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<blockquote data-quote="Derruido" data-source="post: 1329032" data-attributes="member: 30"><p>Pero es información de Presidencia.</p><p> </p><p>Salute</p><p>El Derru</p><p><span style="color: rgb(204,204,204)"><span style="font-size: 10px">--- merged: 15 Mar 2013 a las 22:42 ---</span></span></p><p><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'"><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'"><span style="font-family: 'Verdana'">Las imágenes no las puedo pegar ni capturar. Para que vean de que se trata.</span></span></span></span></span></p><p> </p><p>Bs. As., 10/11/1964</p><p> </p><p>VISTO lo informado por el señor Secretario de Estado de Guerra; lo propuesto por el señor Ministro</p><p> </p><p>Secretario en el Departamento de Defensa Nacional en expediente 207/64 Cde 49 (SG), y</p><p> </p><p>CONSIDERANDO:</p><p> </p><p>Que la estructura, régimen funcional y despliegue actual de la Fuerza Ejército responden a</p><p> </p><p>concepciones orgánico-operacionales que han sido superadas por las nuevas exigencias</p><p> </p><p>derivadas de la situación internacional y de la constante evolución de la técnica moderna;</p><p> </p><p>Que las formas que adquieren los conflictos modernos obligan a los países a mantener sus fuerzas</p><p> </p><p>en un permanente alistamiento a fin de afrontar con éxito las amenazas externas e internas;</p><p> </p><p>Que en consecuencia se hace necesario transformar la Fuerza Ejército en un instrumento</p><p> </p><p>ágil y potente, con un adecuado despliegue y alistamiento para el combate y dotado de los</p><p> </p><p>elementos más modernos así como sostenido logísticamente e instruído de acuerdo con</p><p> </p><p>las técnicas más evolucionadas;</p><p> </p><p>Que asimismo resulta una necesidad que esta nueva estructura sea fácil y rápidamente remontable</p><p> </p><p>mediante la movilización sin que ello implique cambios sustanciales en su estructura;</p><p> </p><p>Que las modificaciones que imponen las exigencias precedentemente señaladas, por su</p><p> </p><p>naturaleza, volumen y alcance deberán materializarse en forma gradual y a lo largo de un</p><p> </p><p>lapso prolongado, a través de sucesivas resoluciones parciales,</p><p> </p><p>EL PRESIDENTE</p><p> </p><p>DE LA NACION ARGENTINA</p><p> </p><p>DECRETA:</p><p> </p><p>Artículo 1º</p><p><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'"><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'">— Apruébanse las modificaciones orgánicas correspondientes al primer tramo del</span></span></span></span></p><p>Plan de Reestructuración de la Fuerza Ejército, contenidas en las planillas anexas, las que se iniciarán</p><p>el 16 de noviembre del corriente año.</p><p>Art. 2º</p><p> </p><p><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'"><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'">— Facúltase al señor Secretario de Estado de Guerra para que adopte las medidas</span></span></span></span></p><p>pertinentes que posibiliten el efectivo cumplimiento de dichas modificaciones orgánicas, debiendo</p><p>informar periódicamente sobre los cambios introducidos.</p><p>Art. 3º</p><p> </p><p><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'"><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'">— El señor Secretario de Estado de Guerra elevará oportunamente las modificaciones</span></span></span></span></p><p>orgánicas correspondientes a los sucesivos tramos del Plan de Reestructuración de la Fuerza</p><p>Ejército.</p><p>Art. 4º</p><p> </p><p><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'"><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'">— El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento</span></span></span></span></p><p>de Defensa Nacional y firmado por el señor Secretario de Estado de Guerra.</p><p>Art. 5º</p><p> </p><p><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'"><span style="font-size: 9px"><span style="font-family: 'HelveticaNeueLTStd-Roman'">— Comuníquese, publíquese en Boletín Confidencial de la Secretaría de Guerra y archívese</span></span></span></span></p><p>en la Secretaría de Estado de Guerra (Comando en Jefe del Ejército - Estado Mayor General</p><p>del Ejército - Subjefatura III Operaciones). — ILLIA.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Derruido, post: 1329032, member: 30"] Pero es información de Presidencia. Salute El Derru [COLOR=rgb(204,204,204)][SIZE=2]--- merged: 15 Mar 2013 a las 22:42 ---[/SIZE][/COLOR] [SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman][SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman][FONT=Verdana]Las imágenes no las puedo pegar ni capturar. Para que vean de que se trata.[/FONT][/FONT][/SIZE][/FONT][/SIZE] Bs. As., 10/11/1964 VISTO lo informado por el señor Secretario de Estado de Guerra; lo propuesto por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Defensa Nacional en expediente 207/64 Cde 49 (SG), y CONSIDERANDO: Que la estructura, régimen funcional y despliegue actual de la Fuerza Ejército responden a concepciones orgánico-operacionales que han sido superadas por las nuevas exigencias derivadas de la situación internacional y de la constante evolución de la técnica moderna; Que las formas que adquieren los conflictos modernos obligan a los países a mantener sus fuerzas en un permanente alistamiento a fin de afrontar con éxito las amenazas externas e internas; Que en consecuencia se hace necesario transformar la Fuerza Ejército en un instrumento ágil y potente, con un adecuado despliegue y alistamiento para el combate y dotado de los elementos más modernos así como sostenido logísticamente e instruído de acuerdo con las técnicas más evolucionadas; Que asimismo resulta una necesidad que esta nueva estructura sea fácil y rápidamente remontable mediante la movilización sin que ello implique cambios sustanciales en su estructura; Que las modificaciones que imponen las exigencias precedentemente señaladas, por su naturaleza, volumen y alcance deberán materializarse en forma gradual y a lo largo de un lapso prolongado, a través de sucesivas resoluciones parciales, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º [SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman][SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman]— Apruébanse las modificaciones orgánicas correspondientes al primer tramo del[/FONT][/SIZE][/FONT][/SIZE] Plan de Reestructuración de la Fuerza Ejército, contenidas en las planillas anexas, las que se iniciarán el 16 de noviembre del corriente año. Art. 2º [SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman][SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman]— Facúltase al señor Secretario de Estado de Guerra para que adopte las medidas[/FONT][/SIZE][/FONT][/SIZE] pertinentes que posibiliten el efectivo cumplimiento de dichas modificaciones orgánicas, debiendo informar periódicamente sobre los cambios introducidos. Art. 3º [SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman][SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman]— El señor Secretario de Estado de Guerra elevará oportunamente las modificaciones[/FONT][/SIZE][/FONT][/SIZE] orgánicas correspondientes a los sucesivos tramos del Plan de Reestructuración de la Fuerza Ejército. Art. 4º [SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman][SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman]— El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento[/FONT][/SIZE][/FONT][/SIZE] de Defensa Nacional y firmado por el señor Secretario de Estado de Guerra. Art. 5º [SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman][SIZE=1][FONT=HelveticaNeueLTStd-Roman]— Comuníquese, publíquese en Boletín Confidencial de la Secretaría de Guerra y archívese[/FONT][/SIZE][/FONT][/SIZE] en la Secretaría de Estado de Guerra (Comando en Jefe del Ejército - Estado Mayor General del Ejército - Subjefatura III Operaciones). — ILLIA. [/QUOTE]
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