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Argentina: Noticias del Ministerio de Defensa
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<blockquote data-quote="pulqui" data-source="post: 102997" data-attributes="member: 194"><p><strong>X 2</strong></p><p></p><p><strong><span style="font-size: 18px"><p style="text-align: center">GARRÉ PIDIÓ A LA JUSTICIA QUE MENÉNDEZ DEJE DE SER ALOJADO EN UNA UNIDAD MILITAR </p><p></span></strong></p><p>La ministra de Defensa, Nilda Garré, solicitó de manera urgente al presidente del tribunal oral federal de Tucumán, Dr. Carlos Jiménez Montilla, que juzgó al Sr. Benjamín Menéndez, que ponga “fin al uso de la unidad militar ex Arsenal Miguel de Azcuénaga” para alojar al ex militar condenado hoy.</p><p></p><p>La razón esgrimida por la ministra fue que ninguna Unidad Militar es “idónea para alojar a personas condenadas en procesos penales, ya sea desde el punto de vista edilicio, como en lo que respecta a las condiciones de seguridad” necesarias para personas privadas de su libertad.</p><p></p><p>Así mismo, destacó que ni el Ministerio de Defensa, ni ninguna otra dependencia de las Fuerzas Armadas puede asumir la responsabilidad de alojar a personas que se encuentran privadas de su libertad sin que esto implique violar “prescripciones establecidas por la Ley de Defensa Nacional N° 23.554 y excederse en sus competencias”.</p><p></p><p>Conforme a lo expresado, la ministra manifestó que ha “dispuesto la prohibición de nuevos alojamientos de personas procesadas penalmente en unidades militares, en estricta consonancia con el marco legal vigente”.</p><p></p><p></p><p>Buenos Aires, 28 de agosto de 2008</p><p>______________________________</p><p></p><p><strong><p style="text-align: center"><span style="font-size: 18px">ENTRÓ EN VIGENCIA LA LEY QUE IMPLEMENTA EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA MILITAR Y DEROGA EL ANTIGUO CÓDIGO </span></p><p></strong></p><p>El Ministerio de Defensa informa que con su publicación en Boletín Oficial del día de la fecha entra en vigencia la Ley 26.394 que implementa el nuevo Sistema de Justicia Militar y deroga el antiguo Código de Justicia Militar.</p><p></p><p>La mencionada Ley obtuvo sanción completa del Congreso de la Nación el pasado 6 de agosto y fue promulgada el 26 de este mismo mes. El artículo N° 7 de la norma estipula que comenzará a regir a los seis meses de su promulgación, y que durante ese lapso se llevará a cabo en las áreas pertinentes un programa de divulgación y capacitación sobre su contenido y aplicación. Por su parte, el artículo siguiente estipula para el mismo período la formación en el ámbito del Ministerio de Defensa de una comisión destinada a elaborar el proyecto de reglamentación pertinente de acuerdo a las especificidades de cada Fuerza.</p><p></p><p>La Ley 26.394 comprende la derogación del Código de Justicia Militar (Ley Nro. 14.029), las modificaciones al Código Penal y al Código Procesal Penal, el establecimiento del Procedimiento Penal Militar para Tiempos de Guerra y otros Conflictos Armados, el establecimiento de las Instrucciones para la Población Civil en tiempos de Guerra y otros Conflictos Armados, la instauración del Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas y la organización del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas.</p><p></p><p>El texto de la Ley (aprobada por 154 votos a favor y 2 en contra en la Cámara de Diputados y por unanimidad en la de Senadores) fue elaborado en el 2006 por una comisión integrada por destacados juristas penales y auditores de las Fuerzas Armadas, cuya convocatoria fue realizada desde el Ministerio de Defensa. Entre ellos se destacan el doctor Raúl Zaffaroni (en representación de la Facultad de Derecho de la UBA), el profesor Alberto Binder (INECIP), la doctora Mirta López González (Asociación de Mujeres Juezas de la Argentina), el doctor Gabriel Valladares (Comité Internacional de la Cruz Roja), el almirante Agustín Reilly (Auditor General de las Fuerzas Armadas), el coronel auditor Manuel O. Lozano, el doctor Alejandro Slokar (subsecretario de Política Criminal) el doctor Rodolfo Mattarollo (Secretaría de Derechos Humanos de la Nación) e instituciones como el CIPPEC y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).</p><p>_____________________________</p><p></p><p><strong>MinDef.</strong></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="pulqui, post: 102997, member: 194"] [b]X 2[/b] [B][SIZE="5"][CENTER]GARRÉ PIDIÓ A LA JUSTICIA QUE MENÉNDEZ DEJE DE SER ALOJADO EN UNA UNIDAD MILITAR [/CENTER][/SIZE][/B] La ministra de Defensa, Nilda Garré, solicitó de manera urgente al presidente del tribunal oral federal de Tucumán, Dr. Carlos Jiménez Montilla, que juzgó al Sr. Benjamín Menéndez, que ponga “fin al uso de la unidad militar ex Arsenal Miguel de Azcuénaga” para alojar al ex militar condenado hoy. La razón esgrimida por la ministra fue que ninguna Unidad Militar es “idónea para alojar a personas condenadas en procesos penales, ya sea desde el punto de vista edilicio, como en lo que respecta a las condiciones de seguridad” necesarias para personas privadas de su libertad. Así mismo, destacó que ni el Ministerio de Defensa, ni ninguna otra dependencia de las Fuerzas Armadas puede asumir la responsabilidad de alojar a personas que se encuentran privadas de su libertad sin que esto implique violar “prescripciones establecidas por la Ley de Defensa Nacional N° 23.554 y excederse en sus competencias”. Conforme a lo expresado, la ministra manifestó que ha “dispuesto la prohibición de nuevos alojamientos de personas procesadas penalmente en unidades militares, en estricta consonancia con el marco legal vigente”. Buenos Aires, 28 de agosto de 2008 ______________________________ [B][CENTER][SIZE="5"]ENTRÓ EN VIGENCIA LA LEY QUE IMPLEMENTA EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA MILITAR Y DEROGA EL ANTIGUO CÓDIGO [/SIZE][/CENTER][/B] El Ministerio de Defensa informa que con su publicación en Boletín Oficial del día de la fecha entra en vigencia la Ley 26.394 que implementa el nuevo Sistema de Justicia Militar y deroga el antiguo Código de Justicia Militar. La mencionada Ley obtuvo sanción completa del Congreso de la Nación el pasado 6 de agosto y fue promulgada el 26 de este mismo mes. El artículo N° 7 de la norma estipula que comenzará a regir a los seis meses de su promulgación, y que durante ese lapso se llevará a cabo en las áreas pertinentes un programa de divulgación y capacitación sobre su contenido y aplicación. Por su parte, el artículo siguiente estipula para el mismo período la formación en el ámbito del Ministerio de Defensa de una comisión destinada a elaborar el proyecto de reglamentación pertinente de acuerdo a las especificidades de cada Fuerza. La Ley 26.394 comprende la derogación del Código de Justicia Militar (Ley Nro. 14.029), las modificaciones al Código Penal y al Código Procesal Penal, el establecimiento del Procedimiento Penal Militar para Tiempos de Guerra y otros Conflictos Armados, el establecimiento de las Instrucciones para la Población Civil en tiempos de Guerra y otros Conflictos Armados, la instauración del Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas y la organización del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas. El texto de la Ley (aprobada por 154 votos a favor y 2 en contra en la Cámara de Diputados y por unanimidad en la de Senadores) fue elaborado en el 2006 por una comisión integrada por destacados juristas penales y auditores de las Fuerzas Armadas, cuya convocatoria fue realizada desde el Ministerio de Defensa. Entre ellos se destacan el doctor Raúl Zaffaroni (en representación de la Facultad de Derecho de la UBA), el profesor Alberto Binder (INECIP), la doctora Mirta López González (Asociación de Mujeres Juezas de la Argentina), el doctor Gabriel Valladares (Comité Internacional de la Cruz Roja), el almirante Agustín Reilly (Auditor General de las Fuerzas Armadas), el coronel auditor Manuel O. Lozano, el doctor Alejandro Slokar (subsecretario de Política Criminal) el doctor Rodolfo Mattarollo (Secretaría de Derechos Humanos de la Nación) e instituciones como el CIPPEC y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). _____________________________ [B]MinDef.[/B] [/QUOTE]
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