Sistema de Interdicción del Tránsito Aéreo Irregular (SITAI)

Chan!

Colaborador
Y la avioneta no puede ser usada como arma en sí acaso???
Que pasó en EEUU en 2001???
y si en lugar de usarla para estrellarla nomás, está cargada con algún agente QBN y revientan la avioneta con explosivos sobre alguna ciudad importante cerca de frontera como Posadas o Formosa???
Y si cuando esté el CAREM en formosa a alguno se le ocurre cargarla de explosivos y estrellarla contra la central???

Vamos, seamos serios... las cosas por su nombre.
 

argie

Fernet Lover
Colaborador
A ver, decime.
¿Cómo hacés para saber que no es la avioneta que despegó del aeroclub local el que tiene un agente QBN o explosivos?. Porque en las torres gemelas los aviones no vinieron del exterior....
¿O sólo las avionetas foraneas pueden ser usadas como armas?.
 

Chan!

Colaborador
A ver, decime.
¿Cómo hacés para saber que no es la avioneta que despegó del aeroclub local el que tiene un agente QBN o explosivos?. Porque en las torres gemelas los aviones no vinieron del exterior....
¿O sólo las avionetas foraneas pueden ser usadas como armas?.

Porque vos tenés control (en teoría al menos) de lo que hay fronteras adentro... no es que vas a la farmacia y comprás 2 kg. de plutonio o unas cepas de antrax para llevar. Quién te dice qué es lo que viene en una aeronave procedente de otro país donde vos no ejercés el control efectivo???
Por algo acá no se ve que haya venta de armas y otros elementos de contrabando al nivel en que se da en Paraguay, por citar un ejemplo...
El tipo que despega del aeroclub local, tiene su aeronave en regla, no sale de la nada... está habilitado, tiene su licencia y sale con el aval del aeroclub. Con alguien que viene de afuera no tenés esas garantías. Así de simple.
 

argie

Fernet Lover
Colaborador
No hace falta estar en infración. Nadie te controla lo que subís a la aeronave. Nadie controla lo que subís a tu auto. También hay experiencias.
A lo que voy es que se está buscando fantasmas en el lugar equivocado. No es una cuestión de defensa nacional, si es de seguridad.
 

Chan!

Colaborador
No hace falta estar en infración. Nadie te controla lo que subís a la aeronave. Nadie controla lo que subís a tu auto. También hay experiencias.
A lo que voy es que se está buscando fantasmas en el lugar equivocado. No es una cuestión de defensa nacional, si es de seguridad.

En las inmortales palabras de Don Thunder:

No lo sabemos...

Pd: Nadie controla lo que subís, pero hay control de qué es lo que podés conseguir... acá no se consiguen bombas "sucias", los elementos para hacerlas y demases. En otro país, no lo sé... cada cual sabe qué árboles crecen en su patio. El del vecino, es un mundo aparte.
 
Espero que funcione pero por favor no quiero ver un Puca o un Agusta en la cola del cessna que volamos con los compinches en Jardin America, Misiones!!!
Aca es habitual sobrevolar el rio, o volarlo bajo...y es la frontera con el PY.
Nosotros estamos a 18 km de la frontera con el Paraguay y la verdad es que ves de todo, pero el trafico mas grave no es con avionetas, eso puede ser en el interior de la argentina, aca el narco trafico va "todito" por via fluvial + camion, lo mismo ocurre en Formosa y corrientes.
Busquen en los diarios misioneros y se caen de culo, acá los decomisos de falopa se cuentan en miles de Kg....
 

Chan!

Colaborador
Espero que funcione pero por favor no quiero ver un Puca o un Agusta en la cola del cessna que volamos con los compinches en Jardin America, Misiones!!!
Aca es habitual sobrevolar el rio, o volarlo bajo...y es la frontera con el PY.
Nosotros estamos a 18 km de la frontera con el Paraguay y la verdad es que ves de todo, pero el trafico mas grave no es con avionetas, eso puede ser en el interior de la argentina, aca el narco trafico va "todito" por via fluvial + camion, lo mismo ocurre en Formosa y corrientes.
Busquen en los diarios misioneros y se caen de culo, acá los decomisos de falopa se cuentan en miles de Kg....

Ni hablar de los palmiteros y los traficantes de madera en la zona NE de la Pcia. (Pto Iguazú y zonas aledañas sobre todo...)
 

thunder

Veterano Guerra de Malvinas
Miembro del Staff
Moderador
Estimado Argie

Los vas a ver porque se requerirá contacto visual.
Te vas a acercar, hacer señas, modular, pedir datos con la matrícula, ponerte adelante y vorticearlo , hacerle pito catalán, dispararle a errar, etc.

Si después de todo ello, no obtenés una respuesta satisfactoria aumentas la escalada. Es un juego peligroso pero si llegó a ese punto está en el horno.

En EEUU si te das a la fuga te siguen por un rato. Si no pasa nada te pinchan las gomas y si seguís, (ya para esta altura cometiste varios delitos) te empujan el auto. Si volcás y te matás es un problema tuyo.

Ejemplo local.

Te hace señas un funcionario policial o municipal competente en tránsito. No haces caso y seguis, no pasa nada. Si te agarran te agregan desobediencia y seguro te secuestran la unidad. Sos un infractor, en realidad hasta ahí imputado.

Pero si le tirás el auto encima, lo golpeas, o dañas alguna propiedad pública (moto, auto, etc) ya pasás a estar imputado de un delito.

En otras palabras.
La resistencia es per se una falta o delito según lo que hagas.

En el caso de una aeronave, igual que el de un vehículo que escapa de un retén policial se puede presuponer que se halla en la comisión flagrante de un delito o la secuela de uno.
Se puede actuar con fiscales o jueces para aprobar la interceptación efectiva con el menor uso de fuerza posible.-
 

El-comechingón

Fanático del Asado
Que hubiera una Ley de Derribos, seguro incluye un procedimiento... un par de advertencias, una rafaga... y si el piloto sigue obstinadamente su camino... se lo derriba.
Un par de derribos y ya no va haber tanto loquito haciéndose el Tom Cat con un Cessna.
 
Ya se hablo cuarentamil veces sobre el tema de los "derribos". Es ilegal, es ineficiente, es ineficaz, y no sirve para nada.
 

Juanma

Colaborador
Colaborador
Y aclaremos algo importante.
Si te interceptaron es porque ya estas haciendo algo raro.
Ya sea porque no tenes plan de vuelo, porque no respondiste a los llamados de tierra, etc.


Si la avioneta abre fuego, coincido. Se esta defendiendo. Pero me parece que que no pasa seguido, o si?

Estas queriendo defender lo indefendible
Lee lo de arriba.
 

Derruido

Colaborador
Es como dice Juanma.
Incluso se puede acondicionar los interceptores con alguna arma de bajo calibre para escalar en la medida de lo posible la eficaz detención de la nave aérea y cese de la presunta comisión delictual.

Además es sencillo, si se dispone de medios para seguir la avioneta y para hacer el relevo de ese medio que la persigue, tarde o temprano en algun lado va a tener que descender, si hay un operativo en marcha dificilmente se puedan escapar con la carga. Y si la van a tocar, y bueno a ametrallar el avión con su carga estando en el suelo.

Pero igual, necesitamos una ley de derribo, para otros casos.

Salute
El Derru
 

Juanma

Colaborador
Colaborador
Ya se hablo cuarentamil veces sobre el tema de los "derribos". Es ilegal, es ineficiente, es ineficaz, y no sirve para nada.
:ack2:


Segun quien?

Ademas, no hay un articulo Brasileño que dice lo contrario?
 

paulo

Forista Sancionado o Expulsado
. Resultados iniciais da Lei do Abate

Os resultados da Lei do Abate foram contabilizados no mês seguinte à sua entrada em vigor. Em novembro de 2004, constatou-se a redução de 32% dos vôos irregulares, embora não tivesse ocorrido ainda nenhuma medida extrema de interceptação de aeronaves identificadas 41. Em janeiro de 2005, a Polícia Federal e a Aeronáutica já percebiam mudanças nas rotas do tráfico, com redução de 60% de vôos clandestinos originados da Bolívia, Peru e Colômbia, sendo que os vôos irregulares em todo o Brasil tiveram redução média de 40% nesse período 42. A Polícia Federal identificou também a mudança das rotas que usavam o espaço aéreo brasileiro, como a rota da Colômbia ao Suriname, que substituiu o Brasil pela Venezuela como área de passagem, e as rotas que saíam da Colômbia direto para o Centro-Sul brasileiro, substituídas por rotas que passam por Bolívia e Paraguai ou Costa do Pacífico antes de entrar no Brasil .43 O Suriname se destaca também por ser via de mão dupla de saída de armas ilegais e entrada de drogas.

Em abril de 2004, a Comissão Parlamentar de Inquérito que investigava o tráfico de armas concluiu que a Lei do Abate havia ocasionado a priorização de transportes terrestres para o tráfico de armas no Brasil 44 e o incremento do uso de transporte terrestre nos primeiros 100 km de fronteira e continuação via aérea a partir de uma cidade brasileira na fronteira, visto que as rotas aéreas internacionais eram as mais vigiadas 45. A vantagem desta tática está também no tempo de vôo necessário para realizar tal operação (20 minutos), que é menor do que o tempo necessário para que as aeronaves interceptadoras possam chegar às localizações fronteiriças (45 minutos) 46.


Foto 147




Outra possibilidade seria a rota aérea do Suriname ao litoral do Nordeste, onde há menor visibilidade 48. As apreensões de droga por vias fluviais e terrestres aumentaram no Nordeste de 10% para 25% do total de apreensões após um ano de aplicação da Lei do Abate 49.

As autoridades acreditavam que a redução e as mudanças de rota dos vôos criminosos seriam maiores quando ocorresse o primeiro abate com repercussão internacional .50 O primeiro abate foi realizado em abril de 2005, na cidade de Santana do Livramento (RS), fronteira com o Uruguai. Até o final de 2005, haviam sido registradas vinte ocorrências, sendo dez na região Amazônica 51.
Em 2007, o aumento das apreensões de droga no Brasil foi explicado pela DEA pela intensificação do fluxo no corredor entre Colômbia e Brasil passando pela Venezuela, com objetivo de fazer chegar a cocaína à Europa via Brasil e África. Inicialmente, a Polícia Federal creditava o aumento das apreensões à Lei do Abate, que substituíram o uso de rotas aéreas por rotas terrestres e fluviais. Aliás, esse tem sido o teor de maior parte das avaliações de autoridades. Como conseqüência, têm sido reforçadas ações de controle de rotas fluviais e terrestres, como as implementadas na fronteira brasileira com a Bolívia e a Colômbia, como as bases da Polícia Federal em Costa Marques (RO), inaugurada em 2006 52, e Santo Antônio do Içá (AM), inaugurada em 2008 53.
 

El-comechingón

Fanático del Asado
Yo no esperaría a que en Argentina las patotas narco tengan el poder (de fuego) que tienen en otros países... les presentaría a la frontera Argentina como un escenario sumamente hostil.
 

argie

Fernet Lover
Colaborador
:ack2:


Segun quien?

Ademas, no hay un articulo Brasileño que dice lo contrario?

Según el Código Penal Argentino, Ley 11.179. (Notar que dice "Argentino", no "Brasileño").

Prueben que la ley autoriza a matar a alguien desarmado.... :yonofui:

...si pueden. :sifone:
 
:ack2:


Segun quien?

Ademas, no hay un articulo Brasileño que dice lo contrario?

Según la LEY y la más elementales normas de inteligencia criminal.

El articulo brasilero dice que la disminución de los vuelos ilegales fue en el mejor de los casos del orden al 40%, osea que el otro 60% no se amedrento. Ahora, lo importante ¿esta merma en los vuelos fue proporcional a la droga ingresada? no, la misma incluso se incremeto ya que simplemente se cambio de estrategia y se intensifico el trafico por tierra y agua.

Es ilegal: porque se trata de una asesinato extrajudicial.
Es inaficaz: porque no elimina los vuelos ilegales.
Es ineficiente: porque la relación inversión de recursos/resultados es deficitaria.

Yo quiero capturar al piloto para sacarle información y capturar la aeronave para confiscarla, al matar al piloto pierdo información, al destruir la aeronave estoy desperdiciando recursos.

Se hablo 40 mil veces el tema. La "Ley de derribos" para asutar a los narcos no sirve para nada.
 

thunder

Veterano Guerra de Malvinas
Miembro del Staff
Moderador
El Código Penal de la Nación no tiene por función autorizar sino detallar las conductas punibles.
Así lo que no se encuentre expresamente prohibido está permitido.

No es exactamente este caso ya que provocar o facilitar la muerte de una persona es un delito.
Sin embargo, existen excepciones y, puntualmente el art.80 inciso 9º reprime la conducta de un funcionario que "abusando de su cargo" provoque la muerte de una persona.
Mientras que el art 34 inciso 4º establece la no-punibilidad de un funcionario que obrare en cumplimiento de su deber.

Claro está que atrás de esto hay mucho para tejer.-
 
Y recordemos el truco de neutralización ya comentado: Basta que en el avion viaje un niño o alguien que elegue ser rehen para neutralizar todo intento de derribo...
 
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