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El F-16 en la Fuerza Aérea Argentina
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<blockquote data-quote="me262" data-source="post: 3698459" data-attributes="member: 33946"><p>Estimado, aunque un país extranjero haya adquirido aviones de combate a través del programa FMS, la propiedad y el control operativo de estas aeronaves permanecen bajo la jurisdicción USA mientras estén ahí, conforme las regulaciones establecidas por ITAR (International Traffic in Arms Regulations).</p><p></p><p>Esto significa que no se puede mover, modificar o usar sin autorización del DoS o del DoD.</p><p>Las aeronaves extranjeras en suelo USA operan bajo custodia del DoD o un contratista debidamente autorizado.</p><p>Incluso los pilotos extranjeros deben operar bajo reglas específicas y escolta, por seguridad y protección de tecnología sensible.</p><p></p><p>Solo tras la entrega formal y la transferencia de título, el país comprador obtiene plena propiedad y control sobre las aeronaves...</p><p></p><p>[URL unfurl="true"]https://www.researchsecurity.pitt.edu/export-defense-articles-and-services-itar[/URL]</p><p></p><p>Saludos.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="me262, post: 3698459, member: 33946"] Estimado, aunque un país extranjero haya adquirido aviones de combate a través del programa FMS, la propiedad y el control operativo de estas aeronaves permanecen bajo la jurisdicción USA mientras estén ahí, conforme las regulaciones establecidas por ITAR (International Traffic in Arms Regulations). Esto significa que no se puede mover, modificar o usar sin autorización del DoS o del DoD. Las aeronaves extranjeras en suelo USA operan bajo custodia del DoD o un contratista debidamente autorizado. Incluso los pilotos extranjeros deben operar bajo reglas específicas y escolta, por seguridad y protección de tecnología sensible. Solo tras la entrega formal y la transferencia de título, el país comprador obtiene plena propiedad y control sobre las aeronaves... [URL unfurl="true"]https://www.researchsecurity.pitt.edu/export-defense-articles-and-services-itar[/URL] Saludos. [/QUOTE]
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