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<blockquote data-quote="EFDV" data-source="post: 3772859" data-attributes="member: 15609"><p>Igual que en Argentina y la mayoría de países que copian y pegan la misma carta magna, para ser presidente de Estados Unidos es necesario ser ciudadano nativo o por opción. Así que no pueden los ciudadanos nacionalizados.</p><p>Luego, en la mayoría de los Estados (provincias) mantienen el mismo principio en sus constituciones estatales. Aunque también existen numerosas excepciones que permiten a los ciudadanos nacionalizados aspirar a cargos ejecutivos estatales. </p><p></p><p>No suelen existir ningún tipo de restricciones para ciudadanos nacionalizados para cargos legislativos estatales y nacionales.</p><p>Tampoco suelen existir ningún tipo de restricción para ciudadanos nacionalizados en los niveles de gobierno locales, es decir, poderes legislativos y ejecutivos municipales. </p><p></p><p>También es habitual que ciudadanos extranjeros puedan aspirar a cargos ejecutivos y legislativos locales, aunque pueden existir algunas restricciones menores. Por ejemplo, en la provincia donde vivo los ciudadanos extranjeros pueden aspirar a ser concejales, pero existe un cupo por el que sólo un tercio del Concejo Deliberante puede ser cubierto por ciudadanos extranjeros. </p><p></p><p>Demás esta decir que, con escasas excepciones, los extranjeros pueden hacer carrera de funcionarios (empleados publicos como solemos decir en Argentina). </p><p>Entre las escasas excepciones se suelen encontrar las fuerzas de seguridad y las fuerzas de defensa en todos los niveles. Típicamente restringida a ciudadanos (sean nativos, por opción o nacionalizados) y, por tanto, quedando los extranjeros excluidos. Pero en muchos casos existen regímenes de excepciones que facilitan la incorporación de extranjeros con vía rápida a la ciudadanía incluida, como las famosas legiones extranjeras.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="EFDV, post: 3772859, member: 15609"] Igual que en Argentina y la mayoría de países que copian y pegan la misma carta magna, para ser presidente de Estados Unidos es necesario ser ciudadano nativo o por opción. Así que no pueden los ciudadanos nacionalizados. Luego, en la mayoría de los Estados (provincias) mantienen el mismo principio en sus constituciones estatales. Aunque también existen numerosas excepciones que permiten a los ciudadanos nacionalizados aspirar a cargos ejecutivos estatales. No suelen existir ningún tipo de restricciones para ciudadanos nacionalizados para cargos legislativos estatales y nacionales. Tampoco suelen existir ningún tipo de restricción para ciudadanos nacionalizados en los niveles de gobierno locales, es decir, poderes legislativos y ejecutivos municipales. También es habitual que ciudadanos extranjeros puedan aspirar a cargos ejecutivos y legislativos locales, aunque pueden existir algunas restricciones menores. Por ejemplo, en la provincia donde vivo los ciudadanos extranjeros pueden aspirar a ser concejales, pero existe un cupo por el que sólo un tercio del Concejo Deliberante puede ser cubierto por ciudadanos extranjeros. Demás esta decir que, con escasas excepciones, los extranjeros pueden hacer carrera de funcionarios (empleados publicos como solemos decir en Argentina). Entre las escasas excepciones se suelen encontrar las fuerzas de seguridad y las fuerzas de defensa en todos los niveles. Típicamente restringida a ciudadanos (sean nativos, por opción o nacionalizados) y, por tanto, quedando los extranjeros excluidos. Pero en muchos casos existen regímenes de excepciones que facilitan la incorporación de extranjeros con vía rápida a la ciudadanía incluida, como las famosas legiones extranjeras. [/QUOTE]
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