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<blockquote data-quote="BIGUA82" data-source="post: 3496111" data-attributes="member: 14958"><p>Me conformo que el Poder Ejecutivo reglamente la Ley de Creacion del FONDEF.</p><p>El FONDEF es un fondo de afectación específica que tiene por objetivo financiar el proceso de reequipamiento de las Fuerzas Armadas, mediante la recuperación, modernización y/o incorporación de material. Fue creado en el año 2020 mediante la <strong>Ley N° 27.565</strong>.</p><p><strong>¿Cuál es entonces, el problema de la falta de reglamentación de la Ley 27.565?</strong></p><p>En general las leyes, no están reglamentadas, y por tanto no cuentan con procedimientos específicos para su aplicación.</p><p>Esta reglamentación debe ser hecha por el Poder Ejecutivo y de no hacerla, cuando la Ley es muy general o cuando las personas beneficiarias o alcanzadas por la Ley no demandan su cumplimiento ante la Justicia, <strong>terminan por quedar en letra muerta.</strong></p><p>En definitiva, podemos afirmar que la falta de reglamentación implica en la práctica un doble derecho de veto, lo que constituye una violación a los principios contenidos en la Constitución Nacional , con el agravante de que esta omisión implica bloquear la voluntad legislativa.</p><p>Es decir: <strong>“Como no me gusta tu Ley, o como la Ley es de la oposición política, entonces no la reglamento, a fin de cuentas, si nadie reclama quedará en un cajón y no se aplicará nunca …”</strong></p><p>Algun dia....algun gobierno puede decir que la Ley de creacion del FONDEF no existe mas,no tiene mas valor juridico.</p><p></p><p>Nadie habla o escribe sobre esta cuestion,que es el cimiento para el aumento del presupuesto.Quien debe inpulsar esta iniciativa para mi mandatoria? en Ministro de Defensa.</p><p>Es mi opinion .</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="BIGUA82, post: 3496111, member: 14958"] Me conformo que el Poder Ejecutivo reglamente la Ley de Creacion del FONDEF. El FONDEF es un fondo de afectación específica que tiene por objetivo financiar el proceso de reequipamiento de las Fuerzas Armadas, mediante la recuperación, modernización y/o incorporación de material. Fue creado en el año 2020 mediante la [B]Ley N° 27.565[/B]. [B]¿Cuál es entonces, el problema de la falta de reglamentación de la Ley 27.565?[/B] En general las leyes, no están reglamentadas, y por tanto no cuentan con procedimientos específicos para su aplicación. Esta reglamentación debe ser hecha por el Poder Ejecutivo y de no hacerla, cuando la Ley es muy general o cuando las personas beneficiarias o alcanzadas por la Ley no demandan su cumplimiento ante la Justicia, [B]terminan por quedar en letra muerta.[/B] En definitiva, podemos afirmar que la falta de reglamentación implica en la práctica un doble derecho de veto, lo que constituye una violación a los principios contenidos en la Constitución Nacional , con el agravante de que esta omisión implica bloquear la voluntad legislativa. Es decir: [B]“Como no me gusta tu Ley, o como la Ley es de la oposición política, entonces no la reglamento, a fin de cuentas, si nadie reclama quedará en un cajón y no se aplicará nunca …”[/B] Algun dia....algun gobierno puede decir que la Ley de creacion del FONDEF no existe mas,no tiene mas valor juridico. Nadie habla o escribe sobre esta cuestion,que es el cimiento para el aumento del presupuesto.Quien debe inpulsar esta iniciativa para mi mandatoria? en Ministro de Defensa. Es mi opinion . [/QUOTE]
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