p><p>Por algo... ha habido resoluciones ministeriales que habilitan a la Pol Federal (creo que a los cuerpos de GOES) para el uso de puntas JHP</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Delfin, post: 346378, member: 2582"] Hola! si me permiten meter la cuchara... la "prohibición" es un poco relativa. Ante un caso de LEGÍTIMA DEFENSA, el juez sólo juzga si hubo o no "legítima defensa". Si considera que están dadas las circunstancias para que el acusado sea absuelto, lo absuelve y punto. Luego, si se comprobó que el tirador utilizó munición con PUNTA hueca (JHP = Jacket HOLLOW POINT) le pasa el caso al RENAR ante quien el LU tiene la oportunidad de defenderse y con un buen abogado... la cosa no pasa más que por una sanción menor. De hecho, el RENAR sólo puede aplicar sanciones administrativas (dado que el uso de puntas huecas NO ES DELITO - para que lo fuera tendría que estar tipificado en el Código Penal... y NO LO ESTÁ) que pueden ir desde una simple reprimenda: "Ud no debe hacer más semejante cosa...!" :rofl: pasando por una MULTA... y llegando hasta el extremo (raro) de quitarle al LU su credencial de Legítimo Usuario. Es decir: uno se juega la vida -si no usa ammo apropiada para la defensa- o una sanción administrativa. Cada uno debe decidir responsablemente. Por algo... ha habido resoluciones ministeriales que habilitan a la Pol Federal (creo que a los cuerpos de GOES) para el uso de puntas JHP [/QUOTE]
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