Menú
Inicio
Visitar el Sitio Zona Militar
Foros
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Qué hay de nuevo
Nuevos mensajes
Última actividad
Miembros
Visitantes actuales
Entrar
Registrarse
Novedades
Buscar
Buscar
Buscar sólo en títulos
Por:
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Menú
Entrar
Registrarse
Inicio
Foros
Area Militar General
Temas de Defensa General
Argentina: Noticias del Ministerio de Defensa
JavaScript is disabled. For a better experience, please enable JavaScript in your browser before proceeding.
Estás usando un navegador obsoleto. No se pueden mostrar estos u otros sitios web correctamente.
Se debe actualizar o usar un
navegador alternativo
.
Responder al tema
Mensaje
<blockquote data-quote="Checho32" data-source="post: 3757354" data-attributes="member: 37798"><p>Erróneo, la Constitución Nacional determina las materias sobre las que no se puede sacar un DNU, los cuales SIEMPRE son sobre materia propia del Congreso... un DNU es eso, un decreto que reemplaza a una LEY.</p><p></p><p>Constitución Nacional Argentina</p><p>Atribuciones del Poder Ejecutivo</p><p></p><p>ARTÍCULO 99.- El presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones: </p><p></p><p>3. Participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar. <em>El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo.</em> <strong><em>Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia</em></strong>, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros. El jefe de gabinete de ministros personalmente y dentro de los diez días someterá la medida a consideración de la Comisión Bicameral Permanente, cuya composición deberá respetar la proporción de las representaciones políticas de cada Cámara. </p><p></p><p>Esta comisión elevará su despacho en un plazo de diez días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato considerarán las Cámaras. Una ley especial sancionada con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara regulará el trámite y los alcances de la intervención del Congreso.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Checho32, post: 3757354, member: 37798"] Erróneo, la Constitución Nacional determina las materias sobre las que no se puede sacar un DNU, los cuales SIEMPRE son sobre materia propia del Congreso... un DNU es eso, un decreto que reemplaza a una LEY. Constitución Nacional Argentina Atribuciones del Poder Ejecutivo ARTÍCULO 99.- El presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones: 3. Participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar. [I]El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo.[/I] [B][I]Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia[/I][/B], los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros. El jefe de gabinete de ministros personalmente y dentro de los diez días someterá la medida a consideración de la Comisión Bicameral Permanente, cuya composición deberá respetar la proporción de las representaciones políticas de cada Cámara. Esta comisión elevará su despacho en un plazo de diez días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato considerarán las Cámaras. Una ley especial sancionada con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara regulará el trámite y los alcances de la intervención del Congreso. [/QUOTE]
Insertar citas…
Verificación
¿Cuanto es 2 mas 6? (en letras)
Responder
Inicio
Foros
Area Militar General
Temas de Defensa General
Argentina: Noticias del Ministerio de Defensa
Este sitio usa cookies. Para continuar usando este sitio, se debe aceptar nuestro uso de cookies.
Aceptar
Más información.…
Arriba