Menú
Inicio
Visitar el Sitio Zona Militar
Foros
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Qué hay de nuevo
Nuevos mensajes
Última actividad
Miembros
Visitantes actuales
Entrar
Registrarse
Novedades
Buscar
Buscar
Buscar sólo en títulos
Por:
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Menú
Entrar
Registrarse
Aviso de importancia, Reglamento del Foro actualizado. Reglas Técnicas, punto Q. Ir al siguiente link:
Ver aviso
Inicio
Foros
Fuerzas Aéreas
Noticias y Actualidad de las Fuerzas Aéreas
Noticias de la Fuerza Aérea de Perú
JavaScript is disabled. For a better experience, please enable JavaScript in your browser before proceeding.
Estás usando un navegador obsoleto. No se pueden mostrar estos u otros sitios web correctamente.
Se debe actualizar o usar un
navegador alternativo
.
Responder al tema
Mensaje
<blockquote data-quote="lethal" data-source="post: 3589215" data-attributes="member: 75151"><p>Se ve que no entendiste nada, lo cual no extraña.</p><p></p><p>Una cosa es que el Congreso apruebe formalmente el presupuesto y otra que este Poder del Estado, por esa sola prerrogativa, pueda redefinir las prioridades del gasto público que el Poder Ejecutivo establece o reasignar partidas de tal manera que vuelva inviable el ejercicio de la Política General de Gobierno, aprobada con DS ° 042-2023-PCM. Las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo están en las Ley N°29158 y entre ellas está la defensa nacional, siendo una función de la PR adoptar las medidas que garanticen la defensa nacional, por lo cual puede, en ejercicio de la función de administración de la hacienda pública, reasignarse partidas dentro del Poder Ejecutivo, para garantizar el cumplimiento de la PGG.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="lethal, post: 3589215, member: 75151"] Se ve que no entendiste nada, lo cual no extraña. Una cosa es que el Congreso apruebe formalmente el presupuesto y otra que este Poder del Estado, por esa sola prerrogativa, pueda redefinir las prioridades del gasto público que el Poder Ejecutivo establece o reasignar partidas de tal manera que vuelva inviable el ejercicio de la Política General de Gobierno, aprobada con DS ° 042-2023-PCM. Las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo están en las Ley N°29158 y entre ellas está la defensa nacional, siendo una función de la PR adoptar las medidas que garanticen la defensa nacional, por lo cual puede, en ejercicio de la función de administración de la hacienda pública, reasignarse partidas dentro del Poder Ejecutivo, para garantizar el cumplimiento de la PGG. [/QUOTE]
Insertar citas…
Verificación
Libertador de Argentina
Responder
Inicio
Foros
Fuerzas Aéreas
Noticias y Actualidad de las Fuerzas Aéreas
Noticias de la Fuerza Aérea de Perú
Este sitio usa cookies. Para continuar usando este sitio, se debe aceptar nuestro uso de cookies.
Aceptar
Más información.…
Arriba