¿Pero aguas internacionales no es más allá de la ZEE?, estuve leyendo del tema y no lo comprendo muy bien. USA dice que esta por afuera de las 12 millas y que son aguas internacionales, según las CONVEMAR las aguas internacionales son por fuera de la milla 200. ¿Esta posición de USA se debe a que no firmó la CONVEMAR?.
Es un tema complejo. Vamos por parte.
En este caso tenemos que hablar de Dos Partes.
PARTE UNO. ¿Qué dice la CONVEMAR?
En primer lugar, existe algo llamado "Mar Territorial" que es hasta las 12 millas. Esas son las únicas, únicas, únicas, aguas auténticamente nacionales para un país ribereño. Se aplican las leyes del país.
Ningún buque de guerra extranjero puede navegar sin autorización, salvo condiciones muy concretas que contempla el tratado. Si un buque de guerra penetra en estas aguas, se lo considera invasión.
El destructor estadounidense no navego por este espacio marítimo.
En segundo lugar, existe la "zona contigua" que es hasta la milla 24. Un país ribereño continúa ejerciendo su soberanía en dichas aguas. Pero es una "soberanía limitada". Ya no aplican las leyes nacionales. Sólo se aplican las normas previstas en la CONVEMAR. Para todo lo demás son "aguas internacionales".
El destructor en cuestión tampoco navego por este espacio marítimo.
En tercer lugar, existe la zona "Zona Económica Exclusiva". Es hasta la milla 200. Un país ribereño ejerce su soberanía en forma extremadamente limitada, abarcando exclusivamente la explotación económica (de allí el nombre). Para absolutamente todo lo demás son "aguas internacionales".
El destructor en cuestión navego por este espacio marítimo. Los buques de guerra no desarrollan una actividad económica, así que gozan del derecho a la libre navegación de las aguas internacionales.
Los buques de guerra extranjeros pueden hacer aquí lo que se les dé la regalada gana... menos pescar. Pueden detenerse, disparar sus armas contra cualquiera, dar vueltas, hacer una fiesta, etc.
La noticia habla de 60 kilometros o millas (no me queda claro) por lo que es por aquí que navego el destructor estadounidense.
En cuarto lugar, existe la "Plataforma Continental". Es hasta donde se extiende la plataforma continental o las 350 millas, lo que suceda primero. Un país ribereño ejerce su soberanía en forma extremadamente limitada: el suelo y subsuelo (petróleo, minería, animales y plantas que viven en el suelo marino, etc.).
Para todo lo demás son "aguas internacionales".
Finalmente, existen las "aguas internacionales" propiamente dichas. Es todo lo que no queda cubierto por los párrafos previos. Ningún Estado ejerce ningún tipo de soberanía. Pero, como habrá notado, muchas cosas que forman parte de las aguas internacionales ya se gozan desde el momento en que hablamos de la Zona Contigua y, especialmente, después de ella.
En particular, para los buques de guerra extranjeros no hay diferencias a partir de la milla 12. Para un buque de guerra, allí comienzan las aguas internacionales.
En síntesis, la "soberanía nacional" es bastante más limitada de lo que la mayoría de la gente cree. Y las "aguas internacionales", en lo que respecta al derecho a la libre navegación, en general, y de los buques de guerra, en particular; comienzan mucho antes.
PARTE DOS. ¿Para quienes tiene valides la CONVEMAR?
No existe una ley internacional universal, es decir, respetada por absolutamente todos los países del mundo.
En el derecho internacional cada ley es valida sólo y exclusivamente para aquellos países que adhirieron a dicha ley. La única excepción es la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.
En el caso de la COVENMAR, fue firmada y ratificada por los países que en el siguiente mapa aparecen en verde oscuro:
Para los países que no firmaron y ratificaron, la CONVEMAR no tiene ningún tipo de valides, salvo entendiéndola como parte de los "usos y costumbre".
Especialmente, los países que nunca firmaron (en gris en el mapa) básicamente están en contra de la CONVEMAR. Consideran que la misma NO tiene valides. No existe para ellos.
Si presta atención, Estados Unidos y Venezuela NO firmaron la CONVEMAR.
Para ambos países, no existe la Zona Contigua, ni la Zona Económica Exclusiva, ni la Plataforma Continental.
Sólo existe el Mar Territorial que llega hasta las 12 millas, todo lo demás son aguas internacionales.
Así que, con mas razón, en este caso en particular este destructor ha estado navegando en aguas internacionales.
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PARTE TRES. Holanda.
El caso curioso es que Holanda si es firmante de la CONVEMAR. ¿Qué tiene que ver este país en todo esto? pues que estas tres islas son ocupadas por Holanda. Para estas tres islas sí existe la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental. Pero es algo que, eventualmente, sólo podría reclamar Holanda.
Holanda ocupo estas tres islas como resultado de un conflicto con Venezuela que se desarrollo a principios del siglo XX. Uno de los resultados del acontecimiento histórico conocido como Bloqueo Naval a Venezuela de 1902-1903.
Venezuela reclama la devolución de dichas islas desde ese entonces. Es uno de varios conflictos limítrofes que mantiene Venezuela con Holanda, Colombia y Guyana. No recuerdo ahora si también mantiene un conflicto limítrofe por algunas islas con el Reino Unido.
En particular, Argentina y Estados Unidos históricamente apoyaron la postura venezolana en lo que a esta materia se refiere. En el caso de Estados Unidos, dio nacimiento al Corolario Roosevelt de la Doctrina Monroe. En el caso de Argentina, dio nacimiento a la Doctrina Drago.