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<blockquote data-quote="skayraider" data-source="post: 1939567" data-attributes="member: 35"><p>Constitucion Tierra del Fuego Art. 54 punto 7 ( La asignación prioritaria de medios suficientes para la elevación de la calidad de vida en los asentamientos humanos. Declárase a la Isla de los Estados, Isla de Año Nuevo e islotes adyacentes, patrimonio intangible y permanente de todos los fueguinos, "Reserva Provincial Ecológica, Histórica y Turística".); y el puesto hasta donde se estaba cerrado, en Noviembre pasado por medio de un decreto se habilito su uso con fines turisticos, pero siempre con gente del Infuetur como custodios, y por senderos determinados.</p><p></p><p>para los que la quieran conocer un poco mas, ese pdf es de la gobernacion de Tdf</p><p><a href="http://ciudadano.tierradelfuego.gov.ar/wp-content/uploads/2015/10/Revista_Isla_de-los-Estados.pdf" target="_blank">http://ciudadano.tierradelfuego.gov.ar/wp-content/uploads/2015/10/Revista_Isla_de-los-Estados.pdf</a></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="skayraider, post: 1939567, member: 35"] Constitucion Tierra del Fuego Art. 54 punto 7 ( La asignación prioritaria de medios suficientes para la elevación de la calidad de vida en los asentamientos humanos. Declárase a la Isla de los Estados, Isla de Año Nuevo e islotes adyacentes, patrimonio intangible y permanente de todos los fueguinos, "Reserva Provincial Ecológica, Histórica y Turística".); y el puesto hasta donde se estaba cerrado, en Noviembre pasado por medio de un decreto se habilito su uso con fines turisticos, pero siempre con gente del Infuetur como custodios, y por senderos determinados. para los que la quieran conocer un poco mas, ese pdf es de la gobernacion de Tdf [URL]http://ciudadano.tierradelfuego.gov.ar/wp-content/uploads/2015/10/Revista_Isla_de-los-Estados.pdf[/URL] [/QUOTE]
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