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<blockquote data-quote="Perorata" data-source="post: 1555013" data-attributes="member: 15609"><p>Es muy parecido al procedimiento legislativo de Bolivia. </p><p></p><p>Antes que nada, es un proyecto de creación de una comisión de investigación por parte de un bloque de una de las dos cámaras que conforman el parlamento argentino. Aún no fue aprobado.</p><p>Suponiendo que finalmente termina siendo aprobada y se termine creando la comisión, tendrá las funciones que indica esta resolución. Las cuales son bastante limitadas y, en muchos aspectos, las puede llevar a cabo un diputado en forma individual y sin necesidad de constituir una comisión.</p><p></p><p>Los diputados de argentinas, en comisión o en forma individual, no pueden gestionar la creación de una comisión binacional. Esta fuera de sus facultades. </p><p>Sólo pueden crearse comisiones parlamentarias binacionales si los poderes ejecutivos de ambos países así lo acuerdan y, luego, los correspondientes parlamentos están de acuerdo con lo actuado por sus correspondientes poderes ejecutivos. </p><p>Hasta donde sé, no existe ninguna gestión en este sentido por parte de ninguno de los dos poderes ejecutivos. </p><p></p><p>Especulo que su consulta surge de que uno de los objetos de esta eventual comisión sería visitar el lugar de la polémica. </p><p>En este caso, la eventual eventual comisión de diputados argentinos puede ir al lugar e investigar todo lo que quiera sola y exlcusivamente del lado argentino. No pueden de modo alguno cruzar la frontera, ni entrevistar a habitantes del otro lado de la frontera, ni reunirse con autoridades del gobierno de Bolivia. </p><p>Esto también se aplica a autoridades bolivianas. No pueden tomar contacto con los eventuales diputados argentinos que formen parte de la comisión.</p><p></p><p>Vale recordar, por cierto, que lo oficial de los gobiernos de Bolivia y de Argentina es que no se ha creado ni puesto en práctica ninguna comisión binacional de rectificación de mojones y los correspondientes límites en los últimos años.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Perorata, post: 1555013, member: 15609"] Es muy parecido al procedimiento legislativo de Bolivia. Antes que nada, es un proyecto de creación de una comisión de investigación por parte de un bloque de una de las dos cámaras que conforman el parlamento argentino. Aún no fue aprobado. Suponiendo que finalmente termina siendo aprobada y se termine creando la comisión, tendrá las funciones que indica esta resolución. Las cuales son bastante limitadas y, en muchos aspectos, las puede llevar a cabo un diputado en forma individual y sin necesidad de constituir una comisión. Los diputados de argentinas, en comisión o en forma individual, no pueden gestionar la creación de una comisión binacional. Esta fuera de sus facultades. Sólo pueden crearse comisiones parlamentarias binacionales si los poderes ejecutivos de ambos países así lo acuerdan y, luego, los correspondientes parlamentos están de acuerdo con lo actuado por sus correspondientes poderes ejecutivos. Hasta donde sé, no existe ninguna gestión en este sentido por parte de ninguno de los dos poderes ejecutivos. Especulo que su consulta surge de que uno de los objetos de esta eventual comisión sería visitar el lugar de la polémica. En este caso, la eventual eventual comisión de diputados argentinos puede ir al lugar e investigar todo lo que quiera sola y exlcusivamente del lado argentino. No pueden de modo alguno cruzar la frontera, ni entrevistar a habitantes del otro lado de la frontera, ni reunirse con autoridades del gobierno de Bolivia. Esto también se aplica a autoridades bolivianas. No pueden tomar contacto con los eventuales diputados argentinos que formen parte de la comisión. Vale recordar, por cierto, que lo oficial de los gobiernos de Bolivia y de Argentina es que no se ha creado ni puesto en práctica ninguna comisión binacional de rectificación de mojones y los correspondientes límites en los últimos años. [/QUOTE]
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