Menú
Inicio
Visitar el Sitio Zona Militar
Foros
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Qué hay de nuevo
Nuevos mensajes
Última actividad
Miembros
Visitantes actuales
Entrar
Registrarse
Novedades
Buscar
Buscar
Buscar sólo en títulos
Por:
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Menú
Entrar
Registrarse
Inicio
Foros
Area Militar General
Malvinas 1982
Noticias relativas al conflicto
JavaScript is disabled. For a better experience, please enable JavaScript in your browser before proceeding.
Estás usando un navegador obsoleto. No se pueden mostrar estos u otros sitios web correctamente.
Se debe actualizar o usar un
navegador alternativo
.
Responder al tema
Mensaje
<blockquote data-quote="Daniel G. Gionco" data-source="post: 2942593" data-attributes="member: 7124"><p>Como muchos de ustedes saben, desde 1999 me dedico a difundir los beneficios sociales para los veteranos de guerra.</p><p></p><p>Acabo de encontrar una norma "pintoresca" que me pareció interesante difundir por ZM, para los integrantes de la "barra pesquera"...</p><p></p><p></p><p>-0-0-0-0-0-0-0-0-0-0-0-0-0-0-</p><p></p><h3>Resolución 30/2007 del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Prov. de Buenos Aires</h3><p>Fecha de promulgación: 27/03/2007</p><p>Fecha de publicación: 07/06/2007</p><p>Número de Boletín Oficial: 25671</p><p></p><p>---------------------------------------</p><p>La Plata, 30 de mayo de 2007.</p><p></p><p>EL SUBSECRETARIO DE ACTIVIDADES PESQUERAS Y DESARROLLO DEL DELTA, RESUELVE:</p><p></p><p>ARTICULO 1º. Otorgar Licencia de Pesca Deportiva para Veteranos de Guerra de Malvinas (VGM) sin cargo y sin término de caducidad, a toda persona que acredite su condición de tal.</p><p></p><p>ARTICULO 2º. Establecer como requisito ineludible para la obtención de la Licencia a que hace referencia el artículo precedente, la presentación de la documentación que acredite ser Veterano de Guerra de Malvinas (VGM) expedida por el Organismo Oficial correspondiente.</p><p></p><p>ARTICULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. </p><p></p><p></p><p><strong>Oscar Angel Fortunato</strong></p><p>Subsecretario de Actividades Pesqueras y</p><p>Desarrollo del Delta</p><p>Ministerio de Asuntos Agrarios</p><p>C.C. 6.280</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Daniel G. Gionco, post: 2942593, member: 7124"] Como muchos de ustedes saben, desde 1999 me dedico a difundir los beneficios sociales para los veteranos de guerra. Acabo de encontrar una norma "pintoresca" que me pareció interesante difundir por ZM, para los integrantes de la "barra pesquera"... -0-0-0-0-0-0-0-0-0-0-0-0-0-0- [HEADING=2]Resolución 30/2007 del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Prov. de Buenos Aires[/HEADING] Fecha de promulgación: 27/03/2007 Fecha de publicación: 07/06/2007 Número de Boletín Oficial: 25671 --------------------------------------- La Plata, 30 de mayo de 2007. EL SUBSECRETARIO DE ACTIVIDADES PESQUERAS Y DESARROLLO DEL DELTA, RESUELVE: ARTICULO 1º. Otorgar Licencia de Pesca Deportiva para Veteranos de Guerra de Malvinas (VGM) sin cargo y sin término de caducidad, a toda persona que acredite su condición de tal. ARTICULO 2º. Establecer como requisito ineludible para la obtención de la Licencia a que hace referencia el artículo precedente, la presentación de la documentación que acredite ser Veterano de Guerra de Malvinas (VGM) expedida por el Organismo Oficial correspondiente. ARTICULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. [B]Oscar Angel Fortunato[/B] Subsecretario de Actividades Pesqueras y Desarrollo del Delta Ministerio de Asuntos Agrarios C.C. 6.280 [/QUOTE]
Insertar citas…
Verificación
Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
Responder
Inicio
Foros
Area Militar General
Malvinas 1982
Noticias relativas al conflicto
Este sitio usa cookies. Para continuar usando este sitio, se debe aceptar nuestro uso de cookies.
Aceptar
Más información.…
Arriba