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<blockquote data-quote="Argentino en ejercicio" data-source="post: 3668725" data-attributes="member: 75669"><p>EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA</p><p></p><p>DECRETA:</p><p></p><p>ARTÍCULO 1°.- Reconócese el grado de Subtenientes de Reserva al personal de Soldados Aspirantes a Oficiales de Reserva (AOR) Veteranos de Guerra de Malvinas.</p><p></p><p>ARTÍCULO 2°.- El MINISTERIO DE DEFENSA implementará las medidas que resulten necesarias para efectivizar lo establecido en el artículo 1º del presente e individualizar y otorgar el grado de Subteniente de Reserva al personal de Soldados Aspirantes a Oficiales de Reserva (AOR) Veteranos de Guerra de Malvinas, dejando constancia del arma o especialidad correspondiente.</p><p></p><p>ARTÍCULO 3°.- El reconocimiento establecido por la presente medida será otorgado también “post mortem” a todos los Soldados Aspirantes a Oficiales de Reserva (AOR) Veteranos de Guerra de Malvinas fallecidos en ocasión del conflicto o con posterioridad al mismo.</p><p></p><p>ARTÍCULO 4°.- El personal comprendido en las disposiciones del presente decreto será reconocido en el marco de la próxima conmemoración del “Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas”.</p><p></p><p>ARTÍCULO 5°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.</p><p></p><p>ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.</p><p></p><p>[URL unfurl="true"]https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/323357/20250403[/URL]</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Argentino en ejercicio, post: 3668725, member: 75669"] EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1°.- Reconócese el grado de Subtenientes de Reserva al personal de Soldados Aspirantes a Oficiales de Reserva (AOR) Veteranos de Guerra de Malvinas. ARTÍCULO 2°.- El MINISTERIO DE DEFENSA implementará las medidas que resulten necesarias para efectivizar lo establecido en el artículo 1º del presente e individualizar y otorgar el grado de Subteniente de Reserva al personal de Soldados Aspirantes a Oficiales de Reserva (AOR) Veteranos de Guerra de Malvinas, dejando constancia del arma o especialidad correspondiente. ARTÍCULO 3°.- El reconocimiento establecido por la presente medida será otorgado también “post mortem” a todos los Soldados Aspirantes a Oficiales de Reserva (AOR) Veteranos de Guerra de Malvinas fallecidos en ocasión del conflicto o con posterioridad al mismo. ARTÍCULO 4°.- El personal comprendido en las disposiciones del presente decreto será reconocido en el marco de la próxima conmemoración del “Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas”. ARTÍCULO 5°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL. ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. [URL unfurl="true"]https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/323357/20250403[/URL] [/QUOTE]
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