Menú
Inicio
Visitar el Sitio Zona Militar
Foros
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Qué hay de nuevo
Nuevos mensajes
Última actividad
Miembros
Visitantes actuales
Entrar
Registrarse
Novedades
Buscar
Buscar
Buscar sólo en títulos
Por:
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Menú
Entrar
Registrarse
Inicio
Foros
Fuerzas Terrestres
Noticias y Actualidad de las Fuerzas Terrestres
Interesante curso para reservistas
JavaScript is disabled. For a better experience, please enable JavaScript in your browser before proceeding.
Estás usando un navegador obsoleto. No se pueden mostrar estos u otros sitios web correctamente.
Se debe actualizar o usar un
navegador alternativo
.
Responder al tema
Mensaje
<blockquote data-quote="SSRNARA" data-source="post: 312225" data-attributes="member: 6982"><p>La diferencia radica en el status jurídico que posee uno y otro.</p><p></p><p>Los ex-liceístas son reservistas, porque pueden ser convocados sólamente por el Congreso de la Nación ante una situación especial, y es en ese caso cuándo adquieren el "estado militar" y sólamente por el tiempo en que son convocados. No cobran sueldo, ni pensión en su estado "pasivo", sólamente cuándo pasan al estado "activo", y acotado a este período puntual.</p><p></p><p>Por su parte, los retirados son aquellos que formaron parte del cuadro permanente, y por ello perciben un sueldo hasta su fallecimiento. Pueden ser convocados tanto por el JEMC de las FFAA, como por el Jefe de su Fuerza, como por el Presidente de la Nación. Poseen "estado militar" todo el tiempo, por lo cual están sujetos a todas las disposiciones castrenses (aún si estan en la vida civil)</p><p></p><p>Esta es la diferencia básica, pero si se desea profundizar más en la materia, se deben consultar las últimas directivas del MINDEF posteriores a la derogación del Código de Justicia Militar.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="SSRNARA, post: 312225, member: 6982"] La diferencia radica en el status jurídico que posee uno y otro. Los ex-liceístas son reservistas, porque pueden ser convocados sólamente por el Congreso de la Nación ante una situación especial, y es en ese caso cuándo adquieren el "estado militar" y sólamente por el tiempo en que son convocados. No cobran sueldo, ni pensión en su estado "pasivo", sólamente cuándo pasan al estado "activo", y acotado a este período puntual. Por su parte, los retirados son aquellos que formaron parte del cuadro permanente, y por ello perciben un sueldo hasta su fallecimiento. Pueden ser convocados tanto por el JEMC de las FFAA, como por el Jefe de su Fuerza, como por el Presidente de la Nación. Poseen "estado militar" todo el tiempo, por lo cual están sujetos a todas las disposiciones castrenses (aún si estan en la vida civil) Esta es la diferencia básica, pero si se desea profundizar más en la materia, se deben consultar las últimas directivas del MINDEF posteriores a la derogación del Código de Justicia Militar. [/QUOTE]
Insertar citas…
Verificación
¿Cuanto es 2 mas 6? (en letras)
Responder
Inicio
Foros
Fuerzas Terrestres
Noticias y Actualidad de las Fuerzas Terrestres
Interesante curso para reservistas
Este sitio usa cookies. Para continuar usando este sitio, se debe aceptar nuestro uso de cookies.
Aceptar
Más información.…
Arriba