El pasado 25 de enero el periodista Andrés Klipphan, en Infobae, nos relató que la Prefectura Naval Argentina había actuado ante buques pesqueros coreanos, taiwaneses y
chinos, a los que califica como los mayores depredadores de la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA). Refirió, en su artículo, a lo ocurrido con el pesquero chino “HU SHUN YU 809″ -que operaba tres millas dentro de las 200- que fuera detenido por el guardacostas “Prefecto Derbes”, a la altura de Bahía Camarones, en la provincia de Chubut,
conteniendo en sus bodegas 600 toneladas de calamar.

La milla 201 -dice Klipphan- «suele convertirse, por su riqueza en especies, única en el planeta, en una verdadera ciudad nocturna con hasta más de 500 pesqueros. Cuando alguno de ellos ingresa a la ZEEA, es dónde actúa la autoridad nacional. A lo largo de su historia como policía, Prefectura detuvo un total de 76 buques que pescaban sin autorización dentro de la ZEEA y, de ese total, catorce fueron coreanos; once taiwaneses; once chinos; once españoles; ocho japoneses; siete uruguayos; dos polacos, rusos, británicos, ucranianos y, los restantes seis pesqueros de Alemania, Panamá, Venezuela, Chile, Ghana y Belice. En los últimos años, la mayoría de los buques contraventores son de bandera china y no pertenecen a empresas privadas, sino al gobierno de ese país (o mixta) y también españoles».

El 21 de febrero del año pasado el buque “JIG YUANG 626” de bandera china se fugó a la persecución del Guardacostas GC PNA-24 Mantilla, al igual que otros cuatro poteros de igual nombre y números 608, 616, 618 y 628 que huyeron hacia la zona de Malvinas, solicitándoles por tal motivo la captura internacional. La empresa Yantai Jinyuan Fisheris propietaria del “626” finalmente abonó la multa y gastos por una cifra cercana a los 8 millones de pesos. Luego el 4 de abril la Prefectura detuvo al pesquero español “Playa de Pesmar Uno”, con una carga de 350 toneladas de pescado procesado por un valor de 684 mil dólares, por lo que se le aplicó una multa de 7,5 millones de pesos, más 342 mil pesos de gastos. «Por estas acciones de preservación de la ZEEA, en 2018, la fuerza de seguridad decomisó 327 toneladas de pescados y, la Subsecretaria de Pesca, impulsó multas por unos 20 millones de pesos».

Sinceramente, para el lector desprevenido podría tratarse de una gran acción de la Prefectura y la Subsecretaría para cuidar nuestros intereses, pero deberíamos analizar en más detalle algunos datos: Desde 1983 a 2018 la Prefectura detuvo un promedio dos buques pesqueros extranjeros por año que pescaban en aguas argentinas. Ello parece absolutamente insuficiente en atención a los entre 250 y 500 buques extranjeros que pescan en el Atlántico Sudoccidental, que nosotros consideramos ilegales -por las
razones que veremos- ya sea que pesquen dentro de la ZEEA o, fuera de ella.

Las multas colocadas en 2018 parecen muy por debajo de lo razonable para desalentar futuras pescas ilegales. Solo al potero chino “626” que escapó y, cuyo titular, finalmente abonó unos 8 millones de pesos, seguramente le hubiese correspondido una multa de 10 millones de pesos, más un valor estimado por un potencial decomiso de la bodega completa de 47 millones de pesos, es decir, bastante más de lo que pagó.

Otro tanto ocurre con el buque español, donde no se especifica, si se le decomisó la captura, pero de no ser así, se le hubieran regalado unos 27 millones de pesos, ya que según el Art. 47º de la ley 24.922 se presume que todo lo pescado fue dentro de la ZEEA.
Pero, para evaluar la gravedad de las sanciones, deberíamos tener en cuenta tres  escenarios: a) el primero, si el buque extranjero pesca sin licencia debería aplicarse el máximo de la pena según establece la ley; b) el segundo, si el buque extranjero pesca con licencia inglesa dentro de la zona de exclusión pesquera británica ilegal alrededor de Malvinas (FOCZ), es decir dentro de la ZEEA, es una falta grave y, debería aplicarse la máxima pena más alguna accesoria. Ello es posible establecerlo ya que Prefectura y la
Subsecretaría de Pesca tiene la característica del buque licenciado y su capacidad de bodega y, c) el tercero, si con licencia británica pesca fuera de esa Zona de Exclusión (FOCZ) en la ZEE bajo control de Argentina o adyacente a ésta. Esto supone una falta gravísima, ya que el R.U. ocupa y pesca en forma prepotente la zona de exclusión pesquera alrededor de Malvinas (FOCZ) y accesoriamente va más allá, cuando los barcos licenciados ilegalmente por el R.U. pescan en la ZEE controlada por la Argentina o, los recursos migratorios o asociados de ésta. Es decir, que a través de estos buques licenciados el R.U. amplía la zona de invasión inglesa en el territorio marítimo argentino. En este caso correspondería la aplicación de una multa y el decomiso del buque y las materias primas capturadas.

Al buque chino “809” con 600 toneladas de calamar en bodegas no sabemos que multa se le colocó, pero, en cualquier caso, entre multa y decomiso debiera ser del orden de los 47 millones de pesos. Por cierto, estos procesos de control de la bodega, decomisos y multas deben garantizarse para evitar procesos de corrupción a la hora de pagar más o menos y/o decomisar más o menos.

Que la Prefectura Naval Argentina solo haya capturado un promedio de dos buques por año, podría atribuirse a incapacidad; falta de medios para actuar en forma permanente los 365 días al año, en especial por la particularidad de que el calamar se captura de noche; o, a una decisión política del gobierno de hacer la vista gorda cuando se trata de buques chinos, donde el gobierno es soja dependiente y recibe diversas inversiones de ese Estado. Llama mucho la atención, la inoperatividad argentina ante los buques de España, el mayor usuario de las licencias británicas pesqueras ilegales de Malvinas que, a su vez, es un
beneficiario insignificante en las aguas de Gran Bretaña.

A esta altura debemos observar, que la Subsecretaría de Pesca y la Prefectura Nacional tienen un concepto erróneo, respecto a que tienen que controlar las capturas de los buques extranjeros hasta la milla 200 y no pueden hacerlo desde la milla 201, ya que, conforme el art. 4º de la Ley 24.922 debieran hacerlo en toda la extensión de nuestra plataforma continental argentina (350 millas) que va más allá de las 200 millas de la ZEEA y, como también lo indica este artículo, en su condición de estado ribereño, «podrá adoptar medidas de conservación en el área adyacente a la ZEE sobre los recursos transzonales y altamente migratorios, o que pertenezcan a una misma población de especies asociadas a las de la ZEEA», situación que dejó claro al ratificar la CONVEMAR (Art. 2º). Lo mismo aplica, para la protección de los recursos que migran a la ZEEA que ocupa ilegalmente el R.U., donde la Argentina, debería -al menos- aplicar el criterio de precaución y accesoriamente aplicarles multas en función de las bodegas disponibles de los buques que
operan sin permiso argentino en esa área.

Un buque potero en una campaña captura unas 2.000 toneladas de calamar, así, que a un promedio de 2.300 U$S/tn nos da unos 4,6 millones de dólares, lo que demuestra las multas insignificantes en el caso que se apliquen. Un cálculo conservador nos indicaría que en forma anual la pesca extranjera captura por un valor de 2.000 millones de dólares y eso supera todas las exportaciones pesqueras anuales de Argentina, lo que demuestra el daño gravísimo que esta pesca ilegal causa a la actividad, que podría duplicar sus ingresos y triplicar el empleo nacional.

Aunque es difícil medir el daño al ecosistema, es fácil entender que este ocurre, porque hay un millón de toneladas/año que se pescan sin control y, mientras Argentina establece la Captura Máxima Permisible Anual en la ZEE, fuera de ella y sobre los recursos migratorios y asociados no hay control. Ello, no solo es importante por la pesca en sí, sino por cómo impacta biológicamente esa pesca en los recursos que captura Argentina, ya que el ecosistema es uno, indivisible. Por supuesto, no computamos aquí los escartes en alta mar y los que se realizan en la ZEEA.

¿Quién instruye y le da los equipos necesarios a la Prefectura para apresar a todos los buques extranjeros que pescan ilegalmente en la ZEEA y adyacente y, a la Subsecretaría de Pesca para que aplique multas ejemplares, que sostengan el control y, desalienten, el robo de nuestro patrimonio nacional?

Dr. César Augusto Lerena
Experto en Atlántico Sur y Pesca, ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Ctes) ex Profesor Universidad UNNE y FASTA, Asesor en el Senado de la Nación, Doctor en Ciencias, Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

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Cesar Lerena
Experto en Atlántico Sur y Pesca, ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Ctes) ex Profesor Universidad UNNE y FASTA, Asesor en el Senado de la Nación, Doctor en Ciencias, Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

2 COMENTARIOS

  1. No hay una duplicidad de roles en el control de la ZEE entre la Prefectura y la Armada ?
    Porqué no hacer a la Prefectura una sub-rama?

  2. Me pregunto si sería posible hacer estaciones flotantes para colocar en la milla 200 (si no se desea ubicarlas mas allá) equipadas con radares y embarcaciones rápidas covenientemente artilladas (20 ó 30 mm) de modo tal que siempre estén allí, y de esta manera se complementen con los patrullajes que realiza la PNA a través de sus guardacostas. Así las cosas, si se captura un buque infractor, el guardacostas lo acompañaría a puerto, y la zona no quedaría liberada, ya que estaría bajo el constante monitoreo de los radares y vigías estas estaciones flotantes, que llegado el caso, podrían desprender alguna lancha artillada para interceptar otro buque infractor. También me pregunto -en el caso que se considere muy caro construir dichas estaciones desde cero- si no sería posible utilizar (como solución de contingencia) buques al estilo “Recalada”, también equipados convenientemente y con la posibilidad de desprender embarcaciones rápidas.

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